México veta ingreso de extranjeros
Alineado con la agenda migratoria estadunidense, el gobierno mexicano impone restricciones al ingreso de ciudadanos de países con los que México formalmente mantiene relaciones diplomáticas. Aunque reconocen esta práctica, el INM y la SRE mantienen bajo reserva los nombres de las naciones condicionadas
Por: Nydia Egremy
-
A partir de los ataques terroristas del 11 de septiembre de 2001, con el argumento de preservar la seguridad nacional, el gobierno mexicano restringió el acceso al país de ciudadanos de las naciones con las que mantiene relaciones diplomáticas. El Instituto Nacional de Migración (INM) somete a largas esperas a personas originarias de Irán, Rusia, Europa Oriental y Venezuela, entre otros, antes de permitirles internarse en el país. En muchos casos, termina por vetar su ingreso.
Con los años, esa práctica se constituyó en una política no pública, pues el INM clasificó esa información como reservada.
Esto significa que el gobierno mexicano adoptó la agenda de seguridad de Estados Unidos como propia, estima Adalberto Santana, director del Centro de Investigaciones sobre América Latina y el Caribe de la Universidad Nacional Autónoma de México.
Por su parte, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) –al evaluar el desempeño en materia migratoria del INM, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y la Policía Federal Preventiva (PFP)– confirma la existencia de una clasificación de nacionalidades en tres grupos de países cuyos nombres se omiten.
El Informe de resultados de la revisión y fiscalización de la cuenta pública 2007, elaborado por la ASF, refiere que esa reserva de información se hizo conforme al artículo 146 de la Ley General de Población, y el artículo 13, fracciones I y II, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
El informe 07-0-04K00-07-0581 de la ASF, correspondiente a la “Auditoría de desempeño a las acciones en materia de inmigración”, constata que en 2007 el gobierno mexicano mantuvo relación con 197 países y que existen tres grupos de países, cuyo nombre no clarifica, organizados por continente. Refiere también que entre 2006 y 2007 la composición de cada grupo de Estados se modificó en virtud de que la Coordinación de Regulación Migratoria del INM aplicó nuevos criterios de internación para esos Estados.
La organización de esos grupos se hace con base en estos criterios: los extranjeros que radican en los países que requieren de un permiso previo para otorgarles la visa pertenecen al Grupo I; los extranjeros de los países que necesitan visa para ingresar al país, ya sea gravada o no, se reúnen en el Grupo II, y los extranjeros provenientes de países de libre tránsito se inscriben en el Grupo III. Conforme al oficio PAC-432903 del 4 de diciembre de 2008, que la Secretaría de Relaciones Exteriores proporcionó a la ASF, los Grupos de Nacionalidades entre 2006 y 2007 han evolucionado de esta forma:
En 2006 el Grupo I tenía 63 países: 34 asiáticos, 12 europeos, tres americanos, 12 africanos y dos de Oceanía. Un año después, ese grupo cambió a 46 países, porque se redujeron las restricciones migratorias. En 2006 el Grupo II se conformó por 84 Estados: cinco asiáticos, dos europeos, 22 americanos, 41 africanos y 14 de Oceanía. Un año después, el Instituto Nacional de Migración engrosó a 104 el número de extranjeros de los países que requieren visa para internarse en México, con lo que aumentaron a 14 los Estados asiáticos; los europeos, a 11; los americanos, a 24; los africanos, a 42; mientras que los de Oceanía disminuyeron a 13.
El Grupo III sumó en 2006 a 47 países: cinco asiáticos, 32 europeos, ocho americanos, ningún africano y dos de Oceanía. En ningún caso, el INM o la Secretaría de Relaciones Exteriores revelan los nombres de los países que integran esos grupos.
Sin embargo, información recaba por Contralínea en el propio INM y la SRE, las personas que mayores dificultades encuentran para ingresar al país son originarias de Irán, Rusia, Europa Oriental y Venezuela.
