Del total de abogados matriculados en Argentina, al menos un 50% son mujeres. Esta feminización de la profesión es un fenómeno que crece de manera global. Sin embargo, la igualdad en el acceso a las magistraturas no evoluciona de la misma manera. ¿Qué lugar ocupan realmente las mujeres en la justicia? ¿Qué aportan las diferencias de género en el estrado? Especialistas de distintos países analizaron el grado de representación de las mujeres en áreas clave para la democracia.
ARGENPRESS.info/26/04/2007
Valeria Pertovt (ARTEMISA)
La excusa para el encuentro fue el Seminario Internacional 'Inserción de las mujeres en las profesiones jurídicas' realizado los días 17 y 18 de abril en la Facultad de Derecho de la UBA. Allí juezas integrantes de Cortes Supremas, abogadas, juezas y funcionarias del Poder Judicial, investigadoras, docentes universitarias y representantes de organizaciones de diversos países analizaron la participación de las mujeres en la administración de justicia.
Para abrir el debate, Ulrike Schultz, Senior Academic de la Universidad de Hagen, Alemania, expuso los resultados de un proyecto de investigación sobre el cual trabajó durante diez años y que le permitió analizar en profundidad el rol de las mujeres en las profesiones jurídicas en los países industrializados del mundo occidental.
El estudio plantea que, si bien la situación varía de acuerdo a los distintos sistemas jurídicos de cada región, existen factores comunes a nivel mundial que dan cuenta de los problemas de acceso a los cargos de poder que ofrece la profesión. En todos los casos, las mujeres deben abrirse paso enfrentando deficiencias del sistema jurídico que dan cuenta del histórico monopolio masculino en el ámbito legal.
Por ejemplo, la proporción de juezas a nivel mundial es del 10 al 20%. En tanto que en el sistema de administración de justicia de América latina, a pesar de la feminización, siempre es menor el número de mujeres en la justicia: en Argentina es el 36%.
Según otro informe sobre los juzgados de Familia en Bs. As, hay homogeneidad en general en cuanto a las características personales hombre/mujer: son blancos, clase media, hábiles, católicos. La diferencia: las mujeres son generalmente viudas, solteras, divorciadas, de familias profesionales y 9 años más jóvenes.
Pasado y presente
Ya desde la creación del Estado Moderno en el siglo XIX a las mujeres les fueron negados sus derechos civiles. Legalmente subordinadas a sus padres o maridos, no tenían acceso a educación superior ni eran admitidas en la profesión.
En el siglo XX, y luego de extensas luchas, comenzó un lento progreso que tomó mayor impulso a partir de los setenta. Estos avances pueden verse hoy en día, pero acarrean vestigios de un tiempo anterior: las mujeres acceden al sistema jurídico pero, una vez dentro, su movilidad es lenta o nula porque no son totalmente legitimadas.
A partir de sus investigaciones, Schultz afirma que la proporción de mujeres abogadas a nivel mundial es hoy de 1 a 3, y mayor aún en países como Finlandia, Brasil, Israel y Francia. El promedio mundial de mujeres estudiantes de derecho es de alrededor del 50%, con un rendimiento afín al de los hombres, mientras que la proporción estimada de mujeres profesoras de leyes es de entre un 10 y un 20% del total.
Estos datos de crecimiento, sin embargo, no dan cuenta de ciertos mecanismos que intervienen al interior de la práctica jurídica limitando su desarrollo profesional. En el trabajo cotidiano, las mujeres son empujadas a trabajar en las áreas consideradas 'típicamente femeninas', como los asuntos sociales y de familia. Asimismo poseen contratos precarios, trabajos part-time, y/o salarios más bajos, y atienden clientes individuales de nivel socioeconómico medio-bajo.
'¿Cómo evaluar si hay diferencias? El resultado está en que son los hombres quienes obtienen la posición que desean en la profesión. Las mujeres toman las sobras. (.) Son un ejército de reserva, parecen ser más riesgosas: les dan asuntos de menor visibilidad, trabajan en archivos pink', afirmó Schultz.
Según Schultz, el ingreso a la práctica jurídica requiere de un amplio capital social ('contactos'). Es por eso que uno de los rasgos que socialmente se percibe como una deficiencia de las mujeres es que carecen de este capital. Las mujeres no están en las redes masculinas y, aunque tienen las propias, las suyas son las de menor impulso. Aquí el rol de la responsabilidad familiar atribuida directamente a las mujeres se torna fundamental: sus problemas de horario dificultan el sostenimiento de las relaciones con clientes corporativos que requieren una presencia permanente y las excluyen de participar en ámbitos estratégicos.
Su compromiso con la organización es considerado 'negociable' y su movilidad profesional queda limitada a extenderse horizontalmente. 'Además de necesitar ayuda doméstica, la mujer es impulsada a ser una abogada light. (.) La mujer se convierte en un chivo expiatorio del desarrollo negativo de la profesión', concluyó Schultz.
Durante el debate, las distintas especialistas coincidieron en que, para poder 'encajar' en la práctica jurídica, las mujeres deben adaptarse a ámbitos y retóricas masculinas y convertirse en seres asexuados. Su inserción requiere de una permanente gestión simbólica del acceso.
Los argumentos esgrimidos para justificar estas dificultades de inserción son diversos, pero las especialistas consultadas por Artemisa coinciden en que el más utilizado es que 'la incorporación de las mujeres a cargos de poder es una cuestión de tiempo'.
