26/8/07

Sueños rotos

Centroamericanos «sin papeles», a la espera del tren que nunca llega
Aislados, hambrientos y temerosos de ser víctimas de la delincuencia o de ser forzados por la Policía mexicana a regresar a su país, cientos de inmigrantes ilegales centroamericanos esperan aún el paso del tren en Tenosique, al lado de la frontera con Guatemala. La tragedia de los «sin papeles» hondureños, salvadoreños y guatemaltecos, desatada a principios de mes a raíz de la suspensión del servicio ferroviario que pasa por el Estado de Tabasco, se prolonga.
«Que alguien les diga a los inmigrantes que el tren ya no pasa, que es inútil venir», ruega el sacerdote católico Juan Pablo Chávez, del municipio mexicano de Tenosique, donde permanecen varados unos 7.000 centroamericanos camino de EEUU.
En Tenosique, la última población de cierta magnitud hasta el límite con Guatemala en el Estado de Tabasco, los inmigrantes -que durante décadas se habían encaramado a los vagones de carga del tren que llegaba a la frontera con EEUU- parecen no cansarse de divisar con ojos soñadores el punto donde se pierden las vías férreas, pese a que a algunos ya no les alcanzan los dedos de la mano para contar los días que llevan allí.
Cada vez son menos los que permanecen acampados en la comunidad aledaña de El Faisán esperando el ansiado arribo del tren con el que iban a iniciar su largo y trabajoso periplo hacia Estados Unidos. Algunos fueron repatriados por el Instituto Nacional de Migración (INM) mexicano y otros han preferido refugiarse en la selva. Los más atrevidos, sin embargo, continúan firmes sobre las vías del tren, aunque lamentan su situación y la de sus compañeros de viaje que dejaron atrás el «sueño americano» en días pasados.
«Ya no pudieron aguantar, ni las mujeres ni los niños», dice a Efe José Martínez, un guatemalteco «sin papeles» para el que regresar a su país no sólo significa un fracaso sino también volver a una realidad no muy diferente de la actual. «No estamos bien, por eso salimos de nuestra casa y dejamos todo, porque no hay ni para comer», agrega apesadumbrado.
Martínez, de unos 40 años, pretende reanudar el camino pronto aunque no pase el tren que le iba a conducir hasta el estado mexicano de Veracruz, también en el Golfo de México pero más al norte, y después del cual sólo le restará cruzar el Estado de Tamaulipas para alcanzar la frontera estadounidense.
La opción que le queda es conseguir alguno de los escasos vehículos que pasan por allí o lanzarse a una caminata de decenas de kilómetros hasta llegar a otro punto de la vía del tren donde el servicio funcione.
En El Faisán, una comunidad rural que vive de la agricultura y del comercio minorista que generan especialmente los aventureros llegados del sur, ya no queda mucho, pues la Policía Federal retiró en días pasados las casas que los improvisados nómadas construyeron con cartón, madera y plásticos, cerca de las vías.
Otro de ellos, el salvadoreño Miguel López, es uno de los más resistentes pues ya hace un mes que salió de su país y no se amedrenta pese a las dificultades. No sólo le duele no poder continuar el viaje en tren, sino también sus pies, llenos de ampollas y llagas, y especialmente las fotografías que guarda de las hijas que dejó con su madre. «Otros lo han logrado», asegura esperanzado al referirse a vecinos que están trabajando en EEUU, mientras permanece escondido de los agentes federales que coordinan el programa de repatriación voluntaria.
A sus 35 años, López confía en que tarde o temprano la Policía se marchará y en que el tren reanudará sus actividades.
Miles de historias
Las de Martínez y López son solamente un botón de muestra de las miles de historias trágicas que se cuentan en el lugar, desde el testimonio del que perdió a su hermano en 2006 al ser arrollado por el tren -también conocido como «el tren de los mutilados»- hasta el que vio cómo violaban a sus hermanas.
«La gente de los pueblos no se mete con nosotros, el peligro está de noche, cuando salen ésos que asaltan», relata Luis Sánchez, otro inmigrante.
Tabasco, con una población que supera los 2 millones de habitantes y con 260 kilómetros de frontera con Guatemala, recibe anualmente a casi 23.000 centroamericanos.
La empresa estadounidense Genesee & Wyoming, que hasta ahora operaba la ruta del tren Chiapas-Mayab, anunció en junio pasado la suspensión de actividades y la expulsión de unos 1.200 trabajadores. La compañía se declaró en bancarrota a raíz de que una de las rutas que operaba, que transcurría por el Estado mexicano de Chiapas, también limítrofe con Guatemala, fue arrasada por el huracán Stan en 2005.
El Gobierno de México anunció que en breve licitarán de nuevo el servicio ferroviario, pero hasta entonces el sueño de los inmigrantes se resquebraja día tras día en el remoto Tenosique.
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inSurGente/26/08/2007

Blanco estableció, asimismo, que "hay muchos en el PP peleados porque no confían en su líder"

Dice que “nadie da un duro por Rajoy
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El análisis de Joaquín Calomarde
Tras el atentado de Durango
El PP debiera apoyar la política antiterrorista del Gobierno
Zapatero no es rehén del terrorismo, ni de sus voceros; ni ETA está entre sus aliadosDejemos de utilizar el terrorismo como arma electoral No hay ningún riesgo en España de ruptura territorial o constitucional
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RAFAEL FERNANDO NAVARRO
El arzobispo de Granada
La Iglesia es, por definición, un encuentro en la palabra. Dios y hombre dialogando en el espacio
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elplural.com-España/26/08/2007

Dos muertos por el incendio de un globo aerostático en Canadá

Ocurrió en Surrey, cerca de Vancouver. El aerostato empezaba a elevarse cuando comenzaron las llamas. Sus 14 pasajeros se arrojaron al vacío, tras lo cual el aparato se elevó rápidamente y se consumió en el aire. Al menos 11 personas resultaron heridas.

TRAGEDIA. El globo se había elevado seis metros cuando comenzaron las llamas.
(AP)
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Dos personas murieron y al menos 11 resultaron heridas cuando el globo aerostático en el que realizaban un paseo se incendió y cayó sobre un campamento en el este de Canadá. La Policía informó hoy el accidente que ocurrió el viernes en Surrey, una ciudad ubicada cerca de Vancouver. El globo, con 14 personas a bordo, empezaba a elevarse cuando comenzaron las llamas. Desesperados, los pasajeros no tuvieron más alternativa que arrojarse al vacío, algunos de ellos con sus ropas encendidas. El aerostato se elevó entonces rápidamente y convirtió en cenizas en cuestión de minutos. La Policía confirmó que dos personas murieron, pero evitó dar más precisiones acerca de las identidades de las víctimas. Otras once personas resultaron heridas. Testigos del trágico accidente contaron a medios locales que los pasajeros empezaron a saltar de la cesta del globo, operado por la compañía canadiense Fantasy Balloon Charters, cuando la aeronave se encontraba a unos seis metros de altura. La columna de humo se podía divisar a varios kilómetros. John Kageorge, portavoz de la compañía dijo desconocer qué provocó el fuego y afirmó que el piloto tenía amplia experiencia en el manejo de ese tipo de aeronaves, aviones y helicópteros.
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Clarin.com-Argentina/26/08/2007

El viento da una tregua

Un cámara de televisión camina junto a las llamas cerca de Zaharo, en el Peloponeso
REUTERS
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La cifra de muertos por el fuego en Grecia pasa ya del medio centenar
La UE envía 13 aviones y helicópetos para ayudar en la extinción.- Las llamas amenazan a la antigua ciudad de Olimpia.- La población crítica el papel del Gobierno heleno, al que acusa de lento
"Vi calcinada a una mujer con su hijo en brazos"
¿ESTÁS ALLÍ?: Mándanos tus fotos y crónicas
Los incendios vistos desde el espacio
Fotogalería
Vídeo: El fuego avanza sobre Grecia
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ELPAIS.com-España/26/08/2007

"El batallón abarca toda la comunidad y debe conformase en redes con otros batallones"

El presidente de la República, Hugo Chávez Frías, abogó este sábado por la profundización de la Revolución Bolivariana, la cual está representada por la propuesta de reforma constitucional y la conformación del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV)
Credito: MinCI
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Para la votación por separado de los artículos de la Reforma
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En el marco de los XVI Juegos Deportivos Intercomunidades Indígenas Puerto Unión 2007
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Opinión
Miguel Ugas
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En dos mil caracteres
Pascual Serrano / Rebelión
Amaury González V.
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Practicas cuartorrepublicanas se hicieron presentes
Juan Alvarez
Jesús López(*)
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Los coletazos del Tsunami financiero siguen socavando las Bolsas de EU…
José Agapito Ramírez
Francisco Umpiérrez Sánchez
Jesús Silva(*)
Francisco Morote
Francisco Morote Costa
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aporrea.org-Venezuela/26/08/2007

La actuación de jerarcas católicos en política amenaza el Estado laico

Diego Valadés: nos pueden regresar a la época de 1856
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LAURA POY SOLANO
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La actuación cada vez más constante de representantes de la Iglesia católica en asuntos relacionados con la agenda política nacional "hacen peligrar la naturaleza laica del Estado mexicano y nos pueden regresar a la época de 1856", advirtió Diego Valadés, ex director del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
Aseguró que en el país se advierte un "déficit" de las instituciones políticas que "no han sabido hacer ver a la Iglesia católica que su responsabilidad consiste en el acatamiento pleno del Estado laico".
En entrevista -luego de participar en la presentación del libro Concepto de democracia y sistema de gobierno en América Latina, del ex rector Jorge Carpizo Mac Gregor-, afirmó que es "altamente indeseable" que con la injerencia de la jerarquía católica en temas de política nacional se transforme el Estado laico mexicano.
Advirtió que si la Iglesia católica y sus jerarcas quieren entrar en procesos electorales "tendrán que pagar las consecuencias de formar parte de la política, y se convertirán en un elemento más, no de solución y de conciliación, sino de contención".
Valadés, experto en derecho constitucional y catedrático del IIJ, señaló que la política es un terreno de lucha y de "adversarios, pero si la Iglesia católica lo que quiere es tener adversarios, seguramente los va a tener, y muchos, porque no podemos olvidar que en México hemos tenido dos guerras civiles por cuestiones religiosas".
Destacó que pese a que alrededor de 90 por ciento de la población del país se declara practicante del catolicismo, "un porcentaje muy elevado no ve bien que la Iglesia se inmiscuya en asuntos políticos".
Acerca del control antidopaje a menores en escuelas de educación básica, consideró que si bien es necesario apoyar al Ejecutivo federal en la lucha contra el narcotráfico, "no me parece una medida acertada y prudente, pues habría que buscar otros mecanismos que incluyan la participación de padres de familia, defensores de derechos humanos, maestros y sociedad en su conjunto, porque si bien se parte de una buena idea, como evitar el consumo de drogas, las imposiciones autoritarias de criterios no analizados es perniciosa, y generan que una buena idea tenga malos planteamientos".
En cuanto al llamado Plan México, aseguró que en Estados Unidos es común que antes de suscribir un acuerdo bilateral con otro país, en particular si se tratan temas de seguridad, la administración federal informe a los integrantes del Congreso, en especial a los senadores, para que estén al tanto de los términos y compromisos que se podrían incluir.
No obstante, "hasta donde sé, el go-bierno de México no ha incorporado en el proceso de negociación, o por lo menos informado, a los representantes del pueblo; es decir, existe un déficit en el proceso de negociación, a lo que se suma que los medios de investigación e incluso de espionaje de los que podría disponer el Estado mexicano pueden ser muy útiles para combatir la delincuencia, pero también podrían limitar la democracia".
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La Jornada-México/26/08/2007