Para el investigador Adalberto Santana, esa política migratoria tiene su origen en la dependencia económica y política del gobierno federal hacia Estados Unidos. Describe que, tras el ingreso de México al Tratado de Libre Comercio de América del Norte, las relaciones exteriores del país se inscriben en la lógica de los intereses de la Casa Blanca. Durante los ocho años de la administración de George Bush se aceptó “evitar la entrada a nuestro territorio de ciudadanos de países que pudieran ser considerados sospechosos para el interés nacional de la seguridad estadunidense” y, con ello, la política exterior de México perdió autoridad frente a otros países, principalmente los latinoamericanos, considera.
Países “sospechosos”, reservados
.
Contralínea solicitó conocer los nombres de los países que integran cada uno de los grupos. En respuesta a la solicitud de información 0411100004509, la Unidad de Enlace del INM afirma que “el proporcionar información de este tipo a los particulares puede menoscabar la conducción de las negociaciones, poner en peligro las acciones encaminadas al arreglo directo o consecución de acuerdos del Estado mexicano con algún otro sujeto o sujetos de derecho internacional”.
Adicionalmente, según el instituto, conocer y divulgar esa información “puede ocasionar un serio perjuicio a las actividades de control migratorio, pues su difusión puede impedir u obstruir las acciones de organización, coordinación, operación y ejecución de los servicios migratorios que se realizan para la internación y salida de nacionales y extranjeros, así como la legal estancia de estos últimos en el territorio nacional”.
Un párrafo antes, la respuesta de esa dependencia señala: “No omito señalar que el INM clasifica a las nacionalidades en grupos con el fin de aplicar los acuerdos delegatorios de facultades, en caso de que requiriese dicho documento, desde ahora le informo que el mismo se encuentra clasificado como reservado por un periodo de 12 años, dentro del rubro temático ‘Documentos que contienen criterios, lineamientos y dictámenes para resolver trámites de internación, estancia y salida de extranjeros’”.
Se añade que esa reserva de información, clasificada por 12 años, es de conformidad con las “Resoluciones reiteradas”, emitidas por el Comité de Información del Instituto Nacional de Migración el 21 de septiembre de 2005, 15 de marzo de 2007 y 1 de septiembre de 2008, “aplicables por analogía a la presente solicitud”. Puntualiza, además, que esas resoluciones se emitieron conforme a lo dispuesto en los artículos 32, 33, 34, 37, 38 y 51 de la Ley General de Población.
El artículo 32 de esa norma permite a la Secretaría de Gobernación (Segob) fijar, previo estudios demográficos, el número de extranjeros cuya internación en el país se permite. El artículo 33 indica que los permisos de internación se otorgarán “preferentemente” a científicos y técnicos dedicados a la enseñanza de disciplinas no cubiertas suficientemente por mexicanos, y el artículo 34 establece que la Segob podrá fijar a los extranjeros las condiciones que estime convenientes respecto de las actividades a que habrán de dedicarse y al lugar de su residencia.
El artículo 38 establece la facultad de la Segob para suspender o prohibir la admisión de extranjeros cuando así lo determine el interés nacional, y el artículo 51 concede a esa dependencia la facultad de dictar medidas “en condiciones excepcionales” para otorgar máximas facilidades en la admisión temporal de extranjeros.
Los argumentos que sostiene el INM para mantener en secreto el nombre de los países a cuyos nacionales se les restringe el ingreso a México se fundamentan en dos resoluciones del Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI) que derivan de respuestas a peticiones previas de información.
Se trata de las solicitudes 0411100063005, del 21 de septiembre de 2005, con expediente de recurso de revisión 1134/05, y la 0411100011207, del 30 de mayo de 2007, con expediente 1088/07. En ambos casos, el IFAI falló en contra de los peticionarios con el argumento de que “en un mundo globalizado se estima no sólo natural sino también necesario, dadas diversas zonas de riesgo, la existencia de restricciones migratorias en cualquier Estado”.
