ESCARBANDO en LQ Somos
La impunidad permite que el delito perviva
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I. El terrorismo de Estado.
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El estado terrorista emerge en una coyuntura de crisis profunda en América Latina, caracterizada básicamente por el agotamiento del modelo tradicional capitalista dependiente y, frente a la acuciante necesidad de reconversión de este modelo mediante la concentración del capital y la aplicación de políticas de transformación del aparato productivo en concordancia a la nueva división internacional de trabajo, que implica altas cotas de desocupación, pérdida del valor salarial, desaparición de la pequeña y mediana empresa, etc. Pero no cabe duda que también fue una respuesta al ascenso de las luchas políticas y reivindicativas de las masas populares que, con diverso nivel de desarrollo y organicidad en los distintos países de la región, amenazó con dar paso a soluciones progresistas, alternativas y factibles, e incluso revolucionarias a estas crisis.
La aplicación de las políticas de reconversión del modelo capitalista dependiente conlleva un alto costo social y, por ende, genera un grado de resistencia y de fuerte contestación, que convierte esas políticas –desde el poder- en ilusorias si no van acompañadas en una adecuación integral del estado represivo para poder llevar a la práctica dichas políticas. Pero solamente el estado terrorista la posibilita y la aplicación del terror como método y como práctica cotidiana.
La aplicación sistemática del secuestro –las desapariciones- consignada en los manuales instructores de contrainsurgencia, fue la política de represión ilegal que comenzó en el gobierno de Isabel Martínez de Perón (1975) bajo la mascarada de juicios militares sumarios con la aplicación de la pena de muerte. Pero es a partir del 24 de marzo de 1976, que el accionar clandestino e ilegal del propio Estado terrorista instauró definitivamente el método de las detenciones-desapariciones.
Con la práctica sistemática de secuestros, torturas, destrucción psíquica, y asesinato de las víctimas- los militares argentinos aseguraron por una parte, esquivar la reacción internacional frente a 30.000 fusilamientos, y por otro lado, la reacción interna, ya que a pesar de continuadas décadas represivas y dictatoriales, la sociedad argentina tampoco hubiera aceptado la aplicación “cotidiana y normal” de la pena de muerte a miles y miles de ciudadan@s.
El plan de exterminio llevado a cabo por las fuerzas represivas fue uno de los genocidios perpetrados por estas tierras del sur de América.
La metodología criminal del estado terrorista tiene antecedentes históricos en la Alemania nazi, donde el accionar clandestino del estado se plasmó a través del decreto de “noche y niebla”, y otras formas de eliminación practicadas por el franquismo, como también por las fuerzas armadas francesas en la guerra de Argelia, y asimismo en la de Vietnam.
El secuestro y desaparición conlleva una serie de maniobras perturbadoras y paralizantes : no se sabe si el secuestrado está vivo, muerto o detenido; las torturas son sin límites; aplicación de la pena de muerte, sin pruebas ni elementos jurídicos de convicción, incluso a ancianos y menores; se busca evitar todo tipo de acciones futuras de las víctimas; se eliminan las responsabilidades; facilita que las apoyaturas condicionantes sigan funcionando de soporte, tal como la jerarquía eclesiástica, poder judicial, medios de comunicación, etc.; ratifica la extensión del temor
Los secuestrados que permanecen detenidos-desaparecidos fueron detenidos por las fuerzas de seguridad y que muchas familias inicialmente no se atrevieron a presentar ningún tipo de denuncias; la práctica totalidad fueron secuestradas de sus domicilios, lugares de trabajo o en la vía pública, y en presencia de testigos. Pero las denuncias y testimonios confirmaron y corroboraron la existencia y ubicación de los campos de concentración, los nombres de detenidos-desaparecidos, y el reconocimiento del cuerpo represivo y de la identificación de los torturadores.
La dictadura desde marzo de 1976 para instaurar su política, implementó el terror represivo, cuya finalidad fue quebrar las posibilidades de organización y lucha de un pueblo entero; para ello se utilizaron diferentes recursos y argumentos, generando así la puesta en marcha de conductas controlables (Un mentira repetida mil veces se transforma en verdad . Goebbles)
La extensión del control social se apoyaba en dispositivos inductores:
- al silencio; Quienes rompían este “pacto” de silencio, quienes enfrentaban consciente o inconscientemente la prohibición, pasaban a ser los perturbadores, y por ende, se generaba hacia estos transgresores, sentimientos de rechazo y exclusión. Fueron los extranjeros, los que no pertenecían, los que estaban fuera de la dinámica y de los códigos de terror del silencio. Y a pesar de las actitudes personales y conductas colectivas defensivas, todo lo que se“negaba socialmente”, se evidenciaba; la misma negación del miedo, resaltaba su presencia.
- a la culpa: Como en situaciones históricas paralelizables, se intentó mediante campañas de propaganda, invertir las responsabilidades, y pasar la víctima a ser la responsable de su tragedia, y el verdugo o victimario, el custodio del orden.
- a considerar la disidencia política como inadaptados sociales. En este punto pensamos importante introducir la caracterización de “racismo ideológico”, el exterminio de todo aquel que representara la oposición política ideológica, sea esta organizada en sindicatos clasistas, movimiento estudiantil, organizaciones barriales, organizaciones armadas...
La cordura del terror y la práctica del racismo ideológico, sostuvieron los discursos de los genocidas de ser los dueños de la vida y de la muerte y de la depuración en la nación Argentina. (sic).. Una de las negaciones que manejaban propagandísticamente fue el exilio. A los familiares de l@s desaparecid@s se les respondía habitual y cínicamente que habrían huido al extranjero. Pero sin embargo el grado de mayor crueldad se alcanzó con el secuestro y robo de identidad de los menores y de los nacidos en cautiverio como botín de guerra; de los cuáles la mayor parte de los mismos, siguen siendo buscados por sus familias y son acreedores de su identidad arrebatada. Los secuestradores, los apropiadores, de los niños nacidos en cautiverio y secuestrados con vida, los mantienen hoy día, a más 30 años, presos de una mentira siniestra: la mentira sobre su origen, su historia... su identidad.
- a la dilución de responsabilidades y al olvido. Para el supuesto andar democrático post-dictatorial, se intentó imponer el olvido del pasado de la dictadura con la reconciliación. Esto significaba (y significa) que el terror represivo pertenece al pasado y no a un proceso cuyo ciclo está abierto y cuya resolución no está determinada; implica asimismo el objetivo de eludir la justicia, que es la única reparación social debida.. “Todos somos culpables”, fue una forma utilizada para encubrir responsabilidades, igualando a los resistieron, a los que guardaron silencio por el terror, y a los que crearon y fomentaron el silencio cómplice, y por último y los más grave, a los responsables.
Con este planteamiento encubridor de responsabilidades, extendiéndolas a todo el “pueblo”, fue muy utilizada en la época de Alfonsín, como también en la de Menem, con el que aderezaron la promulgación de las leyes de Punto Final, Obediencia Debida, y los indultos.
- a culpabilizar a los sobrevivientes
Aunque para la dictadura militar y sus apoyaturas, los desaparecidos no estaban, no existían (“son humo”, “no existen”, decía Videla), los aparecidos (exdetenidos-desaparecidos) representan el testimonio vivo del genocidio.
“En algo andaba, versus “por algo se salvó”. Así como la sociedad asumió la culpabilidad sin pruebas que el Estado terrorista atribuía a los desaparecidos, tras la dictadura se reprodujo el mecanismo perverso de la culpabilización a los sobrevivientes de los campos de concentración, “por algo se salvó”
Este razonamiento se fue enraizando en la sociedad, reiterando en este lugar y en este espacio –Argentina bajo la dictadura- similar actitud de rechazo hacia los sobrevivientes de otros países en otras épocas históricas.
Cabe señalar, al respecto, que si bien durante la Alemania nazi se fomentó la satanización social sobre grupos étnicos específicos, posteriormente en muchos casos se culpabilizó abiertamente como “colaboracionistas”, “traidores”, “delatores”..., a los sobrevivientes, muchos de los cuáles habían desarrollado dentro de los mismos campos de concentración una ejemplar coherencia militante, y que mantuvieron hasta el fin de sus días.