Los Movimientos Sociales en México (Primera Parte)

La participación de la sociedad mexicana se encuentra ante una doble dificultad: por un lado, el uso que de ella hacen los partidos políticos (o los amparados en la política oficial) a favor del un clientelismo…; por otro, la represión de la que es a través de los medios masivos de comunicación (mas media) que aseguran la hegemonía de los grupos de poder real.
Malandro
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“La muerte de los demás es la vida de los muros.
Desde luego, todos sostienen lo contrario.
Todos vuelven sus miradas, sus esperas, sus esperanzas hacia el pueblo.
Pero el pueblo está separados de ellos porque los amurallados,
como individuos, viven una vida ajena al pueblo.
Sean cuales fueren las diferencias que los separen,
algo más fuerte los une: vivir dentro de los muros.”
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Vassilis Vassilikos
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Estos dos elementos son combinados de manera magistral en el país para desalentar todo intento de transformación.

Aún así, y sorteando todas las dificultades, la sociedad mexicana ha logrado estructurar, desde abajo, movimientos para la participación, la resistencia, y contra el atropello. Movimientos que de manera decidida presentan la defensa de iniciativas locales que involucran espacios geográficos concretos del territorio nacional.

Los movimientos sociales evolucionan en el marco de sus circunstancias, algunos logran obtener sus demandas e imponerse a las condiciones en las que los coloca la partidocracia en el país: aislándolos, alargando los tiempos de respuesta a sus demandas, generando vacío a sus propuestas e incluso llegando a la persecución, encarcelamiento y desaparición de los dirigentes visibles de los grupos.

La trayectoria temporal y espacial de los movimientos sociales hace que no sea fácil una coordinación nacional, porque, simplemente, la demanda en el movimiento social condiciona los tiempos de participación que tiene el grupo en el contexto de la necesidad especifica sobre la que se han conjugado (infraestructura urbana, protección del ambiente, derechos sociales y humanos, entre otros).

¿De qué manera es posible una unidad nacional de los movimientos sociales que específica y circunstancialmente se presentan en México? ¿De qué forma si sus circunstancias son tan disímbolas? La unidad del movimiento social, en una sociedad como la mexicana, en la que se ha sembrado la desconfianza hacia los partidos políticos representa un gran reto, pero debemos de considerar que esa desconfianza es el mecanismo con el cual se asegura la integridad de la “clase política” en el país; con la que se mantienen los muros invisibles que separan a la sociedad en individuos respecto a las tragedias humanas en las que se debate la vida cotidiana.

Es necesario preguntarnos: ¿Realmente están en crisis los partidos políticos o es una campaña que permite contener los deseos de transformación en la sociedad mexicana? No podemos negar que los partidos políticos se encuentran en un bache de credibilidad, pero también es indiscutible que de manera abierta se promueve la no participación de la sociedad en la organización de nuevos partidos en el país.

Es pertinente considerar que la falta de credibilidad de los partidos políticos es una de las formas de asegurar el poder en unos cuantos partidos (PRI, PAN, PRD y la chiquillada o fauna de acompañamiento), aislando a la población de la formación política que le permitiría participar en cada uno de los procesos sociales con una mayor capacidad de decisión.

Trascender al movimiento social en el país para lograr una coordinación nacional no es posible desde los propios movimientos sociales, ni es saludable considerar que al lograr ésta, será necesario condicionar toda protesta a la unidad nacional programática; en todo caso lo que se debe buscar es conjuntar mecanismos de formación compartida de los militantes de los distintos grupos que se movilizan en país.

Es importante la formación de los militantes para que los movimientos sociales se abstraigan de las condiciones coyunturales en las que existen; es imperativo que manejen un conjunto de elementos, entre los que se encuentran, la constante transformación de las condiciones en las que se desarrollan las demandas de su grupo, el análisis de medios de comunicación y la transformación de sus contenidos y de manera indispensable, el desarrollo de una vida cotidiana que permita el manejo de significados que sean socialmente compartidos por los distintos grupos.

La participación de los partidos políticos en México ha mediatizado a los movimientos de la sociedad, condicionando su desarrollo y conclusión. Deslindarse de los partidos políticos incluso se ha presentado como un practica necesaria para garantizar la independencia de las organizaciones, pero al mismo tiempo las aísla de otros movimientos en el país, lo que permite que actúen de manera rápida las fuerzas del estado para desplegar dispositivos de contención territorial y explotar las condiciones socioculturales en las que se desenvuelve el movimiento específico.

Quienes hemos participado en la formación y desarrollo de movimientos sociales podemos dar cuenta de las dificultades a las que se enfrenta toda organización al momento de establecer mecanismos de educación de sus militantes. Son enormes las dificultades, una de las más penosas: la ausencia de referentes que permitan la formación consistente en el trabajo político…; ausencia que en muchos casos las condenan a relaciones de tipo afectivo, sin un proceso de comprensión de las circunstancias enlas que se desenvuelve su participación.

Los ciclos de los movimientos sociales requieren que se presente un conjunto de experiencias que de manera continua estén fortaleciendo el análisis de las circunstancias específicas en las que se desarrollan.

En nuestro país, la oscilación de los movimientos sociales -ese continuo ir y venir de los individuos- impide que el conocimiento permanezca en los espacios sociales en los que se han desenvuelto la actividad.

Marcar el ritmo de los tiempos en los que se desarrollan las demandas, y lograr la coordinación de los movimientos sociales, requiere que se tenga la capacidad para armonizar el conjunto de las necesidades que desde la realidad mexicana se presentan.

Trascender del movimiento reactivo, a la planificación de cada una de las demandas en el país requiere de una transformación de la cultura de la participación en la sociedad; no una participación focalizada en los momentos de coyuntura, sino en el diálogo cotidiano que, implícitamente, reprueba la demanda y la organización como ejercicios legítimos.

Con el utilitarismo y el economisismo no pocos grupos de izquierda, condena a la sociedad a un permanente ensayo y error, sin pasar a una fase de transformación de la cultura.

No podemos participar de manera ingenua en los movimientos sociales, pues la represión de la oligarquía incrustada en las instituciones del estado mexicano se ha agudizado, lo que hace necesario que la sociedad profundice en la capacidad de respuesta organizada sin presentar frentes vulnerables en los que se “justifique” la agresión.

La competencia entre el sistema de partidos (partidocracia) y la organización de la sociedad desde las bases es enorme. Los partidos políticos de manera permanente están formando grupos de captación de la demanda social con el fin de aumentar las filas de sus militantes y negociar de forma emergente. El clientelismo es una realidad en el quehacer político del país.

La coordinación del movimiento social es una labor titánica para los miembros de cualquier organización. Los intereses y las variables que intervienen en la estructura de las organizaciones no pocas veces definen sus políticas de alianzas; sus intenciones prospectivas…, impidiéndoles con ello abstraerse de las demandas inmediatas.

Debemos decir, que en condiciones de recursos escasos (económicos y sociales) es pertinente que todo movimiento social tenga uno o dos objetivos específicos a partir de los cuales se problemátice (se debata) de manera permanente las condiciones en las que se presenta su actuar. Con ello, en medida de la conceptualización de los objetivos específicos, el reconocimiento de los puntos concordantes de las actividades “disimiles”.

La transformación de la realidad política mexicana no puede ser una “revolución de diseño” como la que se presentó en Sudáfrica, en la que las grandes necesidades de los mexicanos sean puestas al final de la fila de los problemas a resolver por un poder emergente en el país. La desigualdad en la que se encuentran grandes conglomerados sociales en México nos indica que los ciclos sociales de la sociedad mexicana requieren de transformaciones radicales del estado de cosas en los que se defina el reparto del poder y la movilidad social.

Los movimientos sociales no se pueden analizar por las leyes de la física, no son una simple reacción de aspectos cuasisticos los que intervienen en su gestación… Hay definitivamente aspectos que aglutinan a la sociedad entorno a necesidades que le son comunes a amplias capas sociales. Es en esta convergencia donde deben incidir los movimientos sociales.

La unidad es un paso necesario no sólo para la unificación de las demandas nacionales, también para presentar un frente a la oligarquía nacional. Por ello que no nos engañemos, no basta esa unidad para la ruptura cultural con el estado mexicano; es necesario desmantelar de raíz los elementos preceptúales con que se ha conformado (y se soporta) una cultura del discurso fácil al interior de los movimientos sociales.

No debemos conformarnos con la unidad de los movimientos sociales en el territorio nacional, es importante aspirar a la organización de un partido, una organización revolucionaria que coordine los esfuerzos aislados tanto de movimientos sociales consolidados, como de los pequeños grupos que emergen continuamente en el país ante las contradicciones en el capitalismo y como expresión de la lucha de clases.

Los movimientos sociales se presentan de manera continua en el devenir histórico,porque la necesidad de transformación de la realidad se expresa en ellos; no son pues, productos de la espontaneidad sino de los deseos que se han acumulado en amplias capas sociales que se expresan en circunstancias específicas.

