La infografía
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Menos activos.
Menos activos.
Las reservas internacionales durante la primera mitad de este ejercicio registraron una disminución de más de 30% ante los traspasos que se tuvieron que realizar al Fondo de Desarrollo Nacional (Fonden) por más de 6,7 millardos de dólares y la compra de divisas por parte de Petróleos de Venezuela. Ante ese nivel de reservas, analistas financieros han estimado que se garantizan 6,9 meses de importaciones.
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La cifra
24 Mil millones de dólares ya ha entregado el BCV entre utilidades cambiarias y reservas internacionales.
La cifra
24 Mil millones de dólares ya ha entregado el BCV entre utilidades cambiarias y reservas internacionales.
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La frase
"Hay que acabar con todo vestigio de autonomía del BCV" Hugo Chávez Presidente de la República
"Hay que acabar con todo vestigio de autonomía del BCV" Hugo Chávez Presidente de la República
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La reseña
La reseña
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MÁS PODER
MÁS PODER
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Control de la política monetaria
Hasta ahora el Banco Central de Venezuela ha contado con autonomía para ejercer la política monetaria, es decir, regular las tasas de interés y tomar medidas para controlar la cantidad de dinero en la economía.
El proyecto de reforma constitucional contempla cambios importantes en este sentido.
El artículo 318 indica que "el sistema monetario nacional debe propender al logro de los fines esenciales del Estado socialista y el bienestar del pueblo, por encima de cualquier otra consideración".
Analistas consideran que éste puede ser un punto crucial, de resultar aprobado el proyecto de reforma constitucional, ya que puede ocurrir que el Gobierno entienda como "bienestar del pueblo" una política de gasto expansiva, que no guarde relación con el objetivo de preservar la estabilidad de los precios.
Además, el artículo 318 indica que "el Ejecutivo Nacional y el Banco Central de Venezuela, en estricta y obligatoria coordinación, fijarán las políticas monetarias y ejercerán las competencias monetarias del poder nacional".
El ámbito de actuación del Banco Central de Venezuela también se reduce con la propuesta de modificar el artículo 320, que obliga a que tanto el instituto emisor como el Ejecutivo firmen cada año "un acuerdo anual de políticas, en el cual se establecerán los objetivos finales de crecimiento y sus repercusiones sociales, balance externo e inflación, concernientes a las políticas fiscal, cambiaria y monetaria; así como los niveles de las variables intermedias e instrumentales requeridos para alcanzar dichos objetivos finales".
En el proyecto, el acuerdo anual de políticas desaparece y simplemente se indica que "el Estado debe promover y defender la estabilidad económica, evitar la vulnerabilidad de la economía y velar por la estabilidad monetaria y de precios para asegurar el bienestar social. Igualmente velará por la armonización de la política fiscal con la política monetaria, para el logro de los objetivos macroeconómicos".
Sin el acuerdo de políticas, la voz cantante estará del lado del Ejecutivo.
Control de la política monetaria
Hasta ahora el Banco Central de Venezuela ha contado con autonomía para ejercer la política monetaria, es decir, regular las tasas de interés y tomar medidas para controlar la cantidad de dinero en la economía.
El proyecto de reforma constitucional contempla cambios importantes en este sentido.
El artículo 318 indica que "el sistema monetario nacional debe propender al logro de los fines esenciales del Estado socialista y el bienestar del pueblo, por encima de cualquier otra consideración".
Analistas consideran que éste puede ser un punto crucial, de resultar aprobado el proyecto de reforma constitucional, ya que puede ocurrir que el Gobierno entienda como "bienestar del pueblo" una política de gasto expansiva, que no guarde relación con el objetivo de preservar la estabilidad de los precios.
Además, el artículo 318 indica que "el Ejecutivo Nacional y el Banco Central de Venezuela, en estricta y obligatoria coordinación, fijarán las políticas monetarias y ejercerán las competencias monetarias del poder nacional".
El ámbito de actuación del Banco Central de Venezuela también se reduce con la propuesta de modificar el artículo 320, que obliga a que tanto el instituto emisor como el Ejecutivo firmen cada año "un acuerdo anual de políticas, en el cual se establecerán los objetivos finales de crecimiento y sus repercusiones sociales, balance externo e inflación, concernientes a las políticas fiscal, cambiaria y monetaria; así como los niveles de las variables intermedias e instrumentales requeridos para alcanzar dichos objetivos finales".
En el proyecto, el acuerdo anual de políticas desaparece y simplemente se indica que "el Estado debe promover y defender la estabilidad económica, evitar la vulnerabilidad de la economía y velar por la estabilidad monetaria y de precios para asegurar el bienestar social. Igualmente velará por la armonización de la política fiscal con la política monetaria, para el logro de los objetivos macroeconómicos".
Sin el acuerdo de políticas, la voz cantante estará del lado del Ejecutivo.
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El Universal - Venezuela/24/09/2007
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