16/8/07

Chávez plantea reelección presidencial continua por siete años

Karina Arteaga / Iralis Fragiel
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Caracas.- El presidente Hugo Chávez planteó hoy, durante la entrega formal de su proyecto de reforma constitucional ante el Parlamento venezolano, la modificación del artículo 230 de la Constitución, vinculado a la reelección presidencial.
De aprobarse la reforma, el Jefe de Estado podrá se reelegido de manera continua y "de inmediato" para un nuevo período, pero ya no por seis, sino por siete años.
"El período presidencial es de siete años. El Presidente o Presidenta de la República puede ser reelegido o reelegida de inmediato para un nuevo período. Así de sencillo", explicó.
El actual apartado legal referido a este tema especifica: "El período presidencial es por seis años. El Presidente o Presidenta puede ser reelegido, de inmediato y por una sola vez, para un período adicional".
El cambio que propone el mandatario nacional, Hugo Chávez, suprime la condición "por una sola vez para un período adicional".
Justificó el incremento en el tiempo del mandato en que "esa fue su propuesta original, sólo que la Constituyente la llevó a seis años".
"No estoy sorprendiendo a nadie. El país lo sabe. Antes, para que nadie venga a acusarme a mí de que sorprendí al país con una propuesta bajo la manga, podrán ustedes conseguir grabaciones, antes del tres de diciembre, en distintos escenarios dije: yo hablaba de reelección presidencial continua. No indefinida, porque si uno va al diccionario la palabra indefinida es indefinición y ¿cómo va a ser una elección sin definición?".
Antes de detallar las modificaciones "artículo por artículo" dijo que sus propuestas contemplaban cambios en menos del 10% del articulado del texto fundamental.
"No se asusten que no es tan extenso (el material de reforma), menos del 10% del articulado constitucional estoy proponiendo que sea reformado, aun cuando sabemos que al reformar un artículo, es casi imposible que no tenga impacto en otros artículos de la misma temática contenida en la Constitución, pero la propuesta abarca menos del 10% del articulado constitucional", precisó.
Durante el acto -que se celebró en el Hemiciclo Protocolar del Palacio Federal Legislativo y fue transmitido en cadena nacional de radio y televisión- precisó que son 33 los artículos de la Carta Magna susceptibles a cambio.
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Cambios en la Fuerza Armada Bolivariana
Del artículo 328, vinculado a la "Fuerza Armada Nacional", destacó el cambio de nombre a "Fuerza Armada Bolivariana".
Expresó que este componente "constituye un cuerpo patriótico y antiimperialista, organizado por el Estado para garantizar la independencia de la nación y preservarla de cualquier ataque externo o interno y asegurar la integridad del espacio geográfico", mediante el estudio de la "doctrina bolivariana, la aplicación de principios de la defensa militar integral y la guerra popular de resistencia (aspectos que definió como novedosos)".
Propuso que la Fuerza Armada estará siempre "al servicio del pueblo venezolano en defensa de sus sagrados intereses" e incluyó que "en ningún caso estará al servicio de oligarquía alguna".
Calificó el artículo 329 como "profundo", ya que implica un cambio de estructura. Decidió cambiarle a la reserva el nombre a "milicia popular bolivariana", pero como un componente más de la Fuerza Armada.
Además habló de la "fusión de la Fuerza Armada".
Otra de las modificaciones que contempla es cambiar el nombre de la Guardia Nacional a Guardia Territorial.
Como reseñó AFP, también anunció que la Guardia Nacional se transformará en un "cuerpo esencialmente militar" para formar con sus recursos "humanos, técnicos y militares la guardia territorial o integrar cualquier de los cinco pilares de los que constará ese componente".
Chávez explicó que la Fuerza Armada Bolivariana estará articulada en cinco pilares: el ejército bolivariano de tierra; la armada bolivariana; la aviación bolivariana; la guardia territorial bolivariana y las milicias populares bolivarianas, según detalla la agencia de noticias.
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Artículos a reformar
El primer apartado legal que propuso modificar es el numero 11 que tiene que ver con los espacios y el aspecto territorial de Venezuela.
Planteó agregar al final del artículo lo siguiente: "El presidente de la República podrá decretar regiones especiales militares con fines estratégicos y de defensa en cualquier parte del territorio y demás espacios geográficos y podrá decretar autoridades especiales sen situaciones de contingencia desastres naturales, etc".
"Venezuela pudiera perfectamente decretar una región especial en un sitio bien escogido y hacer una plataforma o isla artificial en uno o varios puntos de ese territorio. Encomiendo de una vez a la Marina para que vaya adelantando los estudios, porque yo cuento con que esto se va a aprobar", adelantó.
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Nueva organización político-territorial
Otro de los artículos que el Presidente propone modificar es el 16, donde se establece que la nueva división del territorio nacional organizaría la República en estados, distrito federal, dependencias federales y territorios federales.
Enfatizó que la reforma de esta disposición es la de "mayor peso estratégico y profundidad estructural" en su propuesta, pues "sacudirá" el país.
