26/6/09

ESPAÑA: Llanto por la jurisdicción universal

REED BRODY*
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Ayer el Congreso aprobó una enmienda que limita el alcance de la ley española de jurisdicción universal sobre crímenes internacionales a los casos en los que se acredite que existen víctimas españolas o que sus presuntos responsables se encuentren en España o que tengan algún vínculo de conexión relevante con España. Aunque la ley ofrece todavía numerosas posibilidades de acción, muchas víctimas de graves violaciones a los derechos humanos perderán uno de los pocos lugares a los que podían acudir para buscar
resarcimiento.

La jurisdicción universal es el principio según el cual a todos los estados les compete llevar ante la Justicia a los perpetradores de ciertos crímenes, independientemente de dónde se cometiera el crimen y la nacionalidad de los responsables y sus víctimas. Es la respuesta que ofrece el Derecho Internacional ante el espectáculo de los tiranos y torturadores encubiertos por la impunidad y las amnistías que han obtenido en sus países. Es el instrumento a través del cual las víctimas que no pueden obtener justicia en su propio país pueden encontrar una luz al final del túnel.
España se ganó su reputación como santuario para las víctimas en el año 1988, cuando el juez Baltasar Garzón emitió una orden de arresto contra el general chileno Augusto Pinochet, que terminó con su arresto en Londres y desencadenó un efecto cascada de justicia en Chile y en toda América Latina. El “precedente Pinochet” se ha invocado tan lejos como en África, cuando Senegal arrestó al ex dictador de Chad, Hissène Habré, conocido como el “Pinochet africano”. Desde entonces, los tribunales españoles han llevado a cabo investigaciones sobre supuestos crímenes en El Salvador, Guatemala, Ruanda y Sáhara Occidental, y condenaron a un oficial argentino por asesinatos durante la Guerra Sucia en su país.

Sin embargo, tres casos recientes que implican a países poderosos –por supuestos crímenes en Gaza, Tíbet y Guantánamo– pusieron a la mencionada ley en entredicho.Aunque la inquietud del Gobierno español sea comprensible, es deplorable que capitule ante las presiones diplomáticas, como hizo Bélgica en 2003. Una demanda contra oficiales estadounidenses fue lo que provocó la derogación de la ley belga de jurisdicción universal, cuando el secretario de Defensa, Donald Rumsfeld, amenazó públicamente con quitarle a Bélgica la sede de la OTAN. El cambio brusco de postura en España confirma la opinión–alimentada por la desestimación de causas en Francia y Alemania contra oficiales de Estados Unidos acusados de crímenes contra reclusos, y por el hecho que la Corte Penal Internacional ha enfocado hasta ahora su atención en África– de que la justicia internacional sólo pone la mira en los líderes de estados débiles. En lugar de limitar el alcance de su propia ley, España debería trabajar para poner las leyes de jurisdicción universal de otros países a la altura de la española.

Las causas presentadas ante la Audiencia Nacional pueden contribuir a abrir puertas cerradas, incluso si no conducen a juicios en España. En Estados Unidos, por ejemplo, los activistas abrigan la esperanza de que, así como la orden de arresto contra Pinochet a la postre dio lugar a que Chile iniciara sus propios procesos contra ese dictador, los casos de Guantánamo en España puedan ayudar a persuadir al Gobierno de Obama a establecer procesos de rendición de cuentas verdaderos en Estados Unidos.

Hay quienes sostienen equivocadamente que la Corte Penal Internacional tornará innecesario el ejercicio de la jurisdicción universal. Pero la CPI tiene un régimen de jurisdicción limitado, por el cual se requiere que, a falta de una recomendación del Consejo de Seguridad, el Estado territorial o el Estado de nacionalidad del acusado sean parte del CPI. Como muchos países –entre ellos Estados Unidos, Rusia y China– no son parte del CPI y tienen al mismo tiempo poder de veto en el Consejo de Seguridad, su impunidad internacional está garantizada.

Ahora todo va a depender de la aplicación de la ley modificada. Al otorgarle competencia a los tribunales españoles, si la víctima es española –introduciendo por primera vez en España la base jurisdiccional de la “personalidad pasiva”– la modificación a la ley significará al menos que la ley española seguirá ofreciendo una oportunidad de justicia en muchos casos. Pero la cláusula potencialmente más destructiva quizás sea la que impone acreditar que “en otro país competente… no se ha iniciado procedimiento que suponga una investigación y persecución efectiva”. Los procesos penales iniciados se sobreseerán provisionalmente, bastando constancia del comienzo de otro proceso. La aplicación de la “subsidiariedad” podría dar lugar ahora que los tribunales españoles desistan en favor de investigaciones fraudulentas en el país de origen.

La opinión pública española se puede enorgullecer justificadamente del papel que ha jugado su país en promover la justicia. En el caso de Pinochet, el público español rechazó una y otra vez los intentos del Gobierno de José María Aznar de bloquear las órdenes de arresto emitidas por el juez Garzón. Esta vez, tanto el Gobierno socialista como la oposición conservadora han antepuesto los costos diplomáticos que le acarrea a España tratar de ser “gendarme judicial del mundo”. Es cierto que hay un costo cuando un país defiende los derechos humanos en el extranjero –ya sea para denunciar la opresión o para abrir las puertas de sus tribunales a las víctimas–. La pregunta es si este es un costo que vale la pena pagar para poner fin a la impunidad de los tiranos y torturadores.
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*Reed Brody es consejero jurídico de Human Rights Watch.

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Ilustración de Javier Olivares.
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Público - España/26/06/2009

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