La decisión permite mantener ocultos los nombres de los países cuyos nacionales pueden internarse al territorio nacional en libre tránsito y cuáles deben esperar por largo tiempo por un visado, permiso especial o, incluso, una carta invitación para ingresar a México. De igual manera, no se transparentan los criterios que el personal del INM aplica en los puntos de internamiento de México para admitir o no a esos extranjeros.
Migración selectiva
.
De acuerdo con la Organización Internacional de las Migraciones –entidad intergubernamental que desde 1951 se consagra a promover una migración humana y ordenada en beneficio de sus 125 Estados miembros (otros 16 figuran como observadores)–, tras los ataques del 11 de septiembre de 2001, las medidas de seguridad impactaron en la migración.
Si bien la supervisión desde el Estado sobre el flujo migratorio ha sido una práctica histórica, a partir de entonces se promovió a nivel mundial la promulgación de leyes por las que los Estados se aseguran de que las personas que representen una amenaza para su seguridad no ingresen en su territorio. Sin embargo, al priorizar la seguridad contra el libre flujo de las personas, los derechos humanos de los migrantes están en riesgo, señala la misma instancia intergubernamental.
En el informe 07-0-04K00-07-0581 de la “Auditoría de desempeño a las acciones en materia de inmigración”, que aplicó la ASF en el Instituto Nacional de Migración, la Secretaría de Relaciones Exteriores, la PFP y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se establece que la mayor parte de las denuncias por violaciones a los derechos humanos de los migrantes proviene de agentes del INM.
No obstante, corresponde a la Coordinación de Regulación Migratoria del INM determinar a qué países se les otorgan facilidades para que sus ciudadanos se internen y permanezcan en territorio nacional. El artículo 133 del Reglamento de la Ley General de Población le concede atribuciones para regular el flujo y la estancia migratoria de los extranjeros y le requiere que “debe procurar” que los movimientos migratorios de nacionales y extranjeros favorezcan el desarrollo económico, social y cultural del país, con amplio respeto a los derechos de los migrantes.
A pesar de esas recomendaciones y de que durante 2007 ingresaron al territorio nacional 26 millones 422 mil 752 personas y 21 millones de ese universo fueron extranjeros, a los nacionales de otros países se les negó el permiso para ingresar o se les retrasó la expedición de su visa. Son muchos los que manifestaron su intención de visitar el país como turistas y erogar importantes sumas que significarían divisas; otros, altamente calificados en disciplinas que el país necesita, fueron vetados. Esa política restrictiva y oculta, señalan la Organización Internacional de Migraciones y el especialista Santana, sólo genera el distanciamiento entre las naciones.
No todos son iguales
.
Desde octubre de 2007, el gobierno mexicano a través del Instituto Nacional de Migración (INM) comenzó a expedir visas para 20 mil hombres de negocios. Se trata de la Apec Business Travel Card, un documento que cumple el compromiso que el país adquirió durante la 15 Reunión de Líderes del Mecanismo de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC, por sus siglas en inglés).
Con el visado empresarial que ostenta las iniciales MEX, los empresarios de los países miembros podrán internarse en México sin trámites migratorios previos. Esta medida garantiza una estancia de hasta 180 días con múltiples entradas y salidas, así como el acceso a carriles prioritarios en los aeropuertos nacionales; su duración es de tres años.
Esta decisión se adoptó un mes después de que el mandatario mexicano asistiera en Sidney, Australia, a la reunión cumbre de la APEC, de la que México, Chile y Perú son los únicos miembros de América Latina. También han adoptado esa visa empresarial común: Australia, Hong Kong, República de Corea, Filipinas, Nueva Zelanda, Malasia, Taiwán, Tailandia, Japón, Brunei, República Popular China, Indonesia, Singapur y Papúa Nueva Guinea.