Esta inducción se hizo carne en ciertos sectores de la sociedad argentina, ya que los ex desaparecidos eran y siguen siendo portadores del horror, y parte indisoluble de la memoria, la que se ha negado y se niega, porque pone en evidencia por una parte el consentimiento social del que hemos hecho referencia anteriormente, por otra porque encarnan proyectos políticos transformadores que incidieron en las relaciones de poder en la década de los setenta. A tal punto, que posteriormente, en la democracia tutelada, se pretendió descalificar con el término de “setentista” a tod@ aquel que reivindicara los objetivos de lucha.
Finalmente, señalar que la alegría de la aparición de los sobrevivientes, quedó reducida al mínimo entorno familiar, cuando no operó como reforzamiento del miedo y la inseguridad inducidos. Queremos remarcar este punto en lo paradójico, que mientras se reclamaba aparición con vida, l@s exdetenid@s-desaparecid@s, no fueron en verdad considerados como parte de un triunfo sobre la muerte.
Los sobrevivientes operan socialmente como el reclamo más humano y contundente de la justicia colectiva no saldada.
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II. La naturalización “democrática” de la impunidad.
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La práctica terrorista estatal ha dejado en los países latinoamericanos que la sufrieron, vacíos irrecuperables, miles y miles de desaparecid@s, sociedades quebradas en “un antes y un después”, abordaron las situaciones post-dictatoriales desde los sectores dominantes, en la recuperación de protagonismo político, garantizando la apoyatura económica, entre otros factores, con la consagración de la protección a los responsables de los crímenes cometidos. Y así como en la etapa dictatorial, existió la coordinación de la represión, también se activó la coordinación estatal en la cobertura que brindaron las democracias tuteladas.
La impunidad quedó consumada en aberrantes normas jurídicas, contradictorias como mínimo, con la esencia de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Así en Argentina, la naturalización de la impunidad se inicia con el juicio restringido a las Juntas militares, y continúa con las leyes de Punto Final (1986) y Obediencia Debida (1987) emitidas por Alfonsín, similares a las emitidas en Chile, Uruguay, Paraguay... y con los indultos dictados por Menem (1989).
Los responsables del genocidio cometido donde las pruebas condenatorias exceden límites imaginarios, quedaron pertrechados a pesar que en el ordenamiento jurídico internacional existía una convención contra el genocidio de 1948; y que después del holocausto nazi abrió en Nüremberg, espacios de justicia y de conciencia.
Años más tarde, en las actuaciones impulsadas en la Audiencia Nacional de Madrid en marzo de 1996 por la Unión Progresista de Fiscales, se aplicó para iniciar el procedimiento contra los militares argentinos y chilenos, y para establecer la competencia del tribunal, la convención sobre Genocidio -a más de 50 años de promulgada- de forma novedosa y excepcional.
Algunos de los temas que más se remarcaron por las acusaciones fueron:
1.- La Jurisdicción universal. Debe plantearse imperativamente que tratándose de un crimen contra la Humanidad , existe una jurisdicción universal para su juzgamiento, sin que pueda hacerse valer por los victimarios el principio de territorialidad de la ley. La jurisdicción universal puede implementarse mediante un tribunal internacional competente, con alcance retroactivo.
2.- Carácter de delito continúo: la caracterización de este delito como permanente y como tan sólo finalizable con el cese de la detención ilegítima, es decir con la aparición de la víctima, tiene consecuencias prácticas destacables. Refuerza en primer lugar, las consideraciones en torno a su imprescriptibilidad, pero lo que es más importante, torna inoperantes las argumentaciones en torno a que la futura sólo es aplicable a las situaciones posteriores a su vigencia, basándose en el principio de irretroactibilidad de la ley, pero en la medida que la acción legal continúe –es decir que las víctimas continúen sin aparecer una vez puesta en vigencia la convención estará dentro de su ámbito de aplicación y conocimiento y estarán sujetas a la activad investigadora y a la aplicación de las sanciones que la misma prevea.
3.- La imprescriptibilidad de la acción si se trata de un crimen contra la Humanidad , dicho carácter convierte por sí a la acción punitoria en imprescriptible, siendo además válido lo expresado sobre su condición de delito permanente.
4.- Los criterios de responsabilidad objetiva: Es preciso que los responsables de los delitos de las desapariciones no encuentren amparo en su propia acción clandestina y diluyan la acción tendiente a su juzgamiento
5.- La inversión de la prueba: operada la desaparición y existiendo prima facie responsabilidad de los aparatos represivos del Estado en la comisión del delito, debe invertirse el onus probandi, (aforismo de derecho que expresa que "lo normal se presume, lo anormal se prueba"), correspondiendo a los responsables del Estado la demostración de que tal desaparición se debe en cada caso concreto a fuerza o razones absolutamente ajenas a la propia actividad pública o clandestina del poder estatal, cuya responsabilidad no sólo encuentra fundamento en un obrar delictivo, sino también en una omisión del deber de garantizar la seguridad de los habitantes del país concreto.
A las ciudadanas y ciudadanos nos corresponde ejercitar el derecho con que nos hemos dotado a lo largo de la historia para defender nuestra competencia en la protección de uno de los valores que ha motivado a la humanidad entera sacrificios casi increíbles para asentarla: la justicia.
En este sentido, se han andado ya demasiados caminos de dolor, tortura y muerte, pero se ha logrado establecer el principio universal de la aplicación espacial de la ley penal para que puedan ser perseguidos los delitos de genocidio, por cualquiera de los estados miembros de la comunidad internacional.
La reciente decisión de constituir un Tribunal Penal Internacional, -EEUU, China y Rusia, entro otros, lo desconocen- significa solamente plasmar procesalmente las infatigables luchas que desde hace más dos décadas se vienen librando.
La inclusión de todos los estamentos que significaron las apoyaturas posibilitantes a los genocidas, durante el período dictatorial, como posteriormente, es decir, todos los que permitieron la impunidad, pueden y deben ser enjuiciados a tenor de la innegable complicidad.
Ahora bien, el planteamiento “juridicista” en que todo puede y debe resolverse en los tribunales, por abogados, por jueces, fiscales, es parte del absurdo que sustenta que los procesos sociales no son los que rompen los candados y abren las amplias alamedas.
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III. La reafirmación de la impunidad: la desaparición de Jorge Julio López.
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Lograda la anulación en junio de 2005 de las leyes Punto Final y Obediencia Debida, tras años de lucha, se abrió la posibilidad de enjuiciar a los responsables y ejecutores del genocidio, y que en forma paralela, supuso la reactivación del dispositivo de impunidad.
El hecho más grave ha sido y es la reaparición de la desaparición en Argentina, con el secuestro el 18 de septiembre de 2006 de Jorge Julio López, testigo y querellante en el juicio celebrado en la ciudad de la Plata contra el comisario Miguel Etchecolatz por los crímenes cometidos en la última dictadura argentina. Ese día Jorge Julio López tenía que presentarse en la sesión donde los abogados de la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos iban a exponer su alegato final pidiendo la condena por genocidio. Pero Jorge Julio López no se personó, y tras constatarse la imposibilidad de determinar su paradero, los organismos de derechos humanos denunciaron inmediatamente su desaparición forzada, acusando como responsables materiales a integrantes -retirados y en activo- de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, implicados en el accionar represivo de la dictadura.
Casi tres años ya de la desaparición de Jorge Julio López; tiempo en el que se han reproducido amenazas a organismos, abogados, fiscales, jueces y testigos en los juicios contra los ejecutores del terrorismo de Estado, como el celebrado contra el sacerdote Von Wernich (condenado al igual que Etchekolatz, por genocidio) y cabe señalar en especial los secuestros de Luis Geréz, (diciembre de 2006) y Juan Puthod (abril 2008) , a quienes soltaron a las horas y sin que haya un sólo detenido por ello ni por las torturas que se les infligieron.