'Creo que las mujeres no tienen el lugar en los altos cargos que deberían tener porque los hombres que ocupan esos espacios no quieren renunciar a su lugar de poder', declaró Vivien Stern, investigadora del King's Collage of London y Presidente Honoraria del Penal Reform International (PRI).
'Pero creo que no se trata simplemente de que haya hombres y mujeres. Se trata de diversidad. Cuando las mujeres entran a la Corte hay una mirada más amplia. Sino, sólo hay hombres, de un estrato social determinado, con experiencias similares. Si tanto hombres como mujeres pudieran trabajar en la diversidad, habría una justicia para todos, no limitada a la mirada de un pequeño grupo', agregó Stern.
¿Qué diferencia incorporan las mujeres a la justicia?
Para Hilda Kogan, abogada por la Universidad de Buenos Aires en el Departamento de Sociología de Carolina del Norte, Chapel Hill, EEUU, 'no necesitamos simplemente más mujeres. Necesitamos más mujeres con sentido de género'.
Todas las especialistas consultadas coincidieron en la importancia de repensar la enseñanza del derecho, el verdadero significado de la diversidad y la diferencia que las mujeres pueden aportar.
Nelly Minyersky, ex Presidenta de la Asociación de Abogados de Buenos Aires, profundizó esta idea: 'No por ser mujeres somos defensoras de los derechos de las mujeres. Las cuestiones de género no son una 'cosa de mujeres', son cuestiones de la humanidad'. Según Minyersky, es importante capacitar en género y repensar la enseñanza actual del derecho. 'Hasta que se introdujeron estos temas en la currícula pasaron muchos años, ¿dónde estábamos las mujeres que no defendimos esto de entrada?'.
Minyersky apuesta al compromiso y a la promoción de más cursos, a trabajar con la realidad y salir de los dogmatismos. 'Tenemos varios compromisos como abogadas, tanto con nosotras mismas, que nos debemos solidaridad, como con los sectores de la sociedad que más lo necesitan'.
'Las mujeres tenemos necesidades únicas, distintas de las de los hombres', afirmó por su parte Stern. 'Si más juezas fueran mujeres, las demás mujeres ¿recibirían un trato más justo? Esto es lo deseado y las juezas mujeres deberían brindar ese aporte', concluyó.
Para Carmen Argibay, una de las dos ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las mujeres en la justicia 'definitivamente hacen diferencia'. Pero lo importante es que esta diferencia no esté vinculada estrechamente a los temas que atañen a las mujeres. 'La mujer tiene cierta sensibilidad para ver detalles distintivos que marcan la diferencia. Por eso es importante reforzar el análisis de género en la enseñanza del derecho, para que luego se aplique en las leyes y en la práctica judicial'.
Agregó que la diversidad existe y de todo tipo: 'hay que reconocerla, aceptarla, vivirla, observarla en el otro para entenderla. La diferencia es necesaria, la disidencia es necesaria y el sentido común, el menos común de los sentidos, es indispensable. Debemos tener los pies sobre la tierra, ponernos en los zapatos del otro. Lo que importa es la lucha por la igualdad, en cualquier ámbito'.
Buenas prácticas
En el marco del Seminario Internacional, Carrie Cohen, consultora del Cyrus R. Vance Center for International Justice del colegio de abogados de Nueva York, EEUU, presentó un Informe del Comité sobre las Mujeres en la Profesión de la Asociación de Abogados de la Ciudad de Nueva York, sugirió un conjunto de 'buenas prácticas' para contratar, retener y permitir el desarrollo de las mujeres tanto en los estudios jurídicos como en las grandes corporaciones: comprometer a la plana gerencial en la promoción de la labor de las mujeres; impulsar un sistema de medición y control que imponga sanciones o gratificaciones de acuerdo al grado de implementación de estas pautas; emplear y retener una cantidad proporcional de mujeres en todos los niveles jerárquicos, promoviendo su liderazgo y visibilidad; permitir la flexibilidad horaria o el trabajo remoto para que su actividad en el hogar no sea un impedimento para su ascenso profesional; implementar una cultura de padrinazgo/madrinazgo que les permita salir de la empresa y estar en el mundo de los negocios, con los hombres que hacen negocios, etc.
Cohen explicó que en un reciente informe se detectó que 'muchas mujeres, una vez que accedían a los distintos puestos, al cabo de cuatro o cinco años y en un contexto de competencia feroz, no eran ascendidas. El primer paso exitoso de la elaboración de este informe en EEUU fue la unión de todas las mujeres encuestadas, que ya se encuentran trabajando en red para implementar esta guía de buenas prácticas'.
Igualdad real
Los debates actuales sobre el acceso y la movilidad de las mujeres en las profesiones jurídicas buscan incorporar una mirada orientada a la igualdad real, que contemple la feminización de la profesión y su impacto y que se proponga la revisión y actualización de la enseñanza del derecho, evitando que se reproduzcan las jerarquías de género existentes y la distribución desigual de recursos entre los hombres y mujeres que ejercen la profesión.
Para Haydée Birgin, Presidenta del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género, este es un proyecto de largo alcance, que requiere una estrategia de articulación y, principalmente, la reforma del sistema judicial. 'Queremos más mujeres en la justicia pero también una reforma del sistema que incorpore a la mujer como sujeto. Es necesaria la democratización de la justicia'.
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