En México, el INM aseguró que tomó las previsiones de seguridad necesarias para que esa visa sólo sea utilizada por empresarios y no por otros individuos. Para el investigador en temas de seguridad y migración Adalberto Santana, esa medida responde al gobierno de un partido conservador, el Partido Acción Nacional: “Sus políticas migratorias son expresiones de una política conservadora y cualquier cambio a futuro depende de la correlación de las fuerzas políticas en las que también interviene la sociedad”. (NE)
-
Nydia Egremy
Los artículos de esta autora
-
Red Voltaire/16/06/2009
-
A partir de los ataques terroristas del 11 de septiembre de 2001, con el argumento de preservar la seguridad nacional, el gobierno mexicano restringió el acceso al país de ciudadanos de las naciones con las que mantiene relaciones diplomáticas. El Instituto Nacional de Migración (INM) somete a largas esperas a personas originarias de Irán, Rusia, Europa Oriental y Venezuela, entre otros, antes de permitirles internarse en el país. En muchos casos, termina por vetar su ingreso.
Con los años, esa práctica se constituyó en una política no pública, pues el INM clasificó esa información como reservada.
Esto significa que el gobierno mexicano adoptó la agenda de seguridad de Estados Unidos como propia, estima Adalberto Santana, director del Centro de Investigaciones sobre América Latina y el Caribe de la Universidad Nacional Autónoma de México.
Por su parte, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) –al evaluar el desempeño en materia migratoria del INM, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y la Policía Federal Preventiva (PFP)– confirma la existencia de una clasificación de nacionalidades en tres grupos de países cuyos nombres se omiten.
El Informe de resultados de la revisión y fiscalización de la cuenta pública 2007, elaborado por la ASF, refiere que esa reserva de información se hizo conforme al artículo 146 de la Ley General de Población, y el artículo 13, fracciones I y II, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
El informe 07-0-04K00-07-0581 de la ASF, correspondiente a la “Auditoría de desempeño a las acciones en materia de inmigración”, constata que en 2007 el gobierno mexicano mantuvo relación con 197 países y que existen tres grupos de países, cuyo nombre no clarifica, organizados por continente. Refiere también que entre 2006 y 2007 la composición de cada grupo de Estados se modificó en virtud de que la Coordinación de Regulación Migratoria del INM aplicó nuevos criterios de internación para esos Estados.
La organización de esos grupos se hace con base en estos criterios: los extranjeros que radican en los países que requieren de un permiso previo para otorgarles la visa pertenecen al Grupo I; los extranjeros de los países que necesitan visa para ingresar al país, ya sea gravada o no, se reúnen en el Grupo II, y los extranjeros provenientes de países de libre tránsito se inscriben en el Grupo III. Conforme al oficio PAC-432903 del 4 de diciembre de 2008, que la Secretaría de Relaciones Exteriores proporcionó a la ASF, los Grupos de Nacionalidades entre 2006 y 2007 han evolucionado de esta forma:
En 2006 el Grupo I tenía 63 países: 34 asiáticos, 12 europeos, tres americanos, 12 africanos y dos de Oceanía. Un año después, ese grupo cambió a 46 países, porque se redujeron las restricciones migratorias. En 2006 el Grupo II se conformó por 84 Estados: cinco asiáticos, dos europeos, 22 americanos, 41 africanos y 14 de Oceanía. Un año después, el Instituto Nacional de Migración engrosó a 104 el número de extranjeros de los países que requieren visa para internarse en México, con lo que aumentaron a 14 los Estados asiáticos; los europeos, a 11; los americanos, a 24; los africanos, a 42; mientras que los de Oceanía disminuyeron a 13.
El Grupo III sumó en 2006 a 47 países: cinco asiáticos, 32 europeos, ocho americanos, ningún africano y dos de Oceanía. En ningún caso, el INM o la Secretaría de Relaciones Exteriores revelan los nombres de los países que integran esos grupos.
Sin embargo, información recaba por Contralínea en el propio INM y la SRE, las personas que mayores dificultades encuentran para ingresar al país son originarias de Irán, Rusia, Europa Oriental y Venezuela.