Pero es ahora, en el momento en que costosamente se avanza en los juicios contra los genocidas, justamente por esto, que emerge el aciago mecanismo de la desaparición que reabre la caja de Pandora, y salta al corazón mismo de la sociedad el poder funesto del terror cuyo efecto es paralizar, acallar, mirar para otro lado, la repetición del “no te metás” y del “por algo será”, pero ahora con un grado más de perversión : el “por algo será” se ha extendido más allá de los militares y de la derecha que las propagaron. Y tan tremendamente es así que son ya tres las desapariciones de Jorge Julio López; la de 1976, la del 18 de septiembre del 2006 y la de la indiferencia y la difamación que se ha hecho. La víctima es la sospechosa. Vuelve de las sombras del espanto el engranaje de inducción de culpabilidad con que la dictadura aislaba y enfrentaba a los desaparecidos y a sus familiares con la sociedad toda..
Los hechos, el derecho y la justicia
Desde el 18 de septiembre de 2006 resurge la aparición de la desaparición, y desde el 18 de septiembre del 2006 se acosa con gravísimas intimidaciones a todos aquellos que activa y decididamente exigen la aparición con vida de Jorge Julio López.
Desde el 18 de septiembre del 2006, como otrora la cita semanal de los jueves en la Plaza de Mayo, cada 18 de mes se reclama por Jorge Julio López, y se repiten, con tanta perplejidad como dolor, las apremiantes actividades como en el pasado: habeas corpus, campañas internacionales para exigir al Parlamento Europeo que asuma tramitar ante el gobierno argentino el reclamo por la vida y la integridad del testigo secuestrado.
Es absolutamente incomprensible la dejación de responsabilidad del gobierno que, teniendo a su disposición leyes y convenciones, no haya abordado como un caso de desaparición forzada la situación de Jorge Julio López, existiendo indicios y presunciones suficientes para ello (intimidaciones y coacciones antes y durante el juicio a Etchecolatz, y las amenazas que el condenado por genocidio anuncia a los jueces del tribunal). Es inexplicable que no se hayan tomado medidas inmediatas y extraordinarias, minimizando el hecho a una simple ¡averiguación de paradero!
Existiendo un instrumento legal que obliga inequívocamente al gobierno argentino como es la Convención sobre la Desaparición Forzada de Personas, de la que es país signatario; existiendo el inmediato pasado dictatorial, y sobrando elementos tan significativos y elocuentes, el gobierno argentino -primer responsable de los ciudadanos- actuó como si de una “escapada” voluntaria se tratara, emitió promesas de recompensa monetaria, y dispuso reforzar la vigilancia de las fronteras(¿?); y ordenó que la policía bonaerense - la misma que mantiene en sus filas a 9.026 efectivos que actuaron durante la dictadura (según informe de Correpi - Coordinadora Contra la Represión Policial e Institucional) y que Jorge Julio López irrebatiblemente denunciara - sea la fuerza que lo busque.(¡!)
Así, un mecanismo que caracteriza a crímenes como la desaparición forzada de personas es la clandestinidad, la ocultación y el secretismo del mismo, y así es contemplado tanto en la normativa vigente como en el acerbo jurisprudencial, la dificultad de la aportación de pruebas del hecho, de la identidad de los autores, y por la gravedad de su naturaleza, son aceptados como suficientes los mínimos indicios y conjeturas. Establece asimismo dicha Convención, que ni bien se reciba una denuncia sobre una posible desaparición forzada de personas, el gobierno correspondiente deberá en la mayor brevedad posible dar toda la información sobre el paradero de la persona.
Pero aún hay más, Los Estados Partes asegurarán a cualquiera persona que alegue que alguien ha sido sometido a desaparición forzada el derecho a denunciar los hechos ante las autoridades competentes, quienes examinarán rápida e imparcialmente la alegación y, en su caso, procederán sin demora a realizar una investigación exhaustiva e imparcial. Se tomarán medidas adecuadas, en su caso, para asegurar la protección del denunciante, los testigos y allegados de la persona desaparecida y los defensores, así como de los que participen en la investigación, contra todo maltrato o intimidación en razón de la denuncia presentada o de cualquier declaración efectuada.
Jorge Julio López es un albañil de 77 años que resguardó en su memoria todos los crímenes de los que fue testigo en los campos de concentración donde estuvo en condición de detenido-desaparecido; Jorge Julio López, adosó en su corazón como en su oficio, los nombres de sus compañeros de cautiverio, para presentarlos uno por uno, levantando paredes contra la desmemoria y contra el olvido, lo que hoy le aplican las instituciones nacionales e internacionales.
Tanto por las movilizaciones en Argentina como en las declaraciones y testimonios en los juicios de Madrid, l@s desaparecid@s nos han poblado ámbitos de pundonor; a la vuelta nomás de la conciencia están allí esperándonos como siempre han estado, desde las fotos al viento, desde los pañuelos blancos, desde las calles rebeldes, desde la coherencia y nunca de la representación ni del espectáculo.
L@s desaparecid@s no viven en monumentos ni en museos, ni como adornos en programas electorales. Aquellas comprometedoras y hermosas consignas unidoras de corazones de: Aparición con vida, contra el Olvido, contra el Silencio, por la Justicia , seguirán aventando dignidad contra cobardía, contra el acomodamiento, contra la indiferencia.
Y es en esta etapa democrática que nuevamente con la re-desaparición de un exdetenido-desaparecido, vuelven a rebrotar todos y cada uno de los mecanismos anuladores que la desaparición impuso, y, las secuelas a pesar del tiempo transcurrido contienen la potencia de antaño. Los efectos determinados por las diferentes modalidades operacionales y de conducta, las inducciones a la culpa tanto a la víctima, como a la familia, y establece en la conciencia social que de no haber declarado en el juicio contra Etchekolatz, a Jorge Julio López “no le hubiera pasado nada”.
Pero hoy hay un elemento más pérfido, organismos de derechos humanos que sobrevivieron durante la dictadura por el ejercicio del no-olvido, impidiendo en cada marcha la reconciliación con los verdugos, actualmente en esta“normalización democrática “nuestra” pasan a actuar con el olvido y con la convivencia auto-permitida.
Es tan devastador ver cómo a pesar de diferencias políticas, orgánicas, existía siempre un nodo esencial, los desaparecidos, y así fue que a pesar de todo cuanto trataron de impedirlo los represores, sobrevivían los mecanismos de identificación y hasta cierta “fraternización”, y de pertenencia. La “cofradía” de los desaparecidos sin distinción de partidos, grupos, actividades: todos eran los nuestros. Pero en este presente y en estas circunstancias lo individual bloquea, paraliza, no hay un cuerpo colectivo de contención, por el contrario hay discriminación entre aquellos “cofrades” que eran aceptados y queridos tal cuáles y por igual. Ahora no: hay exclusiones, se ha roto los “nuestros”, se ha roto el “común”.
La mano larga de la dictadura se evidencia, el mecanismo desintegrador se reinstala.
Y peor aún, la víctima es culpable, sospechoso, enfermo... la inducción de la dictadura de difamar toma cuerpo y voz en gargantas insospechadas.
Es tan vergonzante como demoledor que a los pocos días del secuestro y desaparición de Jorge Julio López, un hijo de desaparecidos nacidos en cautiverio prestara testimonio en una comparecencia judicial y estuviera absolutamente solo. Nadie lo esperaba para el abrazo, nadie con su cuerpo ocupó en lo simbólico el lugar de los desaparecidos. Si desde los momentos más tenebrosos -tanto propios como los padecidos a lo largo y ancho de las diferentes modalidades de exterminio- se sabía desde siempre que la soledad se destruye con solidaridad... ¿por qué se falta a esta cita tan anhelada?
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IV. La impunidad naturalizada.
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La otra deriva eslabonada gravemente con la anterior, es que la desaparición de Jorge Julio López evidencia –una vez más- que los criminales impunes, han estado siempre, en diferentes reparticiones y dependencias, asimilados, consentidos, tolerados, legalizados... hasta que por primera vez una sentencia ajustada a los hechos y al derecho,condena por genocidio a uno de sus ejecutores, al comisario Miguel Etchekolatz. Y entonces el “nebuloso acecho” cobra cuerpo y actúa.