Al formar parte México de una realidad mundial, y ser a su vez el producto de múltiples realidades regionales, no está desvinculado de los acontecimientos que repercuten en la escala de valores y conceptos con la que los individuos interpretan su realidad mediata e inmediata; lo que deberá ser considerado al momento de interpretar el contexto en el que se participa. Es decir, la intención de una unidad nacional no socava (ni deberá socavar) las particularidades propias de los movimientos sociales en función de asegurar la existencia de una organización nacional; tanto más, que es esa diversidad de perspectivas lo que asegura su existencia y desarrollo.

Como hemos analizado, el sistema político mexicano se soporta en los contenidos discursivos que se esgrimen en el lenguaje cotidiano manipulado por los medios de comunicación. Despojarlo de éste elemento de mediación condicionada es el primer paso en la transformación social.

Es necesaria la comprensión de éstos contenidos discursivos en los cuales se cimientan el signo y el significado del diálogo cotidiano. Ello significa develar el estado actual de nuestra actividad dialógica: “semánticas gastadas” y limitadas por estilos de consumo y valores fatuos que son impuestos en nuestra cultura; pero, también, sopesar desde las condiciones reales los escenarios posibles.

El movimiento social en México debe consolidarse como parte de la herencia cultural de la sociedad; su existencia debe trascender el ensayo y error que no permite, insisto, incorporar valores culturales propios en pos de una coordinación nacional que haga frente al ataque del imperialismo contra cualquier forma de organización.
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kaosenlared.net - España/26/08/2007

Crecimiento, desempleo y ecología, prioridades de Merkel hasta 2009

La canciller alemana presentó los 50 puntos sobre los que girará su Gobierno en el resto de legislatura
Berlín. La canciller alemana, Angela Merkel, desgranó ayer las propuestas de la coalición gobernante hasta el final de la legislatura, periodo en el que la protección medioambiental, la lucha contra el desempleo y el crecimiento económico conformarán los principales retos de hasta las elecciones de 2009.Después de dos días de reuniones a puerta cerrada con su equipo, Merkel avanzó que el principal objetivo será consolidar el crecimiento económico para que sus beneficios “alcancen a todos”, después de que las cuentas del primer semestre mostraran el primer superávit fiscal desde la reunificación. Por ello, la dirigente instó a “seguir trabajando como hasta ahora, con buen espíritu de equipo”. En la misma línea insistió su vicecanciller y ministro de Trabajo, el socialdemócrata Franz Müntefering, quien afirmó que “esta coalición es exitosa”.En el paquete de 50 puntos se incide especialmente en la lucha contra el desempleo, que afecta a 3,7 millones de personas, para lo que se “deben incentivar las condiciones para favorecer el crecimiento”.El gobierno de Merkel facilitará la entrada de inmigración cualificada ahí donde hay déficit de profesionales alemanes, pero dejando claro que tiene prioridad la formación de personal germano. Por ello, se posibilitará la permanencia en el país de quienes hayan estudiado esas profesiones en Alemania y sean miembros de los 10 nuevos estados miembros de la UE, de manera que puedan quedarse un año más para buscar trabajo y hasta otros tres, si lo encuentran.Otro de los temas que seguirán especialmente es el de la protección climática, que “vale la pena” en palabras de la canciller, no sólo por las consecuencias del calentamiento global, sino también por las ventajas económicas de una buena política en ese ámbito, como la exportación de esas tecnologías, así como una importante reducción de las emisiones de CO2.Merkel y Müntefering se comprometieron a la lucha contra la ultraderecha “con todas las fuerzas”. Lo que para la jefa del Gobierno no implica tratar de impulsar de nuevo la ilegalización del Partido Nacional Democrático (NPD) mientras que para el vicecanciller sí incluye evitar “desfiles de neonazis”.Ambos políticos actuaron como socios compenetrados, pese a la existencia de disonancias internas. Müntefering ha tenido que dejar aparcado uno de sus caballos de batalla: la introducción de un salario mínimo interprofesional.
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La Gaceta de los Negocios - España/26/08/2007

Estados Unidos preocupado por mantener alianza europea en Afganistán

A Estados Unidos le preocupa que Alemania e Italia no mantengan su presencia militar en Afganistán, dada la creciente violencia en la lucha contra la insurrección talibán y el alto índice de pérdidas civiles.
"Italia y Alemania son quienes nos preocupan realmente", explicó a la AFP un responsable de la administración estadounidense que prefirió el anonimato.
Kurt Volker, un responsable del Departamento de Estado de las divisiones de Europa y Euroasia, hará una gira a principios de septiembre para tratar de movilizar nuevamente a los aliados.
"Pienso que dirá públicamente hasta que punto Afganistán es importante y (subrayará) aquello por lo que los países europeos pueden sentirse orgullosos, refiriéndose a los aciertos en Afganistán", dijo el funcionario.
El parlamento alemán debe pronunciarse sobre el compromiso del ejército en Afganistán, donde unos 3.000 militares forman parte de la fuerza de la OTAN, que cuenta con unos 40.000 hombres en ese país.
La clase política se muestra a favor de mantener la presencia militar, sin embargo el 65% de la opinión pública está a favor de una retirada.
"El problema de las víctimas civiles toma cada día más importancia en el debate político alemán", reconoció la fuente anónima, que estima que estas inquietudes podrían repercutir seriamente en las fuerzas de seguridad afganas, entrenadas por la policía alemana.
También en Italia suscitan un amplio debate estas pérdidas civiles en Afganistán.
El ministro italiano de asuntos exteriores Massimo d'Alema estimó que la falta de coordinación con la OTAN es una de las razones por las que el índice de víctimas es tan elevado.
El responsable estadounidense reconoce el problema y estima que "tenemos muchas probabilidades de perder varios" aliados de la OTAN en Afganistán, e Italia es el que más nos preocupa, dijo./pp/mg/cd
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Univisión - USA/26/08/2007

Sexo e Iglesia

Lo divino y lo humano
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Transcribo a continuación varios textos sueltos encontrados en Internet y elaborados por tres entidades de nombre:

“Corpus Canada”
“Call To Action”
“Future Church”.

El hallazgo lo hice sólo con pisar la palabra “celibato” en www.google.com.
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Lisandro Duque Naranjo
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Con estas pequeñas piezas informativas, contribuyo a la discusión actual sobre los curas arrinconadores de muchachos en las sacristías, confesionarios, orfanatos e internados, y sobre los jerarcas católicos misteriosamente encubridores de esas conductas, quienes además —caso del Cardenal López Trujillo— se la pasan entrometiéndose en la sexualidad de los laicos en lugar de hacerlo con la muy delictiva de los de su propia comunidad. Desde luego no creo que sólo a la prohibición de tener pareja pueda atribuírsele la pederastia, pues de hecho hay mucho casado corruptor de menores. Pero ayuda mucho. En El manantial de la doncella, película del recién desaparecido Ingmar Bergman, hay un epígrafe que dice: “La castidad es un orzuelo en el ojo del diablo”. Otro ilustre cineasta, Luis Buñuel, en su película Belle de Jour, puso este prólogo: “Semen retentus, venenus est”. Aunque es difícil que se logre algún día la eliminación del celibato, un adefesio del medioevo más remoto, las posibilidades de que eso ocurra pueden precipitarse si a la Iglesia empiezan a cobrársele en plata —como acaba de ocurrir con el fallo de un Tribunal Judicial de California— los estupros de su prelados. El optimismo al respecto proviene de la certeza de que la soltería y la misoginia forzosas de los sacerdotes están inspiradas en motivos estrictamente económicos. Y como lo que por agua viene, por agua se va…
Ahora sí lo anunciado:

“Siglo I: Pedro, el primer Papa, y los apóstoles escogidos por Jesús eran en su gran mayoría hombres casados. El Nuevo Testamento sugiere que las mujeres presidían la comida eucarística en la Iglesia primitiva”.

“Concilio de Elvira del año 306, España, Decreto 43: todo sacerdote que duerma con su esposa la noche antes de dar misa perderá su trabajo”.

“Año 401: San Agustín escribe que ‘Nada hay tan poderoso para envilecer el espíritu de un hombre como las caricias de una mujer’.”

“Año 580, Papa Pelagio II: Su política fue no meterse con sacerdotes casados en tanto no pasaran la propiedad de la iglesia a sus esposas o hijos”.

“Año 836: El Concilio de Aix-la-Chapelle admite abiertamente que en los conventos y monasterios se han realizado abortos e infanticidios para encubrir las actividades de clérigos que no practican el celibato”.

“San Ulrico, un santo obispo, argumenta que basándose en el sentido común y la escritura, la única manera de purificar a la Iglesia de los peores excesos del celibato es permitir a los sacerdotes que se casen”.

“Año 1074: El Papa Gregorio VII dice que toda persona que desea ser ordenada debe hacer primero un voto de celibato: ‘Los sacerdotes deben primero escapar de las garras de sus esposas’.”

“Año 1095: El Papa Urbano II hace vender a las esposas de los sacerdotes como esclavas y sus hijos son abandonados”.

“El Obispo Pelagio se queja de que las mujeres son aún ordenadas y administran confesiones”.

“Siglo XV: Transición: 50% de los sacerdotes son hombres casados, y como tal, aceptados por la gente”.

“Siglo XVI, 1545 a 1563: El Concilio de Trento establece que el celibato y la virginidad son superiores al matrimonio”. (Este Concilio perfecciona la prohibición de pareja, sustentándola en el peligro de que los bienes de la Iglesia pasen a manos de terceros: esposas e hijos. Obvio: la Iglesia ya era por entonces la transnacional más rica del mundo. No en vano en los conventos nació la contabilidad).

“1951: Papa Pío XII: un pastor luterano casado es ordenado como sacerdote católico en Alemania”. (En este caso se sugiere que, si se desea tener pareja y acceder al sacerdocio católico, lo mejor es echar travesía siendo primero protestante).

“1962: Papa Juan XXIII: Concilio Vaticano II; vernáculo; el matrimonio es equivalente a la virginidad”. (Que me disculpe el buen Papa, pero no logro entender el concepto ni siquiera en la mismísima madre de Jesús. Pero bueno, yo no soy teólogo).

“1966: Papa Pablo VI: dispensas al celibato. Década de 1970: Ludmilla Javorova y otras mujeres checas son ordenadas para atender las necesidades de las mujeres prisioneras de los comunistas”.

“1980: Se realiza la ordenación de pastores anglicanos y episcopales casados como sacerdotes católicos en los Estados Unidos. En 1994 esto también sucede en Canadá e Inglaterra”.

“Papas que fueron casados y además accedieron a la santidad: San Pedro, Apóstol, San Félix III 483-492 (2 hijos), San Hormidas 514-523 (1 hijo), San Silverio (Antonia) 536-537”.