Este artículo abre la posibilidad de establecer la creación de "territorios federales" en determinadas áreas de los "estados", previa realización de referendos aprobatorios en la entidad respectiva.
Pero más aún se podrá dar -vía Ley Especial- la categoría de "estado" a un "territorio federal", asignándosele la totalidad o una parte de la superficie del territorio respectivo.
Chávez establece, igualmente, en su propuesta que podrá crear mediante decreto en Consejo de Ministros -previo acuerdo aprobado por la mayoría simple de los diputados de la AN- provincias federales, municipios federales, ciudades federales y distritos funcionales, así como cualquier otra entidad que establezca la Ley.
Fue enfático al señalar que en el territorio federal, en el municipio federal y en la ciudad federal el poder nacional designará a las autoridades respectivas, por un lapso máximo que establecerá la ley, y sujeto siempre a mandatos revocables.
"Las provincias federales se conformarán como unidades de agregación y coordinación de políticas territoriales, sociales y económicas a escala regional, siempre en función de los planes estratégicos nacionales y el enfoque estratégico internacional del Estado venezolano", citó.
De las provincias federales, el mandatario agregó como parte de su propuesta, que se constituirán pudiendo agregar indistintamente ciudades y municipios, sin que estos sean menoscabados en la atribución que le confiere la Constitución. "Quiere decir que si el estado Barinas y Apure llegaran a conformarse en la provincia federal Zamora, no es que los apureños van a perder sus derechos políticos de elegir su gobernador. Apure seguirá siendo Apure. Con sus mismas autoridades y municipios".
Aclaró que para la referida figura el Presidente de la República pudiera designar un vicepresidente, que sea como un enlace, y que viva en las regiones.
Detalló que los "distritos funcionales" se crearán conforme a las características históricas, socio-económicas y culturales del espacio geográfico correspondiente, así como en base a las potencialidades económicas que desde ellos sea necesario desarrollar en beneficio del país. Esta unidad territorial implicaría la activación de una "misión distrital".
Acotó que el "distrito funcional" sería una figura superpuesta sobre la división política del territorio y "podrá ser conformado por uno o más municipios o lotes territoriales de estos, sin perjuicio del estado al cual pertenezcan".
Nuevas ciudades comunales
Explicó el Presidente que la nueva organización "política" tendrá como eje a la "ciudad", la cual será la unidad política primaria, entendida como todo asentamiento poblacional dentro del municipio e integrado por áreas o extensiones geográficas denominadas "comunas".
De esta manera la organización política quedaría estructurada de la siguiente manera: comunidades-comunas-ciudades; y se otorgaría a las "comunidades" la potestad de tener "autogobiernos" que le permitan construir su propia geografía e historia.
Detalló Chávez que en la Ley de las Comunas que habría que desarrollar, se abriría la posibilidad de que las "comunas" se unan en congregaciones más amplias.
Además mencionó que podrían existir "ciudades comunales", las cuales se constituirían "cuando en la totalidad de su perímetro se hayan establecido las comunidades organizadas, las comunas y los autogobiernos comunales".
La creación de la "ciudad comunal" estaría sujeta a un referendo popular que convocará el Presidente de la República en Consejo de Ministros. Así, el Poder Electoral no tendrá potestad sobre estos procesos eleccionarios.
Vuelta al Distrito Federal
Según expresó, el territorio estará integrado entonces por un Distrito Federal, en el cuál tendrá su sede la capital de la República y los estados.
"Se han dado cuenta que propongo volver a la figura del Distrito Federal. Creo que la experiencia de la Alcaldía Mayor, y no tiene nada que ver con el alcalde (Juan Barreto), no ha sido exitosa. Yo propongo revisar esto y volver a un nuevo estado o Distrito Federal".
Nuevos límites y regiones marítimas
La propuesta presidencial plantea la creación de nuevas figuras como las regiones marítimas y los distritos insulares.
"Tengo la idea, aquí en el Archipiélago de los Monjes, crear una zona o un distrito insular", dijo Chávez.
El jefe de Estado destacó que uno de los pequeños cambios está reflejado en el mapa que mostró en la presentación en el que detalla que Venezuela limita al norte, no con el mar de Las Antillas (como se nos ha dicho), sino con República Dominicana, Haití, Puerto Rico, Estados Unidos y las islas del Caribe Oriental.
"¿Qué hacemos con ese mar, lo seguimos dejando de lado? ¿Es parte de nuestro territorio?", se preguntó.
A lo que respondió: "tenemos el mar territorial que son 12 millas náuticas desde la línea costera de la más baja marea -además de la zona contigua-. Todo eso es Venezuela. Sólo que hay distintos grados de soberanía. El mar territorial nadie puede pisarlo sin permiso. Y más allá está la zona exclusiva de custodia de vigilancia y de explotación de recursos. Eso es muy importante para el futuro de Venezuela".
Finalizó su exposición sobre la descripción de este artículo al señalar que la organización política territorial de la República se regirá por una ley orgánica.