La dificultad de aceptar la aparición de la desaparición llevó en el primer momento a la negación de la realidad, a la desviación justificadora para no dar crédito a que la amenaza “durmiente” se concretaba. No aceptar –y por ende callar- ha estado siempre presente, el modelo genocida ha pervivido en forma paralela en la democracia. Y así ha sido desde el poder ocupando el gobierno tanto Alfonsín como Menem, quienes utilizaron también resortes de inducción o de imposición para que se asentara la impunidad como forma natural de convivencia social. Y las leyes amparadoras y los indultos perdonadores del genocidio, fueron presentados como elementos de “necesidad de fortalecimiento democrático”, de “pasar página”, de conciliación, del ya está bien...
En el hoy es posible que los homenajes efectuados desde instancias gubernamentales, otrora deplorados, son aceptados, ahora las violaciones a los derechos humanos del pasado se exorcizan en despedidas, en adioses, en museos, en monumentos. En el presente los derechos humanos están custodiados por el Estado, por un gobierno... y al mismo se transfiere la custodia de los mismos; se ha delegado al gobierno la patria potestad o la mater potestatis' a la actual inquilina de la casa rosada, edificio que comparte con personajes que actuaron durante la dictadura que no fueron ni prejubilados, ni expulsados, ni excluidos; pero están en la invisibilidad de las instituciones.
No sólo los profusos informes de la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (Correpi) denuncian la evidencia de la impunidad, la aceptación social y política de la impunidad es la evidencia misma.
Y frente a ella volver otra vez más, a romper el condicionamiento que impone el miedo; enfrentar las intimidaciones, coacciones y amenazas, denunciar y presionar al gobierno a desinfectar todos y cada uno de los rincones, escritorios, cargos, cuarteles, comisarías, juzgados... en cualquier lugar donde están los intocables.
No mencionar a Jorge Julio López en cada acto, en cada panfleto, en cada discurso, es ratificar la impunidad.
Y llegados a este punto y mientras se muestra cuál función de prestidigitación y marketing, se esconde en las entrañas de los tribunales: la obstaculización judicial, y la inmensa mayoría de los asesinos del pueblo pueden seguir confiando en un Poder Judicial lento, parcial a su favor, despectivo de los reclamos de víctimas y familiares. Del enunciado de la “apertura de los juicios orales”, es indispensable constatar con la realidad y que sólo debería hablarse de la apertura de muy pocos juicios orales, solamente contra algunos pocos criminales y en relación a sólo algunos pocos de los crímenes cometidos.
Asistimos a una nueva sustracción de la posibilidad de justicia, las querellas que representan a todos los organismos que plantean la tipificación de genocidio, son apartados de las causas con argumentos culpabilizadores –nuevamente la culpa invertida- con dicha calificación –genocidio- se entorpece el desarrollo procesal (sic), aún cuando exista antecedentes jurisprudenciales del Tribunal Oral federal nº 1 de la ciudad de La Plata , y ratificado por la Corte Suprema , en cuya resolución se condena a Miguel Etchecolatz a cadena perpetua y cárcel común “en el marco del genocidio que se cometió entre 1976 y 1983” . Fallo que se repitió igualmente con el salcedote Cristian Von Wernich.
Evitar, eludir que genocidio suene en las voces de los testigos, de las partes querellantes, suenen en los oídos de los jueces, en los de los represores, es sin ningún tipo de dudas un posicionamiento juridico-político, del que se derivan a su vez una serie de estrategias destinadas todas a ellas a tratar los hechos como simples homicidios. La fragmentación y desguace de las causas contra los genocidas reproduce y es funcional a la impunidad. A este paso y con este diseño jurídico, los testigos deberán relatar una y otra vez el horror. Además, deberán pasar por la humillación de los jueces, erigidos en verdaderos verdugos, como sucediera recientemente con Iris Pereyra de Avellaneda y Arsinoe, en el juicio por la muerte del Negrito Floreal Avellaneda.
La fragmentación de causas y separación de querellas, hechos y testigos, se plasma asimismo en la causa de que ante el mismo TOF 5 se sigue por la ESMA (escuela de Mecánica de la Armada ), donde entre otras resoluciones, se determinó que en la causa “Febres”, se investigaran delitos cometidos solamente contra 4 víctimas (¡!); sin precisar los criterios clasificatorios, encontramos que el mismo tribunal ha decidido abordar por separado el caso de las monjas francesas, excluyendo en este tramo a todos cuantos fueron detenidos en el mismo operativo.
El caso del prefecto Héctor Febres evidencia por su parte, elementos que entretejen de distintos ángulos la vigencia de la impunidad. Febres estaba detenido en condiciones insólitas y terminó “suicidado” la anoche anterior a la que debía declarar. La ley mafiosa del silencio también figura en los valores de los genocidas.
Si no fuera por el dramatismo del genocidio, el esperpento procesal habilitado en Argentina, sigue beneficiando a los represores con la lentitud, dándoles la oportunidad que aleguen edad, enfermedades y dolencias, para sustraerse a la acción penal que les corresponde en virtud de las probadas atrocidades cometidas; incluso algunos de ellos mueren impunes sin condena alguna, como fuera recientemente el caso del jefe de la Triple A , Rodolfo Almirón.
Si no se negara el alcance del genocidio, los imputados como también los condenados, estarían en cárceles comunes, sin ningún tipo de prebendas y privilegios, o nidos conspiratorios tal como operara el penal sito en Marcos Paz.
Si no se negara el carácter de genocidio, el número de represores imputados, juzgados y encarcelados no sería el porcentaje ínfimo, y se atendería las lógicas demandas de centrar las causas por centro clandestino de detención, y se facilitaría los medios para que todas las partes querellantes pudieran canalizar finalmente las acusaciones contenidas en tantos años, en tantas luchas, en tantos nombres, en tanta memoria. Y jamás, jamás, se hubiera creado un “grupo de contención” a los militares imputados.
Si no se negara el carácter de genocidio, no se condenaría al plano de la no-justicia que recibirán las víctimas y las acusaciones que han sido obligadas a ser representadas por abogados que soslayan la caracterización de genocidio.
Si no se negara la naturaleza de genocidio, el aparato judicial argentino habría sido removido en su práctica totalidad, entre otras medidas de saneamiento democrático.
Llegados a este punto en que el tiempo de la realidad descarnada nos sitúa a casi tres años de la desaparición de Jorge Julio López, movilizados la totalidad de nuestros recuerdos que laten aceleradamente en la memoria, en la piel, en los nombres, en los dolores, en los olores, cuando cada uno de los sobrevivientes habla por todos y para todos; y sin ser ni querer ser parte de ninguna campaña electoral, en este presente nos abordan hechos hasta ayer insospechados: la impunidad social y silenciosa de la manipulación de la memoria ejercida desde las instancias gubernamentales, sean éstas el poder ejecutivo, el legislativo, ex organismos de derechos humanos, medios de comunicación –expertos ya en bailar al son del poder-, e intentan a fuerza de repetir, convencer a propios y a extraños, que esta suerte de justicia “simbólica”, además de ser la única posible, es la real. Que los edificios que fueron centros de exterminio, que hoy albergan reparticiones administrativas o fundaciones inmobiliarias, es el homenaje “mejor” a la desaparecidos, quienes han sido apropiados en su totalidad en instancias gubernamentales y/o pro-gubernamentales.
Pero no, DECIMOS Y HACEMOS NO. ROMPER CON EL MANDATO DE LA IMPUNIDAD
Porque luchábamos nos desaparecieron…
Porque aparecimos seguimos luchando, junto a ustedes
ASOCIACION EX DETENIDOS DESPAPARECIDOS
APOYO CAMPAÑA JUICIOS CONTRA LOS GENOCIDAS
Encuentro continental contra la impunidad, realizado en Chiapas, junio 20 y 21
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I. El terrorismo de Estado.