Hay también una larga lista de Papas, algunos de ellos santos, que fueron hijos de Papas y de santos, entre los años 336 y 996 (600 años), lo que demuestra que tanto al trono pontificio, como a los altares, se podía llegar en forma hereditaria y que las normas vaticanas eran sólo para los pobres frailes rasos. Con razón toda esa literatura erótico-picaresca basada en las travesuras de estos personajes (El Decamerón de Bocaccio, y Los cuentos de Canterbury de Godofredo Chaucer, verbigracia). De hecho, una de las posiciones recomendadas por El Kamasutra es “la del fraile”).

Y para cerrar, vaya uno a saber qué se proponía Juan Pablo II cuando en julio de 1993 dijo:

“El celibato no es esencial para el sacerdocio; no es una ley promulgada por Jesucristo”.
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El Espectador-Colombia/26/08/2007

Busca China prohibir abortos basados en el género del feto

Por: Notimex en Beijing
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China prevé aprobar este año una nueva legislación que prohíba los llamados abortos selectivos para contrarrestar el creciente desequilibrio de género en el país, indicó hoy un funcionario del Consejo de Estado.Wang Yongging, subdirector de la Oficina de Asuntos Legales del Consejo de Estado, informó que se creará una nueva ley que prohíba la interrupción del embarazo cuando el objetivo no sea médico, sino por la elección del sexo, según despachos de la agencia Xinhua.Por ahora, dijo, los miembros del Consejo analizan las actuales regulaciones y 'en su debido momento' será lanzada la iniciativa, que establecerá la responsabilidad de departamentos gubernamentales de los distintos niveles administrativos en la prohibición.Aunque la selección de sexo está prohibida por la Ley de Población y Planeación Familiar sobre Salud Maternal e Infantil, actualmente existe un vacío legal y no se prevén las sanciones aplicables en tales casos.El pasado jueves, expertos chinos advirtieron que el desequilibrio de género en este país asiático podría provocar un aumento de la criminalidad, matrimonios ilegales, demanda de pornografía, secuestro y tráfico de mujeres.En la actualidad, la población masculina en China sobrepasa a la femenina en 37 millones, la mayor discrepancia en el mundo, según la Oficina de Información del Consejo de Estado, que indica además que la proporción es de 119 niños por cada 100 niñas.Las medidas de control natal han contribuido a que se reduzca el rápido crecimiento demográfico en China, sin embargo la preferencia tradicional de los varones sobre las mujeres ha llevado al aumento de los abortos selectivos, generando un desequilibrio social.'Algunas leyes y reglamentos sobre planeación familiar están en lista de la agenda legislativa del Consejo de Estado para este año, e incluyen la prohibición a la elección de sexo en los abortos", explicó Wang.El Consejo de Estado planea resumir varias notas sobre selección de sexo emitidas por diferentes departamentos y redactará reglas muy precisas para las cláusulas correspondientes, según fuentes oficiales.'Sigue existiendo el riesgo de un rebote en la tasa de fertilidad en China', sostuvo Wang al añadir que existen "vacíos" entre las actitudes de la gente hacia tener o no tener hijos y las leyes en vigor en China sobre planeación familiar.La política de planeación familiar implementada en China en 1979 promueve que las familias tengan un solo hijo o hija, pero ante la 'preferencia de los padres por los niños' se ha permitido en algunos casos un segundo si el primogénito es niña./agi
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La Crónica de Hoy - México/26/08/2007

África: entre el dolor y la esperanza

Como en ningún otro lugar de la tierra el dolor y la barbarie del hombre contra el hombre tiene lugar en África. El resto de seres humanos que habitamos este planeta hemos sido acostumbrados a presenciar, como indiferentes espectadores los dramas que en forma de hambrunas, genocidios, epidemias artificiales y neoesclavitud se presentan cada año en las tierras africanas

Joel Sangronis Padrón *
joelsanp02@yahoo.com
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ÁFRICA: ENTRE EL DOLOR Y LA ESPERANZA.
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Mientras los Leones no tengan Historiadores,
la historia seguirá siendo contada por los
cazadores.
(proverbio africano)

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Pareciera redundante decir África y miseria, África y colonialismo, África e injusticia, África y explotación.

Como en ningún otro lugar de la tierra el dolor y la barbarie del hombre contra el hombre tiene lugar en África. El resto de seres humanos que habitamos este planeta hemos sido acostumbrados, por quienes manejan la información y la comunicación a nivel mundial, a presenciar, como indiferentes espectadores, como pasivos testigos, con un fatalista aire de normalidad, los dantescos dramas que en forma de hambrunas, genocidios, epidemias artificiales y neoesclavitud se presentan cada año en las tierras africanas; nunca es superfluo recordar que todos los seres humanos somos africanos, no en balde allí nació nuestra especie hace ya mas de dos millones de años.
El continente africano, al igual que los pueblos de América Latina, Asia y Oceanía, sufrió en los últimos 500 años el embate de la expansión colonialista del capitalismo europeo con sus secuelas de esclavitud, dependencia, atraso, alienación, destrucción de culturas y sistemas productivos autóctonos y de organización social, más sin embargo, por diferentes causas históricas, culturales, económicas y hasta religiosas, estas flagelantes condiciones no sólo fueron más graves en África que en otras regiones del mundo sino que se han mantenido hasta nuestros días.
Inclusive el neocolonialismo que sufrimos hoy la mayoría de los pueblos del sur del mundo llegó tarde al África. Las potencias coloniales europeas mantuvieron a los pueblos africanos en situación de semiesclavitud hasta bien entrado el siglo XX.
Antaño fueron ingleses, portugueses y holandeses quienes amasaron fortunas como traficantes de esclavos y dueños de barcos negreros; hoy son los europeos y norteamericanosquienes utilizan a las nuevas instituciones mundiales esclavistas (FMI, Banco Mundial, Acuerdo Multilateral de Inversiones, Organización Mundial del Comercio, y algunas otras disfrazadas de o­nG's) como instrumentos de la nueva ola de esclavitud y miseria que se abate sobre África.
África fue la última región del mundo en romper sus grilletes coloniales, pero al haberse dado su descolonización política (la económica nunca se dio) en plena guerra fría, las potencias coloniales europeas y los EEUU promovieron como primeros gobiernos “autónomos e independientes” a las dictaduras mas brutales, primitivas y vendepatrias que la historia contemporanea ha conocido hasta hoy, como forma de asegurar sus posiciones e intereses en ese continente; desde entonces, la inestabilidad política inducida y la desintegración social han sido los sellos estructurales de los nuevos países africanos.
Los conflictos territoriales generados por la artificiosa y arbitraria división de los territorios del continente entre las potencias colonialesno ha dejado de ser, hasta hoy, una fuente inagotable de guerras con sus secuelas de muertes y destrucción; África ha sufrido en los últimos 50 años más guerras que la totalidad del resto del mundo. En la actualidad se contabilizan allí más de 20 conflictos armados, azuzados y sostenidos porgrandes corporaciones energéticas, mineras, bélicas y financieras y sus respectivos gobiernos nacionales.
Para entender las guerras, el atraso, las epidemias de laboratorio, y la inestabilidad política africanas hay que recurrir a la economía política de los recursos del subsuelo africano.
Como bien lo señalan Francois Misser y Olivier Vallés en su libro “Los Nuevos Detentadores de la Riqueza Africana”, “La mayor parte de las guerras y los conflictos que no han cesado de empobrecer el continente no pueden entenderse al margen de las bazas geopolíticas y económicas que suponen el petróleo, el uranio, el cobre, el diamante, el cobalto, el oro o el aluminio que se disputan potentes grupos de interés”.
La indignante paradoja de la miseria africana es que ese continente es el más rico en materias primas del mundo, sólo allí se producen el 30% de todos los minerales que consume la humanidad. África produce el 90% del Platino, el 80% del Coltán (necesario para baterías de celulares y microcircuitos), el 90% del Cromo, el 64% del Manganeso, el 95% de los diamantes, el 50% del Oro, el 80% del Cobalto, el 35% de la potencia hidroeléctrica mundial, el 33% del uranio y, por ahora, el 12% del petróleo, todo esto para tan sólo 500 millones de habitantes.
A pesar de estas deslumbrantes riquezas naturales, en los últimos 25 años África no ha dejado de involucionar económica y políticamente; desde la década de los 90, a partir de la criminal ofensiva neoliberal impuesta por el consenso de Washington a los países pobres del mundo, la participación africana en el comercio mundial ha decaído de un pobrísimo 4% a un casi inexistente 2% (si excluimos a Suráfrica, Nigeria y Egipto, el porcentaje virtualmente se reduce a cero).
Para entender estas contradicciones es necesario recordar que los actuales sistemas económicos y productivos africanos fueron diseñados en exclusiva y monopólica función de los intereses y necesidades de sus respectivas metrópolis coloniales, por lo que al lograr la independencia política, estas economías quedaron atadas en severas y semiesclavas relaciones de dependencia con las economías, intereses e imposiciones de sus antiguas potencias coloniales.
Para ejemplificar lo anteriormente escrito basta con señalar que Francia (la gran metrópoli colonial africana) exportando en productos y servicios en el año 2005, 600 mil millones de euros a los EEUU, obtuvo una ganancia neta de 50 mil millones de euros; en ese mismo año, Francia exportó a todo el continente africano mercancías y servicios por el orden de los 150 mil millones de euros (una cuarta parte de lo exportado a los EEUU) pero obtuvo a cambio beneficios netos por más de 40 mil millones de euros!!!, es decir casi lo mismo que con EEUU!. Si esto no es neoesclavitud que alguien me explique entonces que es!
Para finalizar, es necesario denunciar y desmontar el fraude de las “ayudas humanitarias” que cada cierto tiempo los gobiernos de los países ricos del mundo anuncian con bombos y platillos para el África. En los primeros meses de este año la gran prensa mundial publicitó los acuerdos de “ayuda” y “condonación de la deuda” africana acordado en la reunión del G-8 (grupo de ocho países mas ricos del mundo); pero lo que estos medios olvidaron decir (casualmente siempre olvidan mencionar estos “pequeños” detalles), fue que la condonación de la deuda que hicieron se limitó a la que los países africanos mantenían con el FMI y el Banco Mundial, dejando intacta la deuda con la banca privada internacional, que representa el 90% de dicha deuda; esta condonación y los consiguientes “planes de ayuda” estuvieron, además, condicionados a la privatización de los pocos recursos africanos que se habían salvado de la ofensiva neoliberal de los años 90 (espacios naturales como bosques, humedales y parques nacionales, plataformas continentales y caladeros de pesca, biodiversidad, venta de espacios para el depósito de basura tóxica industrial, venta de derechos de emisión de gases que generan el efecto invernadero y los nuevos yacimientos de petróleo que se han descubierto en los últimos años.
Por entender que las luchas y las propuestas de la revolución bolivariana que adelanta el pueblo venezolano son sus mismas luchas y las mueven los mismos intereses históricos,los círculos intelectuales y los activistas sociales y luchadores políticos de las sociedades africanas han recibido y adoptado sus propuestas fundamentales como propias. La propuesta de llevar el Alba hasta África así como extender Telesur hasta esos pueblos significa una ventana de esperanza que se abre hacia la madre África desde la solidaridad de la tierra de Bolívar.
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*Joel Sangronis Padrón-Profesor UNERMB
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kaosenlared.net - España/26/08/2007

El caso de la República Árabe Saharaui Democrática

26/08/2007
El derecho a la libre determinación de los pueblos
Elí Rodríguez Mtz
Rebelión

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1. LA LIBRE DETERMINACIÓN DE LOS PUEBLOS.

a) Introducción.

