17/8/07

Uruguay es "un avanzado internacional con la reforma tributaria", asegura experto español

Dólares controlados. Para Velayos, es probable que el Uruguay deba revisar, a mediano plazo, su política de secreto bancario
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ESCRIBE FERNANDO VELAYOS, EX PRESIDENTE DEL GRUPO DE TRIBUTACION DEL AHORRO DE LA UNION EUROPEA

La implementación del impuesto a la renta dual "a la uruguaya" significa un cambio importante en la cultura tributaria y el enfoque de las finanzas públicas del país. No obstante, el impuesto a la renta dual (que grava las rentas del trabajo según una escala de tasas progresivas y las rentas del capital a una tasa única inferior) avanza a nivel internacional.

El gobierno socialista de España lo ha puesto en vigencia este año y la administración conservadora de Alemania lo hará en 2008. En América Latina, Perú lo adoptará y está en estudio (avanzado) en varios países más.
En este artículo, exclusivo para LA REPUBLICA, el experto en tributación internacional Fernando Velayos no elude el punto, argumenta enfáticamente a favor del impuesto dual y concluye que implantándolo Uruguay se coloca a la vanguardia tributaria a nivel internacional.

FERNANDO VELAYOS *
El 25% de algo es mayor que el 42% de nada. Con esta inecuación presentaba el ministro de Finanzas alemán ante su Parlamento la reforma del Impuesto a la Renta. Y, mientras esta párvula demostración de conocimientos matemáticos, en un ministro de Finanzas alemán, debió mover a más de uno a la reflexión (cuando no a la especulación) sobre la competencia técnica de los gobernantes actuales y la solidez de las bases fiscales sobre las que descansan las Haciendas del mundo, a otros nos suponía el reconocimiento de la realidad financiero-tributaria en que vivimos.

En efecto, hay dos hechos que dictan la situación fiscal del momento: el primero, que el mundo está totalmente globalizado para el capital. En cuanto uno empieza a manejar una cifrita ­tampoco nada espectacular, no vaya usted a creer­ las entidades financieras pueden mover ese capital a cualquier lugar, en Internet se pueden abrir cuentas corrientes en un banco del otro extremo del mundo... Por eso mismo, el "nada" de la inecuación de nuestro ministro viene a significar ese capital que ninguna Hacienda Pública controla ni grava.

El segundo hecho es una consecuencia lógica de lo anterior: no hay gravamen posible de un factor móvil, como el capital, que no esté basado en la moderación. Por eso, para tratar de sostener el gasto público en los niveles actuales (la media de la OCDE supera el 37% del PBI- y en Uruguay ronda el 26%-) sin que el capital se fugue, hay que moderar las tasas impositivas.

Y por estas razones, tan sencillas como contundentes, ha nacido un Impuesto a la Renta nuevo: el Impuesto Dual. Este impuesto se está extendiendo cada vez más (Escandinavia, Holanda, Uruguay, España, Alemania y posiblemente Perú y varios países centroamericanos que hoy cobran casi nada de impuesto a la renta personal). Y obsérvese, de paso, que esa diversidad geográfica y cronológica ha vacunado al impuesto contra cualquier ideología política ­si es que queda alguna en pie en estos tiempos­ que se lo hubiera querido apropiar.

Por qué es dual
Se llama "dual" porque grava de forma distinta los dos factores productivos: el capital y el trabajo. El capital se grava a una tasa única y moderada, mientras que el trabajo (que normalmente incluye la actividad profesional o comercial) queda gravado a tasas progresivas, que superan la tasa del capital. Finalmente, la forma en que se grave la renta empresarial, mezcla de trabajo y capital, como sabemos, puede variar bastante según los distintos tipos de duales, pero en general prepondera una tributación a una tasa única, inferior pero no demasiado alejada de la tasa máxima del trabajo, esencialmente para evitar que los profesionales se "transformen" en empresas para pagar menos.

También conviene recordar que, aunque la mayor polémica política surge en torno a la tasa única para la renta del ahorro/capital, el impuesto grava toda la renta, es decir, asegura que todos contribuyan, y la suficiencia del sistema fiscal.

Por otra parte, existe otro montón de argumentos para defender el gravamen de las rentas del capital a una tasa única e inferior a las rentas del trabajo, pero hoy no me voy a detener en ellos. Lo que yo sí quisiera hacer aquí, para terminar, es profundizar en los aspectos internacionales del impuesto.

Ya he descrito una primera característica: el impuesto es hijo de la globalización.

Y una segunda se deja entrever en las líneas que anteceden: el Impuesto Dual no es un fenómeno aislado, es una tendencia en la tributación moderna, posiblemente tan imparable como la extensión del IVA (que hoy existe en casi todos los países del mundo, menos los EEUU).

Una tercera es que, particularmente cuando las tasas al capital fluctúan entre el 10% y el 20%, se acomoda perfectamente a las exigencias actuales de un equilibrio entre los dos extremos de la no recaudación: a saber, las tasas progresivas y elevadas y la total desimposición; o sea, entre el dogmatismo y el derrotismo. De este modo, permite una recaudación que puede ser suficiente y evita al país ser señalado como "paraíso fiscal", calificación ­con la que "flirteó" el Uruguay mucho tiempo­ que no sólo aleja una buena parte de la inversión extranjera de calidad, sino que incluso estigmatiza políticamente al país.

Enorme avance
Este somero análisis me lleva a una reflexión final:

El Impuesto Dual, en particular el Dual uruguayo, es un enorme paso adelante en la evolución tributaria, que indiscutiblemente coloca a los países que lo han adoptado en la vanguardia tributaria del Siglo XXI. Pero dista de ser un producto acabado.

Primero queda por saber cómo se aplicará efectivamente, con las incógnitas que todavía rodean a la DGI; segundo, el Uruguay deberá revisar algunos aspectos técnicos del impuesto (sólo en materia internacional, el mecanismo de limitación de deducción de intereses o el régimen de precios de transferencia son un par de ejemplos) y, tercero, para asegurar una plena inserción internacional del país, es probable que el Uruguay deba revisar también, a medio plazo, su política de secreto bancario, lo que le facilitaría el acceso a instrumentos como los Convenios de Doble Tributación, que fomentarían la inversión y mejorarían el control tributario ­¡en un país tan necesitado de recursos!­ sin por ello ceder gran cosa (no nos engañemos, para la planificación tributaria de las grandes fortunas, la banca privada maneja otras plazas internacionales, con lo que al Uruguay le quedaría un puñado de modestas y despistadas fortunas porteñas y gaúchas que atender).

Con todo, y volviendo a evocar el comienzo tan alemán de este artículo, creo que el gobierno del Frente Amplio, "de izquierdas" (aunque será "de lo posible" en equidad tributaria), al implementar una reforma de estas características, está haciendo uno de los mayores ejercicios de "Realpolitik" que se recuerdan desde los tiempos de Helmut Schmidt. ¡Enhorabuena, Uruguay! *

(*) Ex subdirector de Tributación Internacional de España y ex presidente del Grupo Técnico de Tributación del Ahorro de la Unión Europea

La República-Uruguay/17/08/2007

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