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El estado terrorista emerge en una coyuntura de crisis profunda en América Latina, caracterizada básicamente por el agotamiento del modelo tradicional capitalista dependiente y, frente a la acuciante necesidad de reconversión de este modelo mediante la concentración del capital y la aplicación de políticas de transformación del aparato productivo en concordancia a la nueva división internacional de trabajo, que implica altas cotas de desocupación, pérdida del valor salarial, desaparición de la pequeña y mediana empresa, etc. Pero no cabe duda que también fue una respuesta al ascenso de las luchas políticas y reivindicativas de las masas populares que, con diverso nivel de desarrollo y organicidad en los distintos países de la región, amenazó con dar paso a soluciones progresistas, alternativas y factibles, e incluso revolucionarias a estas crisis.
La aplicación de las políticas de reconversión del modelo capitalista dependiente conlleva un alto costo social y, por ende, genera un grado de resistencia y de fuerte contestación, que convierte esas políticas –desde el poder- en ilusorias si no van acompañadas en una adecuación integral del estado represivo para poder llevar a la práctica dichas políticas. Pero solamente el estado terrorista la posibilita y la aplicación del terror como método y como práctica cotidiana.
La aplicación sistemática del secuestro –las desapariciones- consignada en los manuales instructores de contrainsurgencia, fue la política de represión ilegal que comenzó en el gobierno de Isabel Martínez de Perón (1975) bajo la mascarada de juicios militares sumarios con la aplicación de la pena de muerte. Pero es a partir del 24 de marzo de 1976, que el accionar clandestino e ilegal del propio Estado terrorista instauró definitivamente el método de las detenciones-desapariciones.
Con la práctica sistemática de secuestros, torturas, destrucción psíquica, y asesinato de las víctimas- los militares argentinos aseguraron por una parte, esquivar la reacción internacional frente a 30.000 fusilamientos, y por otro lado, la reacción interna, ya que a pesar de continuadas décadas represivas y dictatoriales, la sociedad argentina tampoco hubiera aceptado la aplicación “cotidiana y normal” de la pena de muerte a miles y miles de ciudadan@s.
El plan de exterminio llevado a cabo por las fuerzas represivas fue uno de los genocidios perpetrados por estas tierras del sur de América.
La metodología criminal del estado terrorista tiene antecedentes históricos en la Alemania nazi, donde el accionar clandestino del estado se plasmó a través del decreto de “noche y niebla”, y otras formas de eliminación practicadas por el franquismo, como también por las fuerzas armadas francesas en la guerra de Argelia, y asimismo en la de Vietnam.
El secuestro y desaparición conlleva una serie de maniobras perturbadoras y paralizantes : no se sabe si el secuestrado está vivo, muerto o detenido; las torturas son sin límites; aplicación de la pena de muerte, sin pruebas ni elementos jurídicos de convicción, incluso a ancianos y menores; se busca evitar todo tipo de acciones futuras de las víctimas; se eliminan las responsabilidades; facilita que las apoyaturas condicionantes sigan funcionando de soporte, tal como la jerarquía eclesiástica, poder judicial, medios de comunicación, etc.; ratifica la extensión del temor
Los secuestrados que permanecen detenidos-desaparecidos fueron detenidos por las fuerzas de seguridad y que muchas familias inicialmente no se atrevieron a presentar ningún tipo de denuncias; la práctica totalidad fueron secuestradas de sus domicilios, lugares de trabajo o en la vía pública, y en presencia de testigos. Pero las denuncias y testimonios confirmaron y corroboraron la existencia y ubicación de los campos de concentración, los nombres de detenidos-desaparecidos, y el reconocimiento del cuerpo represivo y de la identificación de los torturadores.
La dictadura desde marzo de 1976 para instaurar su política, implementó el terror represivo, cuya finalidad fue quebrar las posibilidades de organización y lucha de un pueblo entero; para ello se utilizaron diferentes recursos y argumentos, generando así la puesta en marcha de conductas controlables (Un mentira repetida mil veces se transforma en verdad . Goebbles)
La extensión del control social se apoyaba en dispositivos inductores:
- al silencio; Quienes rompían este “pacto” de silencio, quienes enfrentaban consciente o inconscientemente la prohibición, pasaban a ser los perturbadores, y por ende, se generaba hacia estos transgresores, sentimientos de rechazo y exclusión. Fueron los extranjeros, los que no pertenecían, los que estaban fuera de la dinámica y de los códigos de terror del silencio. Y a pesar de las actitudes personales y conductas colectivas defensivas, todo lo que se“negaba socialmente”, se evidenciaba; la misma negación del miedo, resaltaba su presencia.
- a la culpa: Como en situaciones históricas paralelizables, se intentó mediante campañas de propaganda, invertir las responsabilidades, y pasar la víctima a ser la responsable de su tragedia, y el verdugo o victimario, el custodio del orden.
- a considerar la disidencia política como inadaptados sociales. En este punto pensamos importante introducir la caracterización de “racismo ideológico”, el exterminio de todo aquel que representara la oposición política ideológica, sea esta organizada en sindicatos clasistas, movimiento estudiantil, organizaciones barriales, organizaciones armadas...
La cordura del terror y la práctica del racismo ideológico, sostuvieron los discursos de los genocidas de ser los dueños de la vida y de la muerte y de la depuración en la nación Argentina. (sic).. Una de las negaciones que manejaban propagandísticamente fue el exilio. A los familiares de l@s desaparecid@s se les respondía habitual y cínicamente que habrían huido al extranjero. Pero sin embargo el grado de mayor crueldad se alcanzó con el secuestro y robo de identidad de los menores y de los nacidos en cautiverio como botín de guerra; de los cuáles la mayor parte de los mismos, siguen siendo buscados por sus familias y son acreedores de su identidad arrebatada. Los secuestradores, los apropiadores, de los niños nacidos en cautiverio y secuestrados con vida, los mantienen hoy día, a más 30 años, presos de una mentira siniestra: la mentira sobre su origen, su historia... su identidad.
- a la dilución de responsabilidades y al olvido. Para el supuesto andar democrático post-dictatorial, se intentó imponer el olvido del pasado de la dictadura con la reconciliación. Esto significaba (y significa) que el terror represivo pertenece al pasado y no a un proceso cuyo ciclo está abierto y cuya resolución no está determinada; implica asimismo el objetivo de eludir la justicia, que es la única reparación social debida.. “Todos somos culpables”, fue una forma utilizada para encubrir responsabilidades, igualando a los resistieron, a los que guardaron silencio por el terror, y a los que crearon y fomentaron el silencio cómplice, y por último y los más grave, a los responsables.
Con este planteamiento encubridor de responsabilidades, extendiéndolas a todo el “pueblo”, fue muy utilizada en la época de Alfonsín, como también en la de Menem, con el que aderezaron la promulgación de las leyes de Punto Final, Obediencia Debida, y los indultos.
- a culpabilizar a los sobrevivientes
Aunque para la dictadura militar y sus apoyaturas, los desaparecidos no estaban, no existían (“son humo”, “no existen”, decía Videla), los aparecidos (exdetenidos-desaparecidos) representan el testimonio vivo del genocidio.
“En algo andaba, versus “por algo se salvó”. Así como la sociedad asumió la culpabilidad sin pruebas que el Estado terrorista atribuía a los desaparecidos, tras la dictadura se reprodujo el mecanismo perverso de la culpabilización a los sobrevivientes de los campos de concentración, “por algo se salvó”
Este razonamiento se fue enraizando en la sociedad, reiterando en este lugar y en este espacio –Argentina bajo la dictadura- similar actitud de rechazo hacia los sobrevivientes de otros países en otras épocas históricas.
Cabe señalar, al respecto, que si bien durante la Alemania nazi se fomentó la satanización social sobre grupos étnicos específicos, posteriormente en muchos casos se culpabilizó abiertamente como “colaboracionistas”, “traidores”, “delatores”..., a los sobrevivientes, muchos de los cuáles habían desarrollado dentro de los mismos campos de concentración una ejemplar coherencia militante, y que mantuvieron hasta el fin de sus días.