Para el investigador Adalberto Santana, esa política migratoria tiene su origen en la dependencia económica y política del gobierno federal hacia Estados Unidos. Describe que, tras el ingreso de México al Tratado de Libre Comercio de América del Norte, las relaciones exteriores del país se inscriben en la lógica de los intereses de la Casa Blanca. Durante los ocho años de la administración de George Bush se aceptó “evitar la entrada a nuestro territorio de ciudadanos de países que pudieran ser considerados sospechosos para el interés nacional de la seguridad estadunidense” y, con ello, la política exterior de México perdió autoridad frente a otros países, principalmente los latinoamericanos, considera.
Países “sospechosos”, reservados
.
Contralínea solicitó conocer los nombres de los países que integran cada uno de los grupos. En respuesta a la solicitud de información 0411100004509, la Unidad de Enlace del INM afirma que “el proporcionar información de este tipo a los particulares puede menoscabar la conducción de las negociaciones, poner en peligro las acciones encaminadas al arreglo directo o consecución de acuerdos del Estado mexicano con algún otro sujeto o sujetos de derecho internacional”.
Adicionalmente, según el instituto, conocer y divulgar esa información “puede ocasionar un serio perjuicio a las actividades de control migratorio, pues su difusión puede impedir u obstruir las acciones de organización, coordinación, operación y ejecución de los servicios migratorios que se realizan para la internación y salida de nacionales y extranjeros, así como la legal estancia de estos últimos en el territorio nacional”.
Un párrafo antes, la respuesta de esa dependencia señala: “No omito señalar que el INM clasifica a las nacionalidades en grupos con el fin de aplicar los acuerdos delegatorios de facultades, en caso de que requiriese dicho documento, desde ahora le informo que el mismo se encuentra clasificado como reservado por un periodo de 12 años, dentro del rubro temático ‘Documentos que contienen criterios, lineamientos y dictámenes para resolver trámites de internación, estancia y salida de extranjeros’”.
Se añade que esa reserva de información, clasificada por 12 años, es de conformidad con las “Resoluciones reiteradas”, emitidas por el Comité de Información del Instituto Nacional de Migración el 21 de septiembre de 2005, 15 de marzo de 2007 y 1 de septiembre de 2008, “aplicables por analogía a la presente solicitud”. Puntualiza, además, que esas resoluciones se emitieron conforme a lo dispuesto en los artículos 32, 33, 34, 37, 38 y 51 de la Ley General de Población.
El artículo 32 de esa norma permite a la Secretaría de Gobernación (Segob) fijar, previo estudios demográficos, el número de extranjeros cuya internación en el país se permite. El artículo 33 indica que los permisos de internación se otorgarán “preferentemente” a científicos y técnicos dedicados a la enseñanza de disciplinas no cubiertas suficientemente por mexicanos, y el artículo 34 establece que la Segob podrá fijar a los extranjeros las condiciones que estime convenientes respecto de las actividades a que habrán de dedicarse y al lugar de su residencia.
El artículo 38 establece la facultad de la Segob para suspender o prohibir la admisión de extranjeros cuando así lo determine el interés nacional, y el artículo 51 concede a esa dependencia la facultad de dictar medidas “en condiciones excepcionales” para otorgar máximas facilidades en la admisión temporal de extranjeros.
Los argumentos que sostiene el INM para mantener en secreto el nombre de los países a cuyos nacionales se les restringe el ingreso a México se fundamentan en dos resoluciones del Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI) que derivan de respuestas a peticiones previas de información.
Se trata de las solicitudes 0411100063005, del 21 de septiembre de 2005, con expediente de recurso de revisión 1134/05, y la 0411100011207, del 30 de mayo de 2007, con expediente 1088/07. En ambos casos, el IFAI falló en contra de los peticionarios con el argumento de que “en un mundo globalizado se estima no sólo natural sino también necesario, dadas diversas zonas de riesgo, la existencia de restricciones migratorias en cualquier Estado”.
La decisión permite mantener ocultos los nombres de los países cuyos nacionales pueden internarse al territorio nacional en libre tránsito y cuáles deben esperar por largo tiempo por un visado, permiso especial o, incluso, una carta invitación para ingresar a México. De igual manera, no se transparentan los criterios que el personal del INM aplica en los puntos de internamiento de México para admitir o no a esos extranjeros.