Poner a un lado los "regionalismos"
Aunque sabe que en muchos ciudadanos privarán los valores "regionalistas" ante esta propuesta, el mandatario invitó al pueblo a abandonar esos dogmas y costumbres que impiden los cambios. Rogó que sean puestos a un lado los intereses regionales por sobre el interés nacional.
Chávez fue claro al explicar que la intención de esta modificación es impedir que se sigan formando "caudillitos o caudillos que pretenden ser presidenticos de republiquetas o republiquitas" en abierta referencia a los gobernadores y alcaldes de oposición que gobiernan localidades que adversan su proyecto.
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Sistema nacional de ciudades
Para Chávez el artículo 18 también debe estar sujeto a cambios, para lo que dispuso que: "el Estado venezolano desarrollará una política integral para articular un sistema nacional de ciudades, estructurando lógica y razonablemente las relaciones entre las ciudades y sus territorios asociados y uniendo y sustentando las escalas locales y regionales en la visión sistémica de país".
Al respecto, el jefe de Estado dijo que se enfrentará toda acción especulativa respecto a la renta de la tierra, que a su juicio, es uno de los problemas "graves" que tienen nuestras ciudades.
Como novedad incorporó el hecho de que los ciudadanos -sin discriminación- sean titulares del derecho a la ciudad, lo que debe entenderse como "el beneficio equitativo que perciba cada uno de sus habitantes conforme al rol estratégico que la ciudad articula".
Será a través de una ley especial mediante la cual se establezca la unidad político territorial de la ciudad de Caracas, la cual será llamada la "cuna de Bolívar y reina del Guaraira Repano".
Por último destacó que, el poder nacional por intermedio del poder ejecutivo y con la colaboración y participación de todos los entes dispondrá todo lo necesario para el reordenamiento urbano y fortalecimiento integral de barrios y organizaciones, entre otras.
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Poderes Públicos
Una nueva división de los Poderes Públicos también fue propuesta por el Presidente de la República, siendo el Poder Popular la innovación en la reforma del artículo 136.
Planteó que el país tenga ahora el siguiente esquema de distribución territorial del Poder Público: Poder Popular, Poder Municipal, Poder Estadal y el Poder Nacional.
La distribución de los Poderes respecto a las funciones que ejerce sería: Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial, Poder Ciudadano y Poder Electoral.
Detalló que el Poder Popular no nacerá del sufragio ni de elección alguna, sino a partir de "la condición de los grupos humanos organizados como base de la población".
Indicó que "todos los demás poderes deben estar sujetos a la voluntad del Poder Popular".
Respecto al Poder Ejecutivo, el mandatario estableció de la misma manera una propuesta de reforma importante que contempla la creación del número de vicepresidentes que el Presidente de la República considere necesarios.
De esta forma, existiría un primer vicepresidente y otros tantos como el mandatario estime pertinentes.
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Administración Pública
En la reforma al artículo 141 se contemplaría una modificación del concepto de administración pública, la cual tendría las siguientes categorías: las administraciones públicas burocráticas o tradicionales (atenderían a las estructuras previstas y reguladas en la Constitución) y las misiones (constituidas por organizaciones de variada naturaleza creadas para atender las necesidades más urgentes de la población).
En el artículo 158 se establecería la promoción por parte del Estado de "la participación protagónica del pueblo, transfiriéndole poder y creándole las mejores condiciones para la construcción de una democracia socialista".
En otro apartado se contempla la transferencia de la gestión de los servicios públicos regionales y municipales a las comunidades organizadas, en pro de la economía social.
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Fondo de estabilidad social
Del artículo 87 vinculado a los derechos sociales y la familia agregó que: "a los fines de garantizar el ejercicio de los derechos laborales de los trabajadores no dependientes (taxistas, transportistas, artesanos y todo aquel que ejerza por cuenta propia) la ley creará y desarrollará lo concerniente a un fondo de estabilidad social" para ellos, con el fin de "que puedan gozar de vacaciones, pensiones, jubilaciones, reposo, prenatal y posnatal".
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Nuevas formas de participación
En cuanto al apartado legal número 70 que aborda los medios de participación y protagonismo, además de los que ya existen -elección de cargos públicos y referendos- se agrega la figura de los concejos del poder popula, que comprende los concejos comunales, obreros, estudiantiles y campesinos, entre otras.
Otro aspecto novedoso del que habló es de "la empresa de propiedad social directa o indirecta".
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Reconocimiento cultural
En el artículo 100 se agregó el siguiente cambio, que el mandatario definió como ideológico: "La república Bolivariana de Venezuela es el producto histórico de la confluencia de varias culturas, la diversidad de sus expresiones y valora las raíces indígenas, europeas y afrodescendientes que dieron origen a nuestra gran nación suramericana".
Como aspecto importante resaltó que el Estado garantizará a los trabajadores de la Cultura su incorporación al sistema de seguridad social, que les permita "una vida digna".
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El Universal-Venezuela/16/08/2007

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