Esta inducción se hizo carne en ciertos sectores de la sociedad argentina, ya que los ex desaparecidos eran y siguen siendo portadores del horror, y parte indisoluble de la memoria, la que se ha negado y se niega, porque pone en evidencia por una parte el consentimiento social del que hemos hecho referencia anteriormente, por otra porque encarnan proyectos políticos transformadores que incidieron en las relaciones de poder en la década de los setenta. A tal punto, que posteriormente, en la democracia tutelada, se pretendió descalificar con el término de “setentista” a tod@ aquel que reivindicara los objetivos de lucha.
Finalmente, señalar que la alegría de la aparición de los sobrevivientes, quedó reducida al mínimo entorno familiar, cuando no operó como reforzamiento del miedo y la inseguridad inducidos. Queremos remarcar este punto en lo paradójico, que mientras se reclamaba aparición con vida, l@s exdetenid@s-desaparecid@s, no fueron en verdad considerados como parte de un triunfo sobre la muerte.
Los sobrevivientes operan socialmente como el reclamo más humano y contundente de la justicia colectiva no saldada.
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II. La naturalización “democrática” de la impunidad.
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La práctica terrorista estatal ha dejado en los países latinoamericanos que la sufrieron, vacíos irrecuperables, miles y miles de desaparecid@s, sociedades quebradas en “un antes y un después”, abordaron las situaciones post-dictatoriales desde los sectores dominantes, en la recuperación de protagonismo político, garantizando la apoyatura económica, entre otros factores, con la consagración de la protección a los responsables de los crímenes cometidos. Y así como en la etapa dictatorial, existió la coordinación de la represión, también se activó la coordinación estatal en la cobertura que brindaron las democracias tuteladas.
La impunidad quedó consumada en aberrantes normas jurídicas, contradictorias como mínimo, con la esencia de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Así en Argentina, la naturalización de la impunidad se inicia con el juicio restringido a las Juntas militares, y continúa con las leyes de Punto Final (1986) y Obediencia Debida (1987) emitidas por Alfonsín, similares a las emitidas en Chile, Uruguay, Paraguay... y con los indultos dictados por Menem (1989).
Los responsables del genocidio cometido donde las pruebas condenatorias exceden límites imaginarios, quedaron pertrechados a pesar que en el ordenamiento jurídico internacional existía una convención contra el genocidio de 1948; y que después del holocausto nazi abrió en Nüremberg, espacios de justicia y de conciencia.
Años más tarde, en las actuaciones impulsadas en la Audiencia Nacional de Madrid en marzo de 1996 por la Unión Progresista de Fiscales, se aplicó para iniciar el procedimiento contra los militares argentinos y chilenos, y para establecer la competencia del tribunal, la convención sobre Genocidio -a más de 50 años de promulgada- de forma novedosa y excepcional.
Algunos de los temas que más se remarcaron por las acusaciones fueron:
1.- La Jurisdicción universal. Debe plantearse imperativamente que tratándose de un crimen contra la Humanidad , existe una jurisdicción universal para su juzgamiento, sin que pueda hacerse valer por los victimarios el principio de territorialidad de la ley. La jurisdicción universal puede implementarse mediante un tribunal internacional competente, con alcance retroactivo.
2.- Carácter de delito continúo: la caracterización de este delito como permanente y como tan sólo finalizable con el cese de la detención ilegítima, es decir con la aparición de la víctima, tiene consecuencias prácticas destacables. Refuerza en primer lugar, las consideraciones en torno a su imprescriptibilidad, pero lo que es más importante, torna inoperantes las argumentaciones en torno a que la futura sólo es aplicable a las situaciones posteriores a su vigencia, basándose en el principio de irretroactibilidad de la ley, pero en la medida que la acción legal continúe –es decir que las víctimas continúen sin aparecer una vez puesta en vigencia la convención estará dentro de su ámbito de aplicación y conocimiento y estarán sujetas a la activad investigadora y a la aplicación de las sanciones que la misma prevea.
3.- La imprescriptibilidad de la acción si se trata de un crimen contra la Humanidad , dicho carácter convierte por sí a la acción punitoria en imprescriptible, siendo además válido lo expresado sobre su condición de delito permanente.
4.- Los criterios de responsabilidad objetiva: Es preciso que los responsables de los delitos de las desapariciones no encuentren amparo en su propia acción clandestina y diluyan la acción tendiente a su juzgamiento
5.- La inversión de la prueba: operada la desaparición y existiendo prima facie responsabilidad de los aparatos represivos del Estado en la comisión del delito, debe invertirse el onus probandi, (aforismo de derecho que expresa que "lo normal se presume, lo anormal se prueba"), correspondiendo a los responsables del Estado la demostración de que tal desaparición se debe en cada caso concreto a fuerza o razones absolutamente ajenas a la propia actividad pública o clandestina del poder estatal, cuya responsabilidad no sólo encuentra fundamento en un obrar delictivo, sino también en una omisión del deber de garantizar la seguridad de los habitantes del país concreto.
A las ciudadanas y ciudadanos nos corresponde ejercitar el derecho con que nos hemos dotado a lo largo de la historia para defender nuestra competencia en la protección de uno de los valores que ha motivado a la humanidad entera sacrificios casi increíbles para asentarla: la justicia.
En este sentido, se han andado ya demasiados caminos de dolor, tortura y muerte, pero se ha logrado establecer el principio universal de la aplicación espacial de la ley penal para que puedan ser perseguidos los delitos de genocidio, por cualquiera de los estados miembros de la comunidad internacional.
La reciente decisión de constituir un Tribunal Penal Internacional, -EEUU, China y Rusia, entro otros, lo desconocen- significa solamente plasmar procesalmente las infatigables luchas que desde hace más dos décadas se vienen librando.
La inclusión de todos los estamentos que significaron las apoyaturas posibilitantes a los genocidas, durante el período dictatorial, como posteriormente, es decir, todos los que permitieron la impunidad, pueden y deben ser enjuiciados a tenor de la innegable complicidad.
Ahora bien, el planteamiento “juridicista” en que todo puede y debe resolverse en los tribunales, por abogados, por jueces, fiscales, es parte del absurdo que sustenta que los procesos sociales no son los que rompen los candados y abren las amplias alamedas.
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III. La reafirmación de la impunidad: la desaparición de Jorge Julio López.
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Lograda la anulación en junio de 2005 de las leyes Punto Final y Obediencia Debida, tras años de lucha, se abrió la posibilidad de enjuiciar a los responsables y ejecutores del genocidio, y que en forma paralela, supuso la reactivación del dispositivo de impunidad.
El hecho más grave ha sido y es la reaparición de la desaparición en Argentina, con el secuestro el 18 de septiembre de 2006 de Jorge Julio López, testigo y querellante en el juicio celebrado en la ciudad de la Plata contra el comisario Miguel Etchecolatz por los crímenes cometidos en la última dictadura argentina. Ese día Jorge Julio López tenía que presentarse en la sesión donde los abogados de la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos iban a exponer su alegato final pidiendo la condena por genocidio. Pero Jorge Julio López no se personó, y tras constatarse la imposibilidad de determinar su paradero, los organismos de derechos humanos denunciaron inmediatamente su desaparición forzada, acusando como responsables materiales a integrantes -retirados y en activo- de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, implicados en el accionar represivo de la dictadura.
Casi tres años ya de la desaparición de Jorge Julio López; tiempo en el que se han reproducido amenazas a organismos, abogados, fiscales, jueces y testigos en los juicios contra los ejecutores del terrorismo de Estado, como el celebrado contra el sacerdote Von Wernich (condenado al igual que Etchekolatz, por genocidio) y cabe señalar en especial los secuestros de Luis Geréz, (diciembre de 2006) y Juan Puthod (abril 2008) , a quienes soltaron a las horas y sin que haya un sólo detenido por ello ni por las torturas que se les infligieron.