Migración selectiva
.
De acuerdo con la Organización Internacional de las Migraciones –entidad intergubernamental que desde 1951 se consagra a promover una migración humana y ordenada en beneficio de sus 125 Estados miembros (otros 16 figuran como observadores)–, tras los ataques del 11 de septiembre de 2001, las medidas de seguridad impactaron en la migración.
Si bien la supervisión desde el Estado sobre el flujo migratorio ha sido una práctica histórica, a partir de entonces se promovió a nivel mundial la promulgación de leyes por las que los Estados se aseguran de que las personas que representen una amenaza para su seguridad no ingresen en su territorio. Sin embargo, al priorizar la seguridad contra el libre flujo de las personas, los derechos humanos de los migrantes están en riesgo, señala la misma instancia intergubernamental.
En el informe 07-0-04K00-07-0581 de la “Auditoría de desempeño a las acciones en materia de inmigración”, que aplicó la ASF en el Instituto Nacional de Migración, la Secretaría de Relaciones Exteriores, la PFP y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se establece que la mayor parte de las denuncias por violaciones a los derechos humanos de los migrantes proviene de agentes del INM.
No obstante, corresponde a la Coordinación de Regulación Migratoria del INM determinar a qué países se les otorgan facilidades para que sus ciudadanos se internen y permanezcan en territorio nacional. El artículo 133 del Reglamento de la Ley General de Población le concede atribuciones para regular el flujo y la estancia migratoria de los extranjeros y le requiere que “debe procurar” que los movimientos migratorios de nacionales y extranjeros favorezcan el desarrollo económico, social y cultural del país, con amplio respeto a los derechos de los migrantes.
A pesar de esas recomendaciones y de que durante 2007 ingresaron al territorio nacional 26 millones 422 mil 752 personas y 21 millones de ese universo fueron extranjeros, a los nacionales de otros países se les negó el permiso para ingresar o se les retrasó la expedición de su visa. Son muchos los que manifestaron su intención de visitar el país como turistas y erogar importantes sumas que significarían divisas; otros, altamente calificados en disciplinas que el país necesita, fueron vetados. Esa política restrictiva y oculta, señalan la Organización Internacional de Migraciones y el especialista Santana, sólo genera el distanciamiento entre las naciones.
No todos son iguales
.
Desde octubre de 2007, el gobierno mexicano a través del Instituto Nacional de Migración (INM) comenzó a expedir visas para 20 mil hombres de negocios. Se trata de la Apec Business Travel Card, un documento que cumple el compromiso que el país adquirió durante la 15 Reunión de Líderes del Mecanismo de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC, por sus siglas en inglés).
Con el visado empresarial que ostenta las iniciales MEX, los empresarios de los países miembros podrán internarse en México sin trámites migratorios previos. Esta medida garantiza una estancia de hasta 180 días con múltiples entradas y salidas, así como el acceso a carriles prioritarios en los aeropuertos nacionales; su duración es de tres años.
Esta decisión se adoptó un mes después de que el mandatario mexicano asistiera en Sidney, Australia, a la reunión cumbre de la APEC, de la que México, Chile y Perú son los únicos miembros de América Latina. También han adoptado esa visa empresarial común: Australia, Hong Kong, República de Corea, Filipinas, Nueva Zelanda, Malasia, Taiwán, Tailandia, Japón, Brunei, República Popular China, Indonesia, Singapur y Papúa Nueva Guinea.
En México, el INM aseguró que tomó las previsiones de seguridad necesarias para que esa visa sólo sea utilizada por empresarios y no por otros individuos. Para el investigador en temas de seguridad y migración Adalberto Santana, esa medida responde al gobierno de un partido conservador, el Partido Acción Nacional: “Sus políticas migratorias son expresiones de una política conservadora y cualquier cambio a futuro depende de la correlación de las fuerzas políticas en las que también interviene la sociedad”. (NE)
-
Nydia Egremy
Los artículos de esta autora
-
Red Voltaire/16/06/2009
No hay comentarios:
Publicar un comentario