Las relaciones internacionales entre los Estados reposa principalmente en el respeto a la soberanía nacional de los Estados, lo cual implica que:

a) En lo interior, el deber de los Estados de abstenerse de realizar actos de injerencia en asuntos internos de los demás Estados, y

b) En lo exterior, la prohibición de la agresión y de la amenaza de agresión hacia otros Estados, la prohibición a la invasión y la ocupación ilícita.

En el derecho internacional clásico los únicos sujetos con personalidad jurídica internacional eran los Estados, en tanto que, en el derecho internacional moderno existe una amplia gama de sujetos de derecho internacional, con derechos propios, tal es el caso de los pueblos, a quienes se le reconoce el derecho a la libre determinación.

En el texto del Pacto de la Sociedad de Naciones se reconoció implícitamente el principio de la libre determinación de los pueblos en su artículo 10 al señalar que: “Los Miembros de la Liga se comprometen a respetar y preservar, contra toda agresión exterior, la integridad territorial y la independencia política presente (existing) de todos los Miembros de la Liga”.

Dicho texto se entendió habitualmente como denotando la condenación del derecho de conquista, pero dejando a salvo el derecho a la revolución, y aún, posiblemente, el derecho de secesión, por cuanto que no condenaba sino la “agresión exterior”, pero no los movimientos –revolucionarios o secesionistas– oriundos del interior.[1]

El único caso sobre libre determinación de los pueblos que se presentó durante la vigencia de la Sociedad de Naciones fue el de la controversia entre Suecia y Finlandia sobre las Islas Aaland planteada ante una instancia internacional.

Las islas Aaland y Finlandia habían sido cedidas por Suecia a Rusia, por virtud de un tratado celebrado entre dichas naciones en 1809. Al proclamar Finlandia su independencia en 1917, los habitantes de las Islas Aaland, que en su mayoría eran de origen sueco, pidieron su anexión a Suecia, por tal motivo, Suecia persuadió a Finlandia a que accediera a un plebiscito en las islas. Finlandia rechazó la propuesta y envío tropas a las islas, situación que motivó a que el Reino Unido, con fundamento en el artículo 11 del Pacto de la Sociedad de Naciones, denunciara dicha situación como una amenaza a la paz solicitando la intervención del Consejo de dicha organización.

En virtud de lo anterior, el Consejo designó una comisión de juristas la cual fue de la opinión de que el principio de la autodeterminación de los pueblos, si bien dotado de significación política, no podía ser considerado como un principio del derecho internacional positivo, entre otras cosas, por no estar inscrito en el Pacto de la Sociedad de Naciones. De ahí que, en caso de conflicto entre el principio de autodeterminación y el de soberanía territorial del Estado, éste último principio deba prevalecer sobre el primero.

En opinión de Don Antonio Gómez Robledo, el derecho de autodeterminación de los pueblos “...sólo opera en situaciones, por así decirlo, anormales, o sea cuando el Estado está en proceso de integración o, por el contrario, de desintegración...”[2]. Sin embargo, como veremos mas adelante, el principio de la autodeterminación de los pueblos es mucho mas amplio e incluye otras situaciones.

b) ¿Principio o derecho de libre determinación de los pueblos?.

En la Carta de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) se reconoce expresamente el principio de la libre determinación de los pueblos. Así el artículo 1.2 dispone que: “Los Propósitos de las Naciones Unidas son... Fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos, y tomar otras medidas adecuadas para fortalecer la paz universal”.

De igual manera, el artículo 55 de la Carta señala que:

Con el propósito de crear las condiciones de estabilidad y bienestar necesarias para las relaciones pacíficas y amistosas entre las naciones, basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos, la Organización promoverá:

a) Niveles de vida más elevados, trabajo permanente para todos, y condiciones de progreso y desarrollo económico y social;

b) La solución de problemas internacionales de carácter económico, social y sanitario, y de otros problemas conexos; y la cooperación internacional en el orden cultural y educativo; y

c) El respeto universal a los derechos humanos y a las libertadas fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión, y la efectividad de tales derechos y libertades.

En el lenguaje de la Carta, las “relaciones pacíficas y amistosas” reposan en los principios de igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos.

La autodeterminación de los pueblos, en opinión de Gómez Robledo[3], es un principio y no propiamente un derecho, toda vez que, un derecho

....es el que nace de una norma de inmediata ejecución (self executing) y con un sujeto de imputación bien definido y concreto. Un principio, por el contrario, aunque lleva consigo una intencionalidad normativa, se mantiene todavía en la región de lo abstracto, por apto que pueda ser –de otro modo no sería “principio”– para proliferar en normas de aplicación inmediata.

Si bien, varios doctrinarios han sostenido que la libre determinación de los pueblos es sólo un mero principio –entendido éste como una norma abstracta o general inspiradora de cierta conducta, origen y fuente de normas- carente de toda fuerza normativa, basándose en que la Carta señala expresamente que es un principio y no un derecho (entendido éste como una norma inmediatamente aplicable). Sin embargo, la Carta de la ONU además de ser el instrumento constitutivo de dicha organización internacional, es también un tratado internacional, y por tanto sus disposiciones constituyen normas jurídicas positivas.

Así por ejemplo, Calogeropoulus-Stratis[4] señala que:

Es difícil sostener que una regla contenida en un tratado debidamente suscrito y ratificado, pueda tener un valor distinto del de toda regla convencional, sobre todo cuando esta regla se encuentra no en el preámbulo, sino en los artículos del tratado. La afirmación de un principio de derecho, sea cual fuere su origen, en un tratado, le hace penetrar en el derecho positivo, con la misma naturaleza y con igual fuerza que las otras disposiciones del tratado. En un tratado internacional, como lo es la Carta, habría que negar el carácter obligatorio de todas sus disposiciones lo que lleva al absurdo, o bien dividir sus disposiciones en dos categorías (obligatorias y no obligatorias), lo que es arbitrario.

Sin embargo, varios instrumentos internacionales han otorgado a la libre determinación de los pueblos el carácter de derecho mas que de un mero principio. Así el artículo 1° del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos[5], expresa:

1. Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural.

2. Para el logro de sus fines, todos los pueblos pueden disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales, sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la cooperación económica internacional basada en el principio del beneficio recíproco, así como del derecho internacional. En ningún caso podrá privarse a un pueblo de sus propios medios de subsistencia.

3. Los Estados Partes en el presente Pacto, incluso los que tienen la responsabilidad de administrar territorios no autónomos y territorios en fideicomiso, promoverán el ejercicio del derecho de libre determinación, y respetarán este derecho de conformidad con las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas.

Dicha disposición se reproduce en el artículo 1° del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales[6]. Ambos tratados internacionales son claros al señalar que éste es un derecho al mencionar expresamente que “todos los pueblos tienen derecho [mio] de libre determinación”.

c) La titularidad del derecho a la libre determinación de los pueblos.

Aunque pareciera claro que la titularidad de dicho derecho le corresponde a los pueblos, la doctrina se ha cuestionado si corresponde a los pueblos como tales o debiera entenderse por éstos a las naciones o Estados.

Algunos juristas, como Hans Kelsen en su “Derecho de las Naciones Unidas”, han considerado que, debe entenderse por “pueblos” como sinónimo de “Estados”, con lo cual la igualdad de derechos y la libre determinación de los pueblos pasa a entenderse como la igualdad jurídica y la soberanía de los Estados.

De igual manera, cuando el artículo 1° común al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales reconoce a todos los pueblos el derecho a la libre determinación, reconoce también a éstos el derecho a establecer libremente su condición política y proveer a su desarrollo económico, social y cultural. Si bien, el primer supuesto puede entenderse adscrito a los pueblos, el segundo supuesto sólo es atribuible al Estado, pues éste en su soberanía buscará el bienestar de sus habitantes.

La anterior interpretación se confirma con el segundo párrafo del mismo artículo al señalar que los pueblos tienen derecho a “disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales, sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la cooperación económica internacional”, cuando sólo los Estados son responsables del aprovechamiento de los recursos naturales y sólo los Estados son responsables por los daños ocasionados al medio ambiente; no así los pueblos.[7]

Sin embargo, existen resoluciones de las Naciones Unidas donde los términos “pueblos” y “Estados” son empleados algunas veces como sinónimos y otras como conceptos diferentes; tal es el caso de la Res. 1803 (XVII) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, del 14 de diciembre de 1962, respecto a la “soberanía permanente sobre los recursos naturales”, la cual reconoce tal derecho tanto a los “pueblos y naciones” (párrafo quinto)[8], en otras ocasiones lo reconoce de manera exclusiva a los “Estados” (párrafo cuarto)[9] y en otras ocasiones, distingue perfectamente dichos conceptos (párrafo primero)[10].

Por lo anterior, considero que, si bien debe entenderse prima face por “pueblos”, las comunidades establecidas dentro del territorio de un Estado, lo cierto es que -dicho concepto al ser empleado en algunas ocasiones como sinónimo de “Estado”- deberá ser interpretado conforme al contexto del instrumento que haga mención de ellos.

d) El alcance del derecho a la libre determinación de los pueblos.