Pero es ahora, en el momento en que costosamente se avanza en los juicios contra los genocidas, justamente por esto, que emerge el aciago mecanismo de la desaparición que reabre la caja de Pandora, y salta al corazón mismo de la sociedad el poder funesto del terror cuyo efecto es paralizar, acallar, mirar para otro lado, la repetición del “no te metás” y del “por algo será”, pero ahora con un grado más de perversión : el “por algo será” se ha extendido más allá de los militares y de la derecha que las propagaron. Y tan tremendamente es así que son ya tres las desapariciones de Jorge Julio López; la de 1976, la del 18 de septiembre del 2006 y la de la indiferencia y la difamación que se ha hecho. La víctima es la sospechosa. Vuelve de las sombras del espanto el engranaje de inducción de culpabilidad con que la dictadura aislaba y enfrentaba a los desaparecidos y a sus familiares con la sociedad toda..
Los hechos, el derecho y la justicia
Desde el 18 de septiembre de 2006 resurge la aparición de la desaparición, y desde el 18 de septiembre del 2006 se acosa con gravísimas intimidaciones a todos aquellos que activa y decididamente exigen la aparición con vida de Jorge Julio López.
Desde el 18 de septiembre del 2006, como otrora la cita semanal de los jueves en la Plaza de Mayo, cada 18 de mes se reclama por Jorge Julio López, y se repiten, con tanta perplejidad como dolor, las apremiantes actividades como en el pasado: habeas corpus, campañas internacionales para exigir al Parlamento Europeo que asuma tramitar ante el gobierno argentino el reclamo por la vida y la integridad del testigo secuestrado.
Es absolutamente incomprensible la dejación de responsabilidad del gobierno que, teniendo a su disposición leyes y convenciones, no haya abordado como un caso de desaparición forzada la situación de Jorge Julio López, existiendo indicios y presunciones suficientes para ello (intimidaciones y coacciones antes y durante el juicio a Etchecolatz, y las amenazas que el condenado por genocidio anuncia a los jueces del tribunal). Es inexplicable que no se hayan tomado medidas inmediatas y extraordinarias, minimizando el hecho a una simple ¡averiguación de paradero!
Existiendo un instrumento legal que obliga inequívocamente al gobierno argentino como es la Convención sobre la Desaparición Forzada de Personas, de la que es país signatario; existiendo el inmediato pasado dictatorial, y sobrando elementos tan significativos y elocuentes, el gobierno argentino -primer responsable de los ciudadanos- actuó como si de una “escapada” voluntaria se tratara, emitió promesas de recompensa monetaria, y dispuso reforzar la vigilancia de las fronteras(¿?); y ordenó que la policía bonaerense - la misma que mantiene en sus filas a 9.026 efectivos que actuaron durante la dictadura (según informe de Correpi - Coordinadora Contra la Represión Policial e Institucional) y que Jorge Julio López irrebatiblemente denunciara - sea la fuerza que lo busque.(¡!)
Así, un mecanismo que caracteriza a crímenes como la desaparición forzada de personas es la clandestinidad, la ocultación y el secretismo del mismo, y así es contemplado tanto en la normativa vigente como en el acerbo jurisprudencial, la dificultad de la aportación de pruebas del hecho, de la identidad de los autores, y por la gravedad de su naturaleza, son aceptados como suficientes los mínimos indicios y conjeturas. Establece asimismo dicha Convención, que ni bien se reciba una denuncia sobre una posible desaparición forzada de personas, el gobierno correspondiente deberá en la mayor brevedad posible dar toda la información sobre el paradero de la persona.
Pero aún hay más, Los Estados Partes asegurarán a cualquiera persona que alegue que alguien ha sido sometido a desaparición forzada el derecho a denunciar los hechos ante las autoridades competentes, quienes examinarán rápida e imparcialmente la alegación y, en su caso, procederán sin demora a realizar una investigación exhaustiva e imparcial. Se tomarán medidas adecuadas, en su caso, para asegurar la protección del denunciante, los testigos y allegados de la persona desaparecida y los defensores, así como de los que participen en la investigación, contra todo maltrato o intimidación en razón de la denuncia presentada o de cualquier declaración efectuada.
Jorge Julio López es un albañil de 77 años que resguardó en su memoria todos los crímenes de los que fue testigo en los campos de concentración donde estuvo en condición de detenido-desaparecido; Jorge Julio López, adosó en su corazón como en su oficio, los nombres de sus compañeros de cautiverio, para presentarlos uno por uno, levantando paredes contra la desmemoria y contra el olvido, lo que hoy le aplican las instituciones nacionales e internacionales.
Tanto por las movilizaciones en Argentina como en las declaraciones y testimonios en los juicios de Madrid, l@s desaparecid@s nos han poblado ámbitos de pundonor; a la vuelta nomás de la conciencia están allí esperándonos como siempre han estado, desde las fotos al viento, desde los pañuelos blancos, desde las calles rebeldes, desde la coherencia y nunca de la representación ni del espectáculo.
L@s desaparecid@s no viven en monumentos ni en museos, ni como adornos en programas electorales. Aquellas comprometedoras y hermosas consignas unidoras de corazones de: Aparición con vida, contra el Olvido, contra el Silencio, por la Justicia , seguirán aventando dignidad contra cobardía, contra el acomodamiento, contra la indiferencia.
Y es en esta etapa democrática que nuevamente con la re-desaparición de un exdetenido-desaparecido, vuelven a rebrotar todos y cada uno de los mecanismos anuladores que la desaparición impuso, y, las secuelas a pesar del tiempo transcurrido contienen la potencia de antaño. Los efectos determinados por las diferentes modalidades operacionales y de conducta, las inducciones a la culpa tanto a la víctima, como a la familia, y establece en la conciencia social que de no haber declarado en el juicio contra Etchekolatz, a Jorge Julio López “no le hubiera pasado nada”.
Pero hoy hay un elemento más pérfido, organismos de derechos humanos que sobrevivieron durante la dictadura por el ejercicio del no-olvido, impidiendo en cada marcha la reconciliación con los verdugos, actualmente en esta“normalización democrática “nuestra” pasan a actuar con el olvido y con la convivencia auto-permitida.
Es tan devastador ver cómo a pesar de diferencias políticas, orgánicas, existía siempre un nodo esencial, los desaparecidos, y así fue que a pesar de todo cuanto trataron de impedirlo los represores, sobrevivían los mecanismos de identificación y hasta cierta “fraternización”, y de pertenencia. La “cofradía” de los desaparecidos sin distinción de partidos, grupos, actividades: todos eran los nuestros. Pero en este presente y en estas circunstancias lo individual bloquea, paraliza, no hay un cuerpo colectivo de contención, por el contrario hay discriminación entre aquellos “cofrades” que eran aceptados y queridos tal cuáles y por igual. Ahora no: hay exclusiones, se ha roto los “nuestros”, se ha roto el “común”.
La mano larga de la dictadura se evidencia, el mecanismo desintegrador se reinstala.
Y peor aún, la víctima es culpable, sospechoso, enfermo... la inducción de la dictadura de difamar toma cuerpo y voz en gargantas insospechadas.
Es tan vergonzante como demoledor que a los pocos días del secuestro y desaparición de Jorge Julio López, un hijo de desaparecidos nacidos en cautiverio prestara testimonio en una comparecencia judicial y estuviera absolutamente solo. Nadie lo esperaba para el abrazo, nadie con su cuerpo ocupó en lo simbólico el lugar de los desaparecidos. Si desde los momentos más tenebrosos -tanto propios como los padecidos a lo largo y ancho de las diferentes modalidades de exterminio- se sabía desde siempre que la soledad se destruye con solidaridad... ¿por qué se falta a esta cita tan anhelada?
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IV. La impunidad naturalizada.
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La otra deriva eslabonada gravemente con la anterior, es que la desaparición de Jorge Julio López evidencia –una vez más- que los criminales impunes, han estado siempre, en diferentes reparticiones y dependencias, asimilados, consentidos, tolerados, legalizados... hasta que por primera vez una sentencia ajustada a los hechos y al derecho,condena por genocidio a uno de sus ejecutores, al comisario Miguel Etchekolatz. Y entonces el “nebuloso acecho” cobra cuerpo y actúa.