Mediante Res. 2621 (XXV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, se adoptó la “Declaración sobre los Principios de Derecho Internacional Referentes a las Relaciones de Amistad y a la Cooperación entre los Estados de conformidad con al Carta de las Naciones Unidas”, en la cual se desarrollan los principios de derecho internacional consagrados en la Carta de las Naciones Unidas.

De esta manera, al desarrollar el principio de “la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos”, previsto en el artículo 1.2 de la Carta, señala que:

En virtud del principio de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos, consagrado en la Carta de las Naciones Unidas, todos los pueblos tienen el derecho de determinar libremente, sin injerencia externa, su condición política y de procurar su desarrollo económico, social y cultural, y todo Estado tiene el deber de respetar este derecho de conformidad con las disposiciones de la Carta.

De conformidad con lo dispuesto en la Declaración, este derecho implica los siguientes deberes para los Estados a favor de los pueblos:

a) Fomentar las relaciones de amistad y la cooperación entre los Estados.

b) Poner fin rápidamente al colonialismo, teniendo debidamente en cuenta la voluntad libremente expresada de los pueblos de que se trate.

c) Promover el respeto universal a los derechos humanos y a las libertades fundamentales y la efectividad de tales derechos y libertades de conformidad con la Carta.

d) Abstenerse de recurrir a cualquier medida de fuerza que prive a los pueblos a la libre determinación y a la libertad y a la independencia.

e) Abstenerse de quebrantar parcial o totalmente de la unidad nacional e integridad territorial de cualquier otro Estado o país.

Asimismo, este principio también implica

El establecimiento de un Estado soberano e independiente, la libre asociación o integración con un Estado independiente o la adquisición de cualquier otra condición política libremente decidida por un pueblo constituyen formas del ejercicio del derecho de libre determinación de ese pueblo.

....

El territorio de una colonia u otro territorio no autónomo tiene, en virtud de la Carta, una condición jurídica distinta y separada de la del territorio del Estado que lo administra; y esa condición jurídica distinta y separada conforme a la Carta existirá hasta que el pueblo de la colonia o el territorio no autónomo haya ejercido su derecho de libre determinación de conformidad con la Carta y, en particular, con sus propósitos y principios.

2. LA REPÚBLICA ÁRABE SAHARAUI DEMOCRÁTICA (RASD).

a) Historia.

El Sahara Occidental (antiguo Sahara Español) es un territorio situado en el noroeste de África y fue antigua provincia exterior de España.

La historia del pueblo de Sanhaja Bereber se remonta al Siglo XI, con la conformación de una confederación de tribus, los “Sanhaja con velo”, los cuales formaron el Estado de Almoravide. Los almorávides se extendieron hacia el norte del Sahara y posteriormente hasta el actual Magreb y el norte de España (Andalucía).

Los ancestros directos de los actuales saharauis fueron tribunas provenientes del Yemen, en el Siglo XV, que cruzaron el norte de África y se establecieron en la región del Sahara Occidental.[11] Étnica y culturalmente eran distintos de las poblaciones establecidos alrededor de ellos. Eran principalmente nómadas y vivían con rebaños que pastaban y cultivos donde era posible.

En el Siglo XVI, el Sultán de Marruecos, Ahmad al Mansor, envió una expedición a conquistar Timbuctú con una motivación totalmente económica: la sal, el oro y la plata. Timbuctú quedó bajo el poder de Marruecos solo un siglo.

España, en su política expansionista, dominó la región del Sahara Occidental desde 1509 hasta 1524, año en el que fue tomada por Marruecos, que la gobernó durante más de tres siglos. Sin embargo, en el Siglo XIX, España recupera la posesión de dicho territorio toda vez que, el interés de la Corona Española radicaba en su deseo de proteger las Islas Canarias, y para asegurar su comunicación, España proclamó un protectorado desde Cabo Blanco hasta Cabo Bojador.[12] Tiempo después, España dividió su posesión en dos distritos administrativos independientes, Río de Oro, al sur, y Saguía el-Hamra, al norte. Estos dos se unieron en el año 1958, cuando se creó la provincia del Sahara Español.

En la Conferencia de Berlín de 1885, que estableció el reparto de África entre las potencias europeas, ratificó el dominio español sobre la región del Sahara Occidental.

Cabe subrayar que España tuvo fuertes conflictos territoriales con Francia, que se había convertido en la potencia europea dominante en el noroeste de África (dominando a Marruecos y Argelia) y que deseaba extender su dominio; por lo que fue necesario, que ambas naciones firmaran acuerdos para definir los límites de sus posesiones.

En las décadas de los 50´s y 60´s se realiza el proceso de descolonización de África y la cuestión del Sahara Occidental formó parte de la agenda de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

Fue así como a principios de la década de 1970, los nacionalistas saharauis, organizados en el Frente POLISARIO (acrónimo del Frente Popular de Liberación de Saguía el-Hamra y Río de Oro) reclamaron la independencia del Sahara Español, fundamentándose en la Declaración de reconocimiento de independencia de los países y pueblos colonizados (Res. 1514 (XV) de 1960), de la Asamblea General. Sin embargo, Argelia, Mauritania y Marruecos reclamaron para sí la región del Sahara Occidental.

A finales de 1975, el Rey Hasan II de Marruecos organizó una masiva invasión no violenta contra el Sahara Español, conocida como la Marcha Verde. España, en difícil situación política interna tras la muerte del Gral. Francisco Franco, concertó los Acuerdos de Madrid en noviembre de 1975, en los que consintió ceder la región a Mauritania y Marruecos, los cuales se dividieron el territorio, que había dejado de pertenecer a España y pasaba a denominarse Sahara Occidental.

España desalojó la zona en febrero de 1976; dos tercios del anterior Sahara Español fueron entonces ocupados por Marruecos y el resto, por Mauritania. Argelia protestó por el reparto y apoyó al Frente POLISARIO en su intento por transformar el antiguo Sahara Español en un país independiente bajo el nombre de República Árabe Saharaui Democrática (RASD). Las guerrillas del POLISARIO, con base en Argelia, lanzaron asaltos contra los puestos mauritanos y marroquíes en el Sahara Occidental de 1976 a 1978. Cuando Mauritania rindió su parte y firmó la paz con el Frente POLISARIO en 1979, Marruecos se anexionó todo el Sahara Occidental, al que dividió en las provincias de Boujdour (Bojador), Laâyoune (El Aaiún), Es-Smara y Oued Eddahab (Río de Oro).

Las guerrillas del Frente POLISARIO continuaron sus asaltos al Sahara Occidental, aunque su fuerza inicial se vio severamente reducida tras la construcción por parte de Marruecos de una línea fortificada que protegía Bu Craa, El Aaiún y Es-Smara; sin embargo, la República Árabe Saharaui Democrática (RASD) fue admitida en la Organización para la Unidad Africana (OUA) en febrero de 1982, cuando ya había sido reconocida como tal por más de 70 Estados; ante tal hecho, como acto de protesta, Marruecos se retiró como miembro de la OUA en 1985.

Los esfuerzos por resolver el conflicto culminaron en un plan de paz de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Se estableció un alto el fuego que comenzó en agosto de 1988, pero catorce meses después, el Frente POLISARIO continuó los ataques. El alto al fuego fue restablecido en el año 1991, tras el acuerdo alcanzado por las Naciones Unidas en el que se preveía la realización de un referéndum sobre el futuro del Sahara Occidental. Todas las partes implicadas estuvieron de acuerdo en que el referéndum era la base del plan de paz, pero su puesta en marcha se vio retrasada a causa del desacuerdo sobre quién debe participar en él[13].

Hubo que transcurrir tres años para que las partes en conflicto, a través de la mediación del que fuera secretario de Estado estadounidense, James Baker, alcanzaran en Houston (Texas), en el mes de septiembre de 1997, un acuerdo para la celebración de un referéndum de autodeterminación, que ha sido aplazado en varias ocasiones.

b) La lucha del pueblo saharaui por la vía política.

La lucha del pueblo saharaui por lograr su total independencia fue llevada al seno de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

i) Resoluciones de la Asamblea General.

La Asamblea General emitió muchas resoluciones sobre la cuestión del Sahara Occidental[14]. Para efectos de este estudio sólo mencionaremos las más importantes.

Mediante Res. 2072 (XX), del 16 de diciembre de 1965, la AGONU

2. Pide encarecidamente al Gobierno de España, como Potencia administradora, que adopte inmediatamente todas las medidas necesarias para la liberación de los Territorios de Ifni y del Sáhara español (sic) de la dominación colonial y que, con ese fin, emprenda negociaciones sobre los problemas relativos a la soberanía presentados por estos dos Territorios.

Un año mas tarde, en la Res. 2229 (XXI), del 20 de diciembre de 1966, la Asamblea General reconoce expresamente al Sahara Occidental su derecho a la libre determinación al señalar que

1. Reafirma el derecho inalienable de los pueblos Ifni y el Sáhara Español a la libre determinación, de conformidad con la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General.

Asimismo

4. Invita a la Potencia administradora a determinar lo antes posible, de conformidad con las aspiraciones de la población autóctona del Sáhara Español y en consulta con los Gobiernos de Marruecos y de Mauritania y con cualquier otra parte interesada, los procedimientos para la celebración de un referéndum bajo los auspicios de las Naciones Unidas con miras a permitir a la población autóctona del Territorio que ejerza sin trabas su derecho a la libre determinación, y con tal fin a:

a) Crear un clima político favorable para que el referéndum sea organizado y celebrado sobre una base enteramente libre, democrática e imparcial, permitiendo, entre otras cosas, el regreso de los exiliados al Territorio;

b) Tomar todas las medidas necesarias a fin de asegurar que sólo la población autóctona del territorio participe en el referéndum;

c) Abstenerse de adoptar cualquier medida que pueda demorar el proceso de descolonización del Sáhara Español;

d) Prestar todas las facilidades necesarias a la misión de las Naciones Unidas para que pueda participar activamente en la organización y celebración del referéndum.

De esta manera, la AGONU reconoce el derecho a la libre determinación del Sahara Occidental e insta a España a iniciar el proceso de descolonización tendiente a otorgar la independencia de dicho territorio.

Las resoluciones de la Asamblea de los años posteriores se limitan a confirmar lo establecido en las resoluciones antes mencionadas.

Tras la firma de los acuerdos de Madrid y los constantes levantamientos armados del Frente POLISARIO, el 10 de agosto de 1979 se concertó un acuerdo de paz, en la ciudad de Argel, entre Mauritania y el Frente POLISARIO, y la Asamblea General mediante Res. 34/37 del 21 de noviembre de 1979

4. Acoge con beneplácito el acuerdo de paz concertado entre Mauritania y el Frente Popular para la Liberación del Saguia el-Hamra y de Río de Oro, y considera que ese acuerdo constituye una importante contribución a la dinámica de paz con miras a una solución definitiva, justa y duradera de la cuestión del Sáhara Occidental.

....

6. Pide encarecidamente a Marruecos que participe también en la dinámica de paz y ponga fin a la ocupación del Territorio del Sáhara Occidental.

Debido a las constantes guerrillas del frente POLISARIO contra Marruecos por haberse anexado el territorio tras los acuerdos de Argel, la Asamblea General mediante Res. 34/36, del 24 de noviembre de 1981,

6. Insta, a tal efecto a Marruecos y al Frente Popular para la Liberación del Saguia el-Hamra y de Río de Oro a que emprendan negociaciones con miras a establecer inmediatamente un alto al fuego y concertar un acuerdo de paz que permita la justa realización de un referéndum de libre determinación, general y libre, en el Sáhara Occidental.

Las resoluciones de años posteriores van en el mismo sentido, es decir, de instar a las partes en conflicto a que lleguen a un acuerdo de paz y permitan un referéndum para que el pueblo saharaui decida libremente su condición.

Debido al constante fracaso en las negociaciones con las partes en conflicto y a la reticencia de Marruecos en cesar la ocupación del territorio saharaui, la Asamblea General a través de la Res. 43/33 del 22 de noviembre de 1988

8. Invita al Presidente en funciones de la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana y al Secretario General de las Naciones Unidas a que sigan tomando medidas para conseguir que las dos partes en el conflicto, el Reino de Marruecos y el Frente Popular para la Liberación del Saguia el-Hamra y de Río de Oro, negocien, a la brevedad posible y de conformidad con la resolución AHG/Res. 104 (XIX), la resolución 40/50 de la Asamblea General y la presente resolución, las condiciones para una cesación del fuego y las modalidades para organizar el mencionado referéndum.

Debido una vez mas a la reticencia de Marruecos, el Consejo de Seguridad de la ONU, como ya se ha comentado previamente, estableció la MINURSO y la Asamblea General en su Res. 46/67 del 11 de diciembre de 1991

2. Celebra que, el 29 de abril de 1991, el Consejo de Seguridad aprobara por unanimidad la resolución 690 (1991), en la que aprobó el informe del Secretario General de 19 de abril de 1991 y decidió establecer bajo su autoridad una Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental.

3. Celebra también la entrada en vigor el 6 de septiembre de 1991 de la cesación del fuego en el Sáhara Occdidental, de conformidad con la propuesta del Secretario General aceptada por el Reino de Marruecos y el Frente Popular para la Liberación del Saguia el-Hamra y de Río de Oro,

Debido a los acuerdos alcanzados gracias a la mediación de James Baker[15], ex Secretario de Estado de los Estados Unidos, la Asamblea General en su Res. 54/87 del 6 de diciembre

2. Toma nota una vez mas con satisfacción de los acuerdos para la aplicación del plan de arreglo a que llegaron el Reino de Marruecos y el Frente Popular para la Liberación del Saguia el-Hamra y de Río de Oro en conversaciones privadas directas celebradas con los auspicios de James Baker III, Enviado Personal del Secretario General, y exhorta a las partes a que apliquen esos acuerdos plenamente y de buena fe.

Disposición que se repite en las últimas resoluciones de la Asamblea General en los últimos años.

ii) Resoluciones del Consejo de Seguridad.

Al igual que la Asamblea General, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas ha emitido varias resoluciones[16]; sin embargo sólo mencionaremos las mas importantes.

El Consejo de Seguridad en múltiples resoluciones instaba a las partes en conflicto a buscar una solución pacífica a la cuestión del Sahara Occidental, para tal efecto, el Consejo de Seguridad resolvió dirigir notas diplomáticas al Rey de Marruecos, autorizar al Secretario Bernal de la Organización a nombrar un representante especial para el Sahara, con poco resultado.

Pero fue hasta que, el Consejo de Seguridad, mediante Res. 690 (1991), del 29 de abril de 1991, decide establecer bajo su autoridad una Misión de Naciones Unidas para el Referéndum en el Sahara Occidental (MINURSO por sus siglas en inglés)[17], la cual supervisaría el alto al fuego y la celebración del referéndum, así como la retirada de la mitad de las fuerzas del ejército Marroquí que ocupaban el Sahara Occidental.

En virtud de que el citado referéndum no se ha realizado, en resoluciones de los años posteriores, el Consejo de Seguridad se ha limitado a prorrogar el mandato de la MINURSO e invitar a las partes (Marruecos y el frente POLISARIO) “a que apliquen fiel y lealmente el conjunto de medidas presentado por el Secretario General en relación con la identificación de votantes, el proceso de apelación y el calendario revisado de ejecución”.

c) La lucha del pueblo saharaui por la vía jurídica.

Debido a la constante reticencia de Marruecos y Mauritania de acatar las resoluciones dictadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas, la Asamblea, mediante Res. 3292 (XXIX), del 13 de diciembre de 1974

Decide recabar de la Corte Internacional de Justicia, sin perjuicio de la aplicación de los principios contenidos en la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, que emita una opinión consultiva a la brevedad posible sobre las siguientes cuestiones:

II. ¿Era el Sáhara occidental (sic) (Río de Oro y Sakiet El Hamra) en el momento de su colonización por España un territorio sin dueño (terra nullius)?

Si la Respuesta a la primera pregunta es negativa,

III. ¿Qué vínculos jurídicos existían entre dicho territorio y el Reino de Marruecos y el complejo mauritano?.

Asimismo, insta a España, Marruecos y Mauritania a presentar ante la Corte toda la información y documentos necesarios para aclarar esas cuestiones.

En su Opinión Consultiva del 16 de octubre de 1975, la Corte Internacional de Justicia señaló respecto de la primera cuestión (si el Sahara Occidental era terra nullius al momento de su colonización por España) que:

[En] el “momento de su colonización por España” puede considerarse el período que comenzó en 1884, cuando España proclamó su protectorado sobre el Río de Oro. Por consiguiente, el concepto jurídico de terra nullius ha de interpretarse por referencia al derecho en vigor en ese período. En derecho, la “ocupación” es un medio, diferente de la cesión o la sucesión, de adquirir por medios pacíficos la soberanía de un territorio; una condición fundamental de una “ocupación” válida es que el territorio sea terra nullius; en su caso, se consideraba en general que la soberanía no se adquiría mediante la ocupación, sino mediante acuerdos concertados con los gobernantes locales. La información proporcionada a la Corte demuestra:

a) Que en el momento de su colonización el Sáhara Occidental estaba habitado por pueblos que, aunque eran nómadas, estaban organizados social y políticamente en tribus y tenían jefes competentes para representarlos;

b) Que España no actuó sobre la base de establecer su soberanía sobre terra nullius: por eso, en su decreto de 26 de diciembre de 1884, el Rey de España proclamó que estaba tomando el Río de Oro bajo su protección sobre la base de acuerdos concertados con los jefes de las tribus.

Respecto a la segunda cuestión, la Corte

....llegó a la conclusión de que los elementos e informaciones puestos a su disposición no demostraban la existencia de ningún vínculo de soberanía territorial entre el territorio del Sáhara Occidental, por una parte, y el Reino de Marruecos[18] o el complejo mauritano[19], por la otra. Por tanto, la Corte no comprobó que existieran vínculos jurídicos capaces de modificar la aplicación de la resolución 1514 (XV) en lo que se refiere a la descolonización del Sáhara Occidental y, en particular, a la aplicación del principio de la libre determinación mediante la expresión libre y auténtica de la voluntad de las poblaciones del territorio.

Por tanto, debido a que la Corte no reconoció vínculos jurídicos sobre el territorio del Sahara Occidental a Marruecos ni a Mauritania, quedaba claro que la ocupación hecha por estas naciones es contraria al derecho internacional.

De esta manera, mediante la res. 33/31 A, de la Asamblea General del 13 de diciembre de 1978,

Recordando la opinión consultiva emitida por la Corte Internacional de Justicia el 16 de octubre de 1975 sobre la cuestión del Sáhara Occidental, en relación especialmente con el principio del derecho del pueblo del Sáhara Occidental a la libre determinación.

La Asamblea General es enfática toda vez que “reafirma el derecho inalienable del pueblo del Sáhara Occidental a la libre determinación y a la independencia”.

Llama la atención que la República Árabe Saharaui Democrática (RASD) no haya presentado una reclamación ante la Corte Internacional de Justicia, debido a que proclamó formalmente su independencia el 27 de febrero de 1976 (un día después del retiro de España de ese territorio); sin embargo, pudo y podría hacerlo, al ya constituir un Estado independiente reconocido por mas de 70 naciones, de conformidad con los artículos 93.2 de la Carta de la ONU y 34 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia.

d) La lucha del pueblo saharaui por la vía bélica.

Debido a que las negociaciones por la vía pacífica han resultado infructuosas, tal vez la única vía que le ha sido más efectiva a la RASD para defender su derecho a la libre determinación es mediante el ejercicio de la acción bélica.

Cabe recordar que, el artículo 1.4 del Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales (Protocolo Adicional I)[20] señala que:

Las situaciones a que se refiere el párrafo precedente comprenden los conflictos armados en que los pueblos luchan contra la dominación colonial y la ocupación extranjera y contra los regímenes racistas, en el ejercicio del derecho de los pueblos a la libre determinación, consagrada en la Carta de las Naciones Unidas y en la Declaración sobre los principios de derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas.

Dicho artículo reconoce tres situaciones de lo que se denomina “luchas de liberación”, que son:

a) Luchas contra la dominación colonial, b) Luchas contra la ocupación extranjera, y c) Luchas contra los regímenes racistas.

Por tanto, la lucha armada sostenida por el Frente POLISARIO es una lucha de liberación nacional, sujetas, de conformidad con el artículo 1.4 del Protocolo I, a las normas aplicables a los conflictos armados de carácter internacional, es decir, a los cuatro Convenios de Ginebra de 1949[21] y al Protocolo Adicional I.

Por lo anterior, dicha lucha está sujeta también al principio de proporcionalidad, toda vez que la lucha ha sido desproporcionada por parte de Marruecos hacia el pueblo saharaui.