La dificultad de aceptar la aparición de la desaparición llevó en el primer momento a la negación de la realidad, a la desviación justificadora para no dar crédito a que la amenaza “durmiente” se concretaba. No aceptar –y por ende callar- ha estado siempre presente, el modelo genocida ha pervivido en forma paralela en la democracia. Y así ha sido desde el poder ocupando el gobierno tanto Alfonsín como Menem, quienes utilizaron también resortes de inducción o de imposición para que se asentara la impunidad como forma natural de convivencia social. Y las leyes amparadoras y los indultos perdonadores del genocidio, fueron presentados como elementos de “necesidad de fortalecimiento democrático”, de “pasar página”, de conciliación, del ya está bien...
En el hoy es posible que los homenajes efectuados desde instancias gubernamentales, otrora deplorados, son aceptados, ahora las violaciones a los derechos humanos del pasado se exorcizan en despedidas, en adioses, en museos, en monumentos. En el presente los derechos humanos están custodiados por el Estado, por un gobierno... y al mismo se transfiere la custodia de los mismos; se ha delegado al gobierno la patria potestad o la mater potestatis' a la actual inquilina de la casa rosada, edificio que comparte con personajes que actuaron durante la dictadura que no fueron ni prejubilados, ni expulsados, ni excluidos; pero están en la invisibilidad de las instituciones.
No sólo los profusos informes de la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (Correpi) denuncian la evidencia de la impunidad, la aceptación social y política de la impunidad es la evidencia misma.
Y frente a ella volver otra vez más, a romper el condicionamiento que impone el miedo; enfrentar las intimidaciones, coacciones y amenazas, denunciar y presionar al gobierno a desinfectar todos y cada uno de los rincones, escritorios, cargos, cuarteles, comisarías, juzgados... en cualquier lugar donde están los intocables.
No mencionar a Jorge Julio López en cada acto, en cada panfleto, en cada discurso, es ratificar la impunidad.
Y llegados a este punto y mientras se muestra cuál función de prestidigitación y marketing, se esconde en las entrañas de los tribunales: la obstaculización judicial, y la inmensa mayoría de los asesinos del pueblo pueden seguir confiando en un Poder Judicial lento, parcial a su favor, despectivo de los reclamos de víctimas y familiares. Del enunciado de la “apertura de los juicios orales”, es indispensable constatar con la realidad y que sólo debería hablarse de la apertura de muy pocos juicios orales, solamente contra algunos pocos criminales y en relación a sólo algunos pocos de los crímenes cometidos.
Asistimos a una nueva sustracción de la posibilidad de justicia, las querellas que representan a todos los organismos que plantean la tipificación de genocidio, son apartados de las causas con argumentos culpabilizadores –nuevamente la culpa invertida- con dicha calificación –genocidio- se entorpece el desarrollo procesal (sic), aún cuando exista antecedentes jurisprudenciales del Tribunal Oral federal nº 1 de la ciudad de La Plata , y ratificado por la Corte Suprema , en cuya resolución se condena a Miguel Etchecolatz a cadena perpetua y cárcel común “en el marco del genocidio que se cometió entre 1976 y 1983” . Fallo que se repitió igualmente con el salcedote Cristian Von Wernich.
Evitar, eludir que genocidio suene en las voces de los testigos, de las partes querellantes, suenen en los oídos de los jueces, en los de los represores, es sin ningún tipo de dudas un posicionamiento juridico-político, del que se derivan a su vez una serie de estrategias destinadas todas a ellas a tratar los hechos como simples homicidios. La fragmentación y desguace de las causas contra los genocidas reproduce y es funcional a la impunidad. A este paso y con este diseño jurídico, los testigos deberán relatar una y otra vez el horror. Además, deberán pasar por la humillación de los jueces, erigidos en verdaderos verdugos, como sucediera recientemente con Iris Pereyra de Avellaneda y Arsinoe, en el juicio por la muerte del Negrito Floreal Avellaneda.
La fragmentación de causas y separación de querellas, hechos y testigos, se plasma asimismo en la causa de que ante el mismo TOF 5 se sigue por la ESMA (escuela de Mecánica de la Armada ), donde entre otras resoluciones, se determinó que en la causa “Febres”, se investigaran delitos cometidos solamente contra 4 víctimas (¡!); sin precisar los criterios clasificatorios, encontramos que el mismo tribunal ha decidido abordar por separado el caso de las monjas francesas, excluyendo en este tramo a todos cuantos fueron detenidos en el mismo operativo.
El caso del prefecto Héctor Febres evidencia por su parte, elementos que entretejen de distintos ángulos la vigencia de la impunidad. Febres estaba detenido en condiciones insólitas y terminó “suicidado” la anoche anterior a la que debía declarar. La ley mafiosa del silencio también figura en los valores de los genocidas.
Si no fuera por el dramatismo del genocidio, el esperpento procesal habilitado en Argentina, sigue beneficiando a los represores con la lentitud, dándoles la oportunidad que aleguen edad, enfermedades y dolencias, para sustraerse a la acción penal que les corresponde en virtud de las probadas atrocidades cometidas; incluso algunos de ellos mueren impunes sin condena alguna, como fuera recientemente el caso del jefe de la Triple A , Rodolfo Almirón.
Si no se negara el alcance del genocidio, los imputados como también los condenados, estarían en cárceles comunes, sin ningún tipo de prebendas y privilegios, o nidos conspiratorios tal como operara el penal sito en Marcos Paz.
Si no se negara el carácter de genocidio, el número de represores imputados, juzgados y encarcelados no sería el porcentaje ínfimo, y se atendería las lógicas demandas de centrar las causas por centro clandestino de detención, y se facilitaría los medios para que todas las partes querellantes pudieran canalizar finalmente las acusaciones contenidas en tantos años, en tantas luchas, en tantos nombres, en tanta memoria. Y jamás, jamás, se hubiera creado un “grupo de contención” a los militares imputados.
Si no se negara el carácter de genocidio, no se condenaría al plano de la no-justicia que recibirán las víctimas y las acusaciones que han sido obligadas a ser representadas por abogados que soslayan la caracterización de genocidio.
Si no se negara la naturaleza de genocidio, el aparato judicial argentino habría sido removido en su práctica totalidad, entre otras medidas de saneamiento democrático.
Llegados a este punto en que el tiempo de la realidad descarnada nos sitúa a casi tres años de la desaparición de Jorge Julio López, movilizados la totalidad de nuestros recuerdos que laten aceleradamente en la memoria, en la piel, en los nombres, en los dolores, en los olores, cuando cada uno de los sobrevivientes habla por todos y para todos; y sin ser ni querer ser parte de ninguna campaña electoral, en este presente nos abordan hechos hasta ayer insospechados: la impunidad social y silenciosa de la manipulación de la memoria ejercida desde las instancias gubernamentales, sean éstas el poder ejecutivo, el legislativo, ex organismos de derechos humanos, medios de comunicación –expertos ya en bailar al son del poder-, e intentan a fuerza de repetir, convencer a propios y a extraños, que esta suerte de justicia “simbólica”, además de ser la única posible, es la real. Que los edificios que fueron centros de exterminio, que hoy albergan reparticiones administrativas o fundaciones inmobiliarias, es el homenaje “mejor” a la desaparecidos, quienes han sido apropiados en su totalidad en instancias gubernamentales y/o pro-gubernamentales.
Pero no, DECIMOS Y HACEMOS NO. ROMPER CON EL MANDATO DE LA IMPUNIDAD
Porque luchábamos nos desaparecieron…
Porque aparecimos seguimos luchando, junto a ustedes
ASOCIACION EX DETENIDOS DESPAPARECIDOS
APOYO CAMPAÑA JUICIOS CONTRA LOS GENOCIDAS
Encuentro continental contra la impunidad, realizado en Chiapas, junio 20 y 21
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LQSomos. Andrea Benites-Dumont. Julio de 2009.
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LQSomos/22/07/2009
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