3. SOLUCIÓN DE LEGE FERENDA.

Ante la posibilidad de optar por la vía pacífica o por la vía bélica para la defensa de su derecho a la libre determinación, tal vez el único recuso por la vía pacífica es una demanda ante la Corte Internacional de Justicia; sin embargo, debido a notable reticencia de Marruecos de acatar las resoluciones dictadas tanto por la Asamblea General como del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, ésta vía no sea la mas adecuada.

La vía bélica ha constituido por ahora, tal vez el medio mas efectivo para procurar hacer respetar su soberanía e identidad, sin embargo, como ya se ha comentado, dicha lucha no ha sido proporcional en los métodos y medios de guerra empleados.

Tal vez, la única vía plausible sería la presión internacional por parte de la comunidad de naciones, en apoyo a la lucha de la RASD por su libre determinación. Asimismo, cabe señalar que el pueblo saharaui siempre se ha definido como un pueblo amante de la paz, por lo que, continúan sus negociaciones con Marruecos para dar fin a éste conflicto.

*Elí Rodríguez Mtz es profesor adjunto de Derecho Internacional de la Escuela Libre de Derecho. Académico de tiempo completo en la Universidad Iberoamericana-Ciudad de México (UIA).
Notas:

[1] Gómez Robledo, Antonio. Estudios internacionales. México. Secretaría de Relaciones Exteriores. 1982. p. 193.

[2] Gómez Robledo. Op. cit. p. 196.

[3] Gómez Robledo. Op. cit. p. 188.

[4] Calogeropoulus-Stratis. Le droit des peuples à disponer d´eux-mêmes. Citado por Gómez Robledo, Op. cit. p. 202.

[5] Adoptado el 16 de diciembre de 1966, en Nueva York, EUA. El gobierno de México depositó su instrumento de adhesión el 23 de marzo de 1981 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 20 de mayo de 1981.

[6] Adoptado el 16 de diciembre de 1966, en Nueva York, EUA. El gobierno de México depositó su instrumento de adhesión el 23 de marzo de 1981 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 20 de mayo de 1981.

[7] La Carta de Derechos y Deberes Económicos de los Estados, adoptada en Nueva York, el 12 de diciembre de 1974, señala en su artículo 2° que: “Todo Estado tiene y ejerce libremente soberanía plena y permanente, incluso posesión, uso y disposición, sobre toda su riqueza, recursos naturales y actividades económicas”.

[8] Párrafo quinto: “El ejercicio libre y provechoso de la soberanía de los pueblos y las naciones sobre sus recursos naturales debe fomentarse mediante el mutuo respeto entre los Estados basado en su igualdad soberana.”.

[9] Párrafo cuarto: “La nacionalización, la expropiación o la requisición deberán fundarse en razones o motivos de utilidad pública, de seguridad o de interés nacional, los cuales se reconocen como superiores al mero interés particular o privado, tanto nacional como extranjero. En estos casos se pagará al dueño la indemnización correspondiente, con arreglo a las normas en vigor en el Estado que adopte estas medidas en ejercicio de su soberanía y en conformidad con el derecho internacional...”.

[10] Párrafo primero: “El derecho de los pueblos y naciones a la soberanía permanente sobre sus riquezas naturales debe ejercerse en interés del desarrollo nacional y del bienestar del pueblo del respectivo Estado”.

[11] Para mayor información sobre la historia del pueblo saharaui puede consultar las siguientes fuentes: www.arso.org/05-1s.htm y la Enciclopedia Encarta 2004 (Microsoft Corporation).

[12] Los acuerdos franco-españoles de 1900, 1904 y 1920 extendieron los límites del protectorado.

[13] En principio, el electorado convocado a la consulta iba a estar formado exclusivamente por los ciudadanos saharauis registrados en el censo español de 1974, que serían unos 74,000 habitantes. A pesar de la oposición del Frente POLISARIO, las Naciones Unidas aceptaron, más tarde, ampliar el número de votantes para poder incluir a los saharauis que no constaban en el censo por diferentes razones, y a aquéllos que llevaban viviendo en el territorio de la RASD durante seis años consecutivos, o doce interrumpidos, situación favorable a las pretensiones de los dirigentes marroquíes, que han promovido la colonización del territorio por parte de ciudadanos marroquíes.

[14] A/Res/20/2072 de 1965; A/Res/21/2229 de 1966; A/Res/22/2354 de 1967; A/Res/23/2428 de 1968; A/Res/24/2591 de 1969; A/Res/25/2711 de 1970; A/Res/2672983 de 1972; A/Res/28/3162 de 1973; A/Res/29/3292 de 1974; A/Res/30/3458 de 1975; A/Res/31/45 de 1976; A/Res/32/22 de 1977; A/Res/33/32 de 1978; A/Res/34/37 de 1979; A/Res/35/19 de 1980; A/Res/36/46 de 1981; A/Res/37/28 de 1982; A/Res/38/40 de 1983; A/Res/39/40 de 1984; A/Res/40/50 de 1985; A/Res/41/16 de 1986; A/Res/42/78 de 1987; A/Res/43/33 de 1988; A/Res/44/88 de 1989; A/Res/45/21 de 1990; A/Res/46/67 de 1991; A/Res/47/25 de 1992; A/Res/48/49 de 1993; A/Res/49/44 de 1994; A/Res/50/36 de 1995; A/Res/51/143 de 1996; A/Res/52/75 de 1997; A/Res/53/64 de 1998; A/Res/54/87 de 1999; A/Res/55/141 de 2000; A/Res/56/69 de 2001; A/Res/57/135 de 2002 y A/Res/58/109 de 2003.

[15] El mediador enviado por la ONU, el ex Secretario de Estado estadounidense James Addison Baker, logró convocar una reunión entre representantes marroquíes y del Frente POLISARIO, en Lisboa, a finales del mes de junio de ese año, pero el día 24 ésta acabó sin acuerdo alguno respecto al polémico asunto del censo de votantes para el referéndum de autodeterminación. Una segunda ronda de conversaciones, iniciada en Londres, en julio de ese año, permitió que ambas partes aceptaran una propuesta de compromiso para desbloquear el contencioso sobre la identificación de los votantes. Así se llegó, en septiembre, a la reunión de Houston, Estados Unidos, donde Baker logró que tanto el Frente POLISARIO como Marruecos acordaran celebrar el referéndum sobre el Sahara en 1998, a partir del establecimiento de un censo consensuado de 80, 000 votantes.

[16] S/Res/377 (1975); S/Res/379 (1975); S/Res/380 (1975); S/Res/621 (1988); S/Res/658 (1990); S/Res/690 (1991); S/Res/725 (1991); S/Res/809 (1993); S/Res/907 (1994); S/Res/973 (1995); S/Res/995 (1995); S/Res/1002 (1995); S/Res/1017 (1995); S/Res/1033 (1995); S/Res/1042 (1996); S/Res/1056 (1996); S/Res/1084 (1996); S/Res/1108 (1997); S/Res/1131 (1997); S/Res/1148 (1998); S/Res/1163 (1998); S/Res/1185 (1998); S/Res/1198 (1998); S/Res/1204 (1998); S/Res/1215 (1998); S/Res/1124 (1999); S/Res/1228 (1999); S/Res/1232 (1999); S/Res/1235 (1999); S/Res/1238 (1999); S/Res/1263 (1999); S/Res/1281 (1999); S/Res/1292 (2000); S/Res/1301 (2000); S/Res/1309 (2000); S/Res/1324 (2000); S/Res/1342 (2001); S/Res/1349 (2001); S/Res/1359 (2001); S/Res/1394 (2002); S/Res/1406 (2002); S/Res/1429 (2002); S/Res/1463 (2003); S/Res/1469 (2003); S/Res/1485 (2003); S/Res/1495 (2003); S/Res/1513 (2003); S/Res/1523 (2004); S/Res/1541 (2004); S/Res/1570 (2004).

[17] La MINURSO es la “Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental”, desplegada en respeto al acuerdo entre el Gobierno de Marruecos y el Frente POLISARIO para supervisar el alto al fuego, así como para organizar y dirigir un referéndum en el que la gente del Sáhara Occidental tuviera la oportunidad de decidir el estatus futuro del territorio. La MINURSO es una fuerza multinacional conformada por contingentes de 50 naciones. Se conforme de 1700 soldados, y 800 civiles y policía personal y tiene una plantilla de reserva de 300. Ortiz Ahlf, Loretta. Derecho Internacional Público. México. 3ª ed. Oxford University Press. p. 507.

[18] Como prueba de su ejercicio de soberanía en el Sahara Occidental, Marruecos invocó presuntos actos de ejercicio interno de la autoridad marroquí, asimismo invocaba ciertos actos internacionales que presuntamente constituían el reconocimiento de otros Estados de su soberanía sobre la totalidad o parte del Sáhara Occidental. Sin embargo, la Corte resolvió que ni los actos internos ni los internacionales en que se basaba Marruecos indicaban, en el período pertinente, la existencia o el reconocimiento internacional de vínculos jurídicos de soberanía territorial ya que no demuestraban que Marruecos ejerciera ninguna actividad estatal efectiva y exclusiva en el Sáhara Occidental.

[19] El término “complejo mauritano” denota la entidad cultural, geográfica y social dentro de la cual había de crearse la República Islámica de Mauritania. Estaba constituido por emiratos y grupos tribales caracterizado por un idioma, un modo de vida, una religión y un sistema de leyes comunes. La Corte revela que, si bien existían muchos vínculos de índole racial, lingüística, religiosa, cultural y económica, los emiratos y las tribus que formaban el complejo mauritano eran independientes unos de otros y no tenían instituciones u órganos comunes; por tanto, la Corte concluye que, en el momento de la colonización por España no existía ningún vínculo de soberanía, o de lealtad de tribus, o de simple inclusión en la misma entidad jurídica.

[20] El Gobierno de México depositó su instrumento de adhesión el 10 de marzo de 1983 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 21 de abril de 1983.

[21] Convenio para aliviar la suerte que corren los heridos y los enfermos de las fuerzas armadas en campaña (Convenio I); Convenio para aliviar la suerte que corren los heridos, los enfermos y los náufragos de las fuerzas armadas en el mar (Convenio II); Convenio relativo al trato debido a los prisioneros de guerra (Convenio III); Convenio relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra (Convenio IV). Todos ellos fueron ratificados por el Gobierno de México el 29 de octubre de 1952 y publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 23 de junio de